Resolución 380-2013
Se prorroga la habilitación de la
zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma Del Guazú S.A.,
ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del
kilómetro 178, en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en
jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, por el término de 30 días corridos,
a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 362/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
Buenos Aires, 4 de Diciembre de
2013.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007/171 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la
firma DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3) solicita una prórroga de la
habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 362/13 (SDG OAI) para
realizar operaciones aduaneras en el muelle correspondiente al puerto particular
de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la
altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa
Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007 que la habilitación definitiva del citado puerto en el
marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0100283/2006.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto,
resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente
concedida, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días
corridos a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 362/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma
DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3), ubicado sobre la margen izquierda del
Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la
localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, por el término de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el
vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 362/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector
General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.