Resolución 209-2013
Se aprueba el signo distintivo y
emblema oficial de la Industria Argentina utilizado en el desarrollo de
actividades industriales, la promoción, organización y participación en
exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior y en el interior
del país. Protección de la Propiedad Industrial.
Buenos Aires, 29 de Octubre de
2013.
VISTO el Expediente Nº
S01:0185039/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Convenio de París
para la Protección Industrial, aprobado por la Ley Nº 17.011, la Ley Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que al MINISTERIO DE INDUSTRIA le
compete determinar los objetivos y políticas del área de su competencia,
entender en la elaboración del régimen de promoción, organización y
participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior
y en el interior del país.
Que por el Artículo 6 ter del
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, aprobado por la Ley Nº 17.011, se protegen los escudos de armas,
banderas y otros emblemas de Estado de los países en los que resulta aplicable,
signos y punzones oficiales de control y de garantía adoptados por ellos, así
como toda imitación desde el punto de vista heráldico.
Que, a partir del año 2003, debido
a las políticas llevadas a cabo por el Gobierno Nacional respecto del impulso
industrial, con niveles de recuperación históricos, resulta necesario contar
con un signo distintivo o emblema nacional de ésta, en los términos
establecidos por el citado Convenio de París.
Que han tomado intervención los
Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7,
inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que el MINISTERIO DE INDUSTRIA es
competente para el dictado de la presente medida de conformidad con las
atribuciones conferidas por la Ley Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
LA MINISTRA DE INDUSTRIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el signo
distintivo y emblema oficial de la Industria Argentina utilizado en el desarrollo de actividades industriales, la promoción,
organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y
misiones en el exterior y en el interior del país, que obra como Anexo, que con
DOS (2) hojas forma parte integrante de la presente resolución, a los fines
previstos en el Artículo 6 ter del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial aprobado por la Ley Nº 17.011.
ARTICULO 2° — Comuníquese a la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, por intermedio de la Dirección Nacional de Negociaciones Económicas Multilaterales, dependiente de la SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, a los fines previstos en el Artículo 6 ter del mencionado Convenio, y al
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTICULO 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Lic. DEBORA GIORGI, Ministra de Industria.
ANEXO