Detalle de la norma RE-1104-2013-MAGP
Resolución Nro. 1104 Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Organismo Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Año 2013
Asunto Programa para el mejoramiento de la producción y calidad de MOHAIR
Boletín Oficial
Fecha: 12/11/2013
Detalle de la norma
Resolución 1104-2013

Resolución 1104-2013

 

Programa para el Mejoramiento de la Producción y Calidad del Mohair. Incorporación.

 

Bs. As., 5/11/2013

 

VISTO el Expediente Nº S05:0527362/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.141, el Decreto Nº 1.502 de fecha 23 de octubre de 2007, las Resoluciones Nros. 351 de fecha 18 de julio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 1.053 de fecha 19 de octubre de 2012 y su modificatoria Nº 664 de fecha 22 de julio de 2013, ambas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Ley Nº 26.141 y el Decreto Nº 1.502 de fecha 23 de octubre de 2007 se instituyó el REGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA, en adelante, el REGIMEN, destinado a lograr la adecuación y modernización de los sistemas productivos basados en el aprovechamiento del ganado caprino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida. Asimismo, comprende el aprovechamiento de la hacienda caprina que tenga como objetivo final lograr una producción con vistas a su autoconsumo y/o comercialización, tanto a nivel nacional como de exportación, ya sea de animales en pie, carne, cuero, fibra, leche, semen y embriones y otros productos y/o subproductos derivados, en forma primaria o industrializada, y que se realice en cualquier parte del territorio nacional, en condiciones agroecológicas adecuadas.

 

Que por el dictado de los Decretos Nros. 1.365 de fecha 1 de octubre de 2009 y 168 de fecha 3 de febrero de 2012, se produjo un reordenamiento estructural con el objetivo de concretar las metas políticas diagramadas, quedando el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como Autoridad de Aplicación del REGIMEN de la Ley Nº 26.141.

 

Que mediante la Resolución Nº 1.053 de fecha 19 de octubre de 2012 y su modificatoria Nº 664 de fecha 22 de julio de 2013, ambas del citado Ministerio se dictó un nuevo Manual Operativo del REGIMEN donde se describen con detalle las actividades comprendidas en los Artículos 1° y 2° de la Ley Nº 26.141.

 

Que mediante la Resolución Nº 351 de fecha 18 de julio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA se crea el “PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y CALIDAD DEL MOHAIR”, en adelante el PROGRAMA.

 

Que el mencionado PROGRAMA tiene como objetivo general lograr una producción de fibras especiales del ganado caprino, eficientes y rentables, a través de la utilización de prácticas y tecnologías adecuadas, control sanitario, mejoramiento genético y fomento de los emprendimientos asociativos.

 

Que la experiencia demostrada hasta el presente en la ejecución del REGIMEN y el trabajo realizado para el desarrollo de la producción de fibras de calidad, han evidenciado la necesidad de reorganizar el PROGRAMA de acuerdo a los objetivos que éste plantea e incluirlo en una estructura más apropiada para su desarrollo.

 

Que en consecuencia, y a fin de lograr una mayor eficacia y operatividad en la aplicación del PROGRAMA, resulta conveniente la incorporación del mismo al ámbito del REGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA cuya Autoridad de Aplicación es el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y la adaptación de sus objetivos y estrategias a las circunstancias actuales de la producción de Fibra Mohair a nivel nacional e internacional.

 

Que para un mejor y más eficaz desarrollo de las actividades que competen al PROGRAMA resulta necesaria la designación de un Responsable Técnico del mismo dependiente jerárquicamente de la COORDINACION NACIONAL del REGIMEN.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

 

RESUELVE:

 

Artículo 1° — Apruébase la incorporación del PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y CALIDAD DEL MOHAIR, en adelante el PROGRAMA, al ámbito del REGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA, instituido por la Ley Nº 26.141, en adelante el REGIMEN, cuya Autoridad de Aplicación es el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

 

Art. 2° — Déjase establecido que el Responsable Técnico del PROGRAMA será designado por la Autoridad de Aplicación del REGIMEN y dependerá jerárquicamente del Coordinador Nacional del mismo para el desarrollo de sus funciones.

 

Art. 3° — Apruébanse los objetivos y modalidad de funcionamiento del PROGRAMA que se describen en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 4° — Comuníquese a las Unidades Ejecutoras de las Provincias adheridas al REGIMEN por intermedio de la COORDINACION NACIONAL del REGIMEN.

 

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto G. Yauhar.

 

ANEXO

 

PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y CALIDAD DEL MOHAIR

 

1. INTRODUCCION

 

Las cabras de raza Angora son originarias de Ankara (REPUBLICA DE TURQUIA). Con el transcurrir de los años se difundieron hacia países como la REPUBLICA DE SUDAFRICA (Sudáfrica), ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (Estados Unidos), REINO DE LESOTHO (Lesotho), REPUBLICA ARGENTINA (Argentina), COMUNIDAD DE AUSTRALIA (Australia) y NUEVA ZELANDIA, entre otros.

 

Estas cabras producen la fibra “MOHAIR”, que posee características únicas: es de color blanco, nacarado, brillante y muy resistente, lo que la convierte en la fibra natural más elástica.

 

La producción mundial de Mohair se estima en unas SEIS MIL TONELADAS (6.000 t). En la actualidad el país con mayor producción mundial, cercana al SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65%) y de mejor calidad es Sudáfrica. A pesar de que la Argentina es el cuarto productor mundial de fibra Mohair, con una producción cercana a las NOVECIENTAS TONELADAS (900 t) anuales, la cantidad y calidad obtenidas por animal están lejos de lo que potencialmente ofrece la raza Angora.

 

En nuestro país, la actividad de cría de caprinos de raza Angora es realizada por aproximadamente unos CINCO MIL (5.000) pequeños productores, ubicados casi en su totalidad en el centro sur de la Provincia del NEUQUEN, centro de la Provincia de RIO NEGRO y centro norte de la Provincia del CHUBUT. El stock se estima en unas SEISCIENTAS CINCUENTA MIL (650.000) cabezas distribuidas el CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55%) en la Provincia del NEUQUEN, el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) en la Provincia de RIO NEGRO y el VEINTE POR CIENTO (20%) en la Provincia del CHUBUT.

 

2. JUSTIFICACION DEL PROGRAMA

 

La producción de Fibra Mohair en la Argentina es el sustento de unas CINCO MIL (5.000) familias que viven en las áreas más despobladas e inhóspitas de la región norte de la Patagonia. Esta producción tiene una significativa importancia territorial ya que se realiza en una amplia región.

 

Las condiciones agroecológicas en las que se desarrolla la producción, sumado a la dispersión geográfica de los productores, a las dificultades en la comunicación y el acceso a la información, condicionan el desarrollo de la actividad.

 

En lo productivo, la insuficiente adopción de tecnologías, sumada a la escasa incorporación de infraestructura predial, hace de esta producción algo sumamente inestable, dependiente de los ciclos que se presentan principalmente de lluvia o sequía a lo largo de los años. El sistema está planteado como un esquema de recolección, con años buenos y años malos. En estos últimos, los productores pierden gran parte de su capital, colocándolos en una situación de alta vulnerabilidad.

 

En lo que respecta a la producción en sí del Mohair, los países que tienen un mayor desarrollo de la actividad como Sudáfrica, Estados Unidos, Australia y Nueva Zelandia, obtienen de TRES KILOGRAMOS (3 kg) a CUATRO KILOGRAMOS (4 kg) de fibra por animal con porcentajes de medulación próximos al CERO POR CIENTO (0%). En nuestro país, estos valores se observan en una significativa cantidad de productores, ubicados en su gran mayoría en la Provincia del CHUBUT. Estos productores vienen trabajando en la selección y el mejoramiento genético hace ya varios años, incorporando a las majadas reproductores y/o semen de máxima calidad. A pesar de ésto, todavía hay una importante población de caprinos de Angora que están lejos de estos valores, donde se deberá trabajar con mayor énfasis.

 

La incorporación del sistema de clasificación del Mohair, siguiendo estándares internacionales, permitió el posicionamiento de la fibra argentina y su acceso a mercados fuera del ámbito nacional. Los productores que no trabajan en el marco del Programa Mohair venden su fibra sin clasificar, obteniendo un TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del mercado.

 

Otro punto importante es que desde la creación del Programa Mohair, en el año 2000, se han realizado innumerables experiencias comerciales, que han permitido a los productores y a sus organizaciones realizar negocios muy convenientes, mejorando sustancialmente los ingresos provenientes de la fibra.

 

3. FINALIDAD DE PROGRAMA

 

Desarrollar y consolidar de forma integral la producción caprina de Angora en el territorio nacional.

 

4. OBJETIVOS

 

• Consolidar un programa que acompañe al caprinocultor de Angora

 

• Fortalecer las Organizaciones de Productores vinculadas al sector

 

• Mejorar la producción de fibra Mohair en calidad y cantidad

 

• Buscar la estabilidad de los sistemas ganaderos

 

• Mejorar la presentación de los lotes de fibra Mohair

 

• Buscar alternativas comerciales

 

5. ESTRATEGIAS

 

5.1. En lo SOCIO-ORGANIZATIVO. La estrategia se basará en acciones en el ámbito provincial, regional y en el interior de las Organizaciones de Productores.

 

• A nivel provincial: se realizará la convocatoria a las Organizaciones de Productores e Instituciones vinculadas al sector, promoviendo y facilitando su integración. Este será el ámbito para la planificación, organización y desarrollo de actividades. Para lograr una plena participación, principalmente de las Organizaciones de Productores, se garantizarán la movilidad y los gastos que se generen al participar de estos espacios.

 

• A nivel regional: se promoverán acuerdos interprovinciales y se fomentarán acciones conjuntas tendientes a la integración regional del Programa Mohair.

 

• En el interior de las Organizaciones: se diseñará un programa de apoyo a las Organizaciones de Productores, que contemple asistencia técnica en el territorio. Este contará con el asesoramiento del Coordinador del Programa en cuestiones vinculadas con la cohesión interna, en lo relacionado con lo administrativo y legal, como así también, con apoyo en el gerenciamiento o desarrollo productivo de las organizaciones.

 

5.2. En lo PRODUCTIVO. La estrategia se basará en acciones tendientes a dar estabilidad en los sistemas ganaderos, con la incorporación de tecnologías y manejos diferenciales, como así también en el mejoramiento de la calidad y cantidad de Mohair producido.

 

• Estabilidad de los sistemas: se financiarán proyectos que contemplen inversiones prediales, que apunten a dar soluciones a los factores que afectan la producción.

 

• Incorporación de tecnologías y manejos diferenciales: se brindarán capacitaciones a técnicos y productores en temas relacionados con la nutrición, sanidad, control de predadores, selección de animales, manejo de la esquila, acondicionamiento y clasificación de la fibra Mohair a campo.

 

• Mejora de la Cantidad y Calidad de la Fibra Mohair: se pondrá en marcha un Programa de Mejoramiento Genético, que contemple las particularidades del sector y de la producción. Este deberá tener en cuenta la idiosincrasia de los productores, la capacidad operativa, la infraestructura, como así también el tipo de animal que produzca buen Mohair, pero que a la vez se adapte a las condiciones agroecológicas de los territorios.

 

5.3. En lo COMERCIAL. La estrategia se basará, por un lado, en brindar el apoyo necesario a las Organizaciones de Productores para llevar adelante las ventas del Mohair y, por otro, en la búsqueda de nuevas formas de comercialización y nuevos mercados, como también avances en la cadena de valor del producto.

 

• Apoyo a las Organizaciones de Productores: se las asistirá con fondos de pre-financiamiento de zafra, logística, inversiones en infraestructura para centros de acopio, equipamiento y materiales para la preparación del Mohair para venta.

 

• Búsqueda de alternativas comerciales: se incursionará en nuevas modalidades de comercialización como así también en avances en la cadena comercial de la fibra.

 

6. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL PROGRAMA. FUNCIONES. NORMATIVA APLICABLE. PRESUPUESTO.

 

6.1. El PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y CALIDAD DEL MOHAIR dependerá presupuestaria y ejecutivamente del REGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA, instituido por la Ley Nº 26.141, en adelante el REGIMEN, cuya Autoridad de Aplicación es el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. En virtud de esto, el Responsable Técnico del Programa elaborará proyectos de inversión de alcance nacional, provincial o regional enmarcados en los objetivos del REGIMEN y relacionados con la mejora en la productividad, transformación y comercialización de la fibra Mohair, cuyos beneficiarios deberán ser:

 

i) Productores agropecuarios propietarios de animales caprinos con el objeto de lograr una producción para su autoconsumo y/o comercialización.

 

ii) Productores agropecuarios que sin tener animales caprinos presenten proyectos de inversión en producción caprina.

 

iii) Emprendimientos productivos, comerciales e industriales realizados preferentemente por productores, cooperativas, otras organizaciones y/o empresas de integración horizontal o vertical que conforman la cadena comercial, industrial y agroalimentaria caprina.

 

iv) Programas, Organizaciones Gubernamentales o no Gubernamentales y Asociaciones que realicen o inicien actividades apropiables y aplicables por los productores caprineros, que favorezcan el desarrollo y asociativismo de los mismos.

 

6.2. RESPONSABLE TECNICO DEL PROGRAMA

 

El Responsable Técnico del Programa será un profesional de las ciencias agropecuarias designado por la Autoridad de Aplicación del REGIMEN y dependerá jerárquicamente del Coordinador Nacional del mismo para el ejercicio de sus funciones.

 

6.2.1. Funciones del Responsable Técnico del Programa:

 

- Coordinar las acciones con las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEP) y la Coordinación Nacional del REGIMEN.

 

- Informar al Coordinador Nacional del REGIMEN sobre la ejecución, avances y resultados del Programa.

 

- Asistir técnicamente a las UEP en la elaboración de proyectos y planes de trabajo.

 

- Asesorar, en materia de producción, transformación y comercialización de la fibra Mohair y sus derivados, a los productores y técnicos formuladores de proyectos.

 

- Elaborar proyectos de alcance provincial, regional y nacional.

 

- Difundir los beneficios que ofrece el Programa y los lineamientos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en cuanto a políticas de desarrollo productivo.

 

6.3. DELEGACIONES PROVINCIALES

 

El Programa Mohair operará en el territorio nacional en coordinación con las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEP) del REGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA. Asimismo, el Programa recibirá apoyo y asistencia técnica de delegaciones y entes descentralizados del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

 

6.4. PRESENTACION DE PROYECTOS

 

Los proyectos que contemplen los objetivos previstos en el Programa Mohair y que involucren acciones transversales a organizaciones, provincias o regiones, podrán ser presentados a través de la UEP o directamente ante la Coordinación del REGIMEN que, previa evaluación técnica y administrativa, aprobará o rechazará como instancia final la solicitud del beneficio en el marco del citado REGIMEN.

 

6.5. BENEFICIARIOS. BENEFICIOS. REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACION Y APROBACION. PROCEDIMIENTOS PARA SU APROBACION.

 

Los beneficiarios, beneficios, requisitos formales de presentación y procedimientos para la aprobación de proyectos se enmarcarán en las previsiones contenidas en el Manual Operativo del REGIMEN aprobado por la Resolución Nº 1.053 de fecha 19 de octubre de 2012 y su modificatoria Nº 664 de fecha 22 de julio de 2013, ambas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

 

6.6. PRESUPUESTO

 

El Programa Mohair será asistido con los fondos con que cuenta la Coordinación del REGIMEN para la ejecución de su PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA).

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-26141-2006-PLN Programa para el mejoramiento de la producción y calidad de MOHAIR