Resolución General 3560
Sistema Informático Malvina.
Bs. As., 5/12/2013
VISTO el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el
Comercio Global (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), y
CONSIDERANDO:
Que el Sistema Informático MARIA, desarrollado bajo una
arquitectura informática de la década del 80, cumplió eficazmente con las metas
para las que fue diseñado al reemplazar el registro manual hasta entonces
vigente.
Que, asimismo, logró el mejoramiento de los
procedimientos técnicos, operativos y de control aduanero, objetivos
prioritarios tenidos en cuenta por la Aduana Argentina en sus últimas
administraciones.
Que en los años 90, los principios definidos por la
Organización Mundial de Aduanas (OMA) y la dinámica del comercio internacional,
marcada por la competitividad y la globalización, exigieron a las
administraciones aduaneras mayores esfuerzos en la facilitación del comercio
internacional, estableciéndose procesos que simplificaron los trámites y
operaciones aduaneras sin descuidar su control.
Que la evolución del comercio internacional ha generado
un nuevo marco global que exige a las aduanas la utilización de adelantos
tecnológicos para poder ejercer sus funciones de control, a partir de una
gestión del riesgo inteligente, sin dejar de tener presente la facilitación del
intercambio comercial.
Que en cumplimiento de tales objetivos esta
Administración Federal, en el marco de un proceso de mejora continua y haciendo
uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, viene
desarrollando procesos basados en la simplificación de los procedimientos
aduaneros, buscando principalmente la calidad e integridad de la información,
bajo los más altos estándares de seguridad y confiabilidad, así como controles
aduaneros más eficientes.
Que este contexto exigió el desarrollo de nuevos módulos
para atender funcionalidades no contempladas en el Sistema Informático MARIA,
así como de nuevas herramientas, tales como la de “Gestión de Autorizaciones
Electrónicas” y la de “Ratificación de la autoría de las destinaciones y
operaciones aduaneras”, y avanzar paulatinamente hacia una “Aduana con menos
papeles”.
Que, en el citado marco, y como complemento de las normas
tendientes a modernizar la gestión aduanera, se desarrolló el módulo de
“Digitalización de la Documentación Aduanera”, incorporando la figura del
“Depositario Fiel”, quien en su carácter de declarante, asume el compromiso de
la tenencia, custodia y digitalización de los legajos de la declaración
aduanera, permitiendo el acceso a la documentación en forma remota,
estableciéndose paulatinamente un nuevo paradigma de fiscalización.
Que, asimismo, se implementaron otros módulos
interrelacionados al Sistema Informático MARIA, como el “Seguimiento de Cobros
(de Divisas) de Exportaciones (SECOEXPO) y “Seguimiento de Pagos (de Divisas)
de Importaciones” (SEPAIMPO) que permiten el intercambio de información entre
esta Administración Federal y el Banco Central de la República Argentina (BCRA),
el módulo “Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)” que permite la
trazabilidad de los traslados y tránsitos terrestres de importación que
circulen por el territorio nacional, el módulo “Sistema Informático del
Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA)” que posibilita el intercambio
electrónico de información entre las administraciones aduaneras y el módulo
“Sistema INDIRA” implementado entre los Estados Partes del MERCOSUR (Argentina,
Brasil, Paraguay y Uruguay), por el cual efectúan el intercambio de información
internacional en línea, permitiendo analizar los riesgos sobre bases más
efectivas, mejorando los controles a lo largo de la cadena logística
internacional, entre otros módulos.
Que a partir del dictado del Decreto Nº 378/2005 que
aprobó los lineamientos estratégicos que deberán regir el Plan Nacional de
Gobierno Electrónico y de los nuevos retos que debe afrontar la aduana, es
preciso encarar una nueva etapa en la prestación del servicio aduanero que
requiere adoptar aquellas medidas que, en un proceso de mejora y desarrollo
continuo, se encuentran previstas dentro del plan estratégico 2011/2015 de esta
Administración Federal, correspondiente al presente año y al 2014.
Que, en concordancia con todo lo señalado, la integración
y articulación de los citados módulos, así como los que se implementarán,
conformarán el Sistema Informático MALVINA (SIM), lo que permitirá optimizar y
dar mejores respuestas a las necesidades actuales de la aduana y del comercio
exterior.
Que han tomado la intervención que les compete la
Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de
Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Aprúebase el Sistema Informático MALVINA
(SIM) el cual estará conformado por los módulos que se consignan en el Anexo I
y los que en el futuro se incorporen.
Art. 2° — Establécese como cronograma de implementación de
los nuevos módulos, etapas y servicios del Sistema Informático MALVINA (SIM),
el que se indica en el Anexo II.
Art. 3° — En los actos emanados de esta Administración
Federal, cuando se cite al sistema informático aduanero corresponderá
identificarlo como Sistema Informático MALVINA (SIM).
Toda referencia que las normas vigentes hagan al sistema
informático aduanero se considerará hecha al Sistema Informático MALVINA (SIM).
Art. 4° — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de
la presente.
Art. 5° — Esta resolución general entrará en vigencia a
partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 6° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección
General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO I
(Artículo 1°)
MODULOS DEL SISTEMA MALVINA
• Mis Operaciones Aduaneras (MOA)
• Registros Especiales Aduaneros. Integración en el
Sistema Registral de la AFIP
• Recaudación Electrónica a través de toda la red
bancaria. (Volantes Electrónicos de Pago)
• Planes de Facilidades. Integración de planes de
facilidades de pago Impositivos, Aduaneros y de los Recursos de la Seguridad
Social
• Seguimientos de cobros de operaciones de exportación
(SECOEXPO) y de pagos de deudas de operaciones de importación (SEPAIMPO)
• Sistema de Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA)
• Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)
• Intercambio de Información de los Registros Aduaneros
(INDIRA)
• Archivo y Digitalización de la Declaración Aduanera
(Depositario Fiel)
• Administración de Poderes y Autorizaciones Electrónicas
• Ratificación de Autoría de Declaraciones Aduaneras
• Sistema de Rezagos para Donaciones (SIREME)
• Garantías electrónicas. Integración en el Sistema Unico
de Garantías de la AFIP (SUG)
• Seguimiento del Valor Declarado (MOSEVA)
• Declaración del Valor de Importaciones
• Declaración Simplificada de Importación y Exportación
(COURRIER)
• Entrada y Salida de vehículos por frontera (ENYSA)
• Registro de infractores
• Operador Logístico Seguro (OLS)
• Sistema Aduanero de Operadores Confiables (SAOC)
• Régimen de Aduanas en Factoría (RAF)
• Recintos físicos georreferenciados (Coraza Electrónica)
• Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica
Aduanera (SICNEA)
ANEXO II
(Artículo 2°)
NUEVOS MODULOS DEL SISTEMA MALVINA
CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION