Detalle de la norma RE-398-2013-SDGOAI
Resolución Nro. 398 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2013
Asunto Prórroga Zona Primaria. Puerto denominado Terminal Sólidos a Granel, a la altura del kilómetro 689,2 del río Paraná
Boletín Oficial
Fecha: 18/12/2013
Detalle de la norma
Resolución 398-2013

Resolución  398-2013

 

Se prorroga la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma Piedras Blancas SA en el muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del kilómetro 689,2 del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Paraná, por el término de 90 días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 304/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.

 

Buenos Aires, 13 de Diciembre de 2013.

 

 

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12502-375-2012/5 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma PIEDRAS BLANCAS S.A. (CUIT Nº 33-70895695-9) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución Nº 304/13 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Paraná.

 

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12502-375-2012 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente EXP-S02:0016840/2012.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento del plazo establecido por la Resolución Nº 304/2013 (SDG OAI).

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma PIEDRAS BLANCAS SA (CUIT Nº 33-70895695-9) en el muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Paraná, por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 304/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.

 

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

 

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-84-2014-SDGOAI Complementa Prórroga Zona Primaria. Puerto denominado Terminal Sólidos a Granel, a la altura del kilómetro 689,2 del río Paraná
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-304-2013-SDGOAI Prórroga Zona Primaria. Puerto denominado Terminal Sólidos a Granel, a la altura del kilómetro 689,2 del río Paraná