Detalle de la norma RE-472-2013-SAGPA
Resolución Nro. 472 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2013
Asunto Se distribuye la cantidad de 21.621,68 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a
Boletín Oficial
Fecha: 15/11/2013
Detalle de la norma
Resolución 472-2013

Resolución  472-2013

 

Se distribuye la cantidad de 21.621,68 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a los Estados Unidos de América, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2013/2014.

 

 

 

Buenos Aires, 11 de Noviembre de 2013.

 

VISTO el Expediente Nº S05:0552503/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por la Resolución Nº 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a la REPUBLICA ARGENTINA una cuota de exportación de azúcar crudo.

 

Que para el período 2013/2014 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t).

 

Que las condiciones para efectivizar dicha exportación indican la necesidad de distribuir, en una primera etapa, la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTAS VEINTIUN CON SESENTA Y OCHO TONELADAS (21.621,68 t) cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA deberá concretarse a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014, inclusive.

 

Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta las exportaciones al mercado mundial durante el año 2012, sin computar la cuota americana.

 

Que para acceder a la entrega del Certificado de Elegibilidad y/o de cualquier certificado provisorio que ampare dicha cuota, los beneficiarios deberán previamente tener regularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia, los NOVENTA (90) días corridos anteriores al límite establecido por los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA para el ingreso de los azúcares correspondientes a la presente cuota.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.034 de fecha 7 de julio de 1995 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorias y complementarias.

 

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Distribúyese la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTAS VEINTIUN CON SESENTA Y OCHO TONELADAS (21.621,68 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2013/2014, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTICULO 2° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de la presente medida deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014, inclusive.

 

ARTICULO 3° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

 

ARTICULO 4° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplarán la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.

 

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. LORENZO R. BASSO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

 

ANEXO

 

Distribución del primer tramo de la cuota americana 2013/2014

 

Razón Social

Azúcar Exportado al Mercado Mundial en 2012
(Toneladas a valor crudo)

Participación
(%)

Distribución
(Toneladas a valor crudo)

ATANOR S.A.

22.597,72

12,60%

2.725,28

AZUCARERA JUAN M. TERÁN S.A.

17.239,03

9,62%

2.079,02

BENITO ROGGIO AGROINDUSTRIAL S.A. (ARRENDATARIO INGENIO LA ESPERANZA)

1.253,84

0,70%

151,21

COMPAÑIA AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA)

7.111,78

3,97%

857,68

INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.

11.297,21

6,30%

1.362,44

JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I.

24.769,8

13,82%

2.987,23

LEDESMA S.A.A.I.

58.733,89

32,76%

7.083,28

PROSAL S.A.

20.467,01

11,42%

2.468,31

S.A. SER

15.814,6

8,82%

1.907,23

TOTAL

179.284,89

100%

21.621,68

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-87-2014-SAGPA Relaciona Se distribuye la cantidad de 21.621,68 t. de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a los EEUU
RE-283-2014-SAGPA Relaciona Se redistribuye la cantidad de 8.691,25 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a los EEUU
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-512-1997-SAGPA Se distribuye la cantidad de 21.621,68 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a