Resolución 472-2013
Se distribuye la cantidad de
21.621,68 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a los
Estados Unidos de América, amparada por Certificados de Elegibilidad para el
período 2013/2014.
Buenos Aires, 11 de Noviembre de
2013.
VISTO el Expediente Nº
S05:0552503/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
la Resolución Nº 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por la Resolución Nº 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que anualmente el Gobierno de los
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a la REPUBLICA ARGENTINA una cuota de exportación de azúcar crudo.
Que para el período 2013/2014
dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN
TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprende la
cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS
TONELADAS (43.243,36 t).
Que las condiciones para
efectivizar dicha exportación indican la necesidad de distribuir, en una
primera etapa, la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTAS VEINTIUN CON SESENTA Y
OCHO TONELADAS (21.621,68 t) cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
deberá concretarse a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de
septiembre de 2014, inclusive.
Que a los efectos de dicha
distribución se tienen en cuenta las exportaciones al mercado mundial durante
el año 2012, sin computar la cuota americana.
Que para acceder a la entrega del
Certificado de Elegibilidad y/o de cualquier certificado provisorio que ampare
dicha cuota, los beneficiarios deberán previamente tener regularizada su
situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia,
los NOVENTA (90) días corridos anteriores al límite establecido por los ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA para el ingreso de los azúcares correspondientes a la
presente cuota.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en
uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.034 de fecha 7 de
julio de 1995 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorias y
complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Distribúyese la
cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTAS VEINTIUN CON SESENTA Y OCHO TONELADAS
(21.621,68 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS
GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, amparada por
Certificados de Elegibilidad para el período 2013/2014, conforme al Anexo que
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — La cantidad a
exportar expresada en el Artículo 1° de la presente medida deberá ingresar a
los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30
de septiembre de 2014, inclusive.
ARTICULO 3° — El incumplimiento
total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la
eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.
ARTICULO 4° — En caso de cesiones
de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán
ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la conformidad del cedente y
del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones
contemplarán la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad
respectivo.
ARTICULO 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ing. Agr. LORENZO R. BASSO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.
ANEXO
Distribución del primer tramo de
la cuota americana 2013/2014
Razón Social
|
Azúcar Exportado al Mercado Mundial en 2012
(Toneladas a valor crudo)
|
Participación
(%)
|
Distribución
(Toneladas a valor crudo)
|
ATANOR S.A.
|
22.597,72
|
12,60%
|
2.725,28
|
AZUCARERA JUAN M. TERÁN S.A.
|
17.239,03
|
9,62%
|
2.079,02
|
BENITO ROGGIO AGROINDUSTRIAL S.A. (ARRENDATARIO INGENIO LA ESPERANZA)
|
1.253,84
|
0,70%
|
151,21
|
COMPAÑIA AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA)
|
7.111,78
|
3,97%
|
857,68
|
INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.
|
11.297,21
|
6,30%
|
1.362,44
|
JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I.
|
24.769,8
|
13,82%
|
2.987,23
|
LEDESMA S.A.A.I.
|
58.733,89
|
32,76%
|
7.083,28
|
PROSAL S.A.
|
20.467,01
|
11,42%
|
2.468,31
|
S.A. SER
|
15.814,6
|
8,82%
|
1.907,23
|
TOTAL
|
179.284,89
|
100%
|
21.621,68
|