Resolución General 3533
Cotización fija con destino al Sistema Nacional del
Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales. Modificación Anual. Artículo
52 del Anexo de la Ley 24977, sus modificaciones y complementarias, texto
sustituido por la Ley 26565.
Bs. As., 28/10/2013
VISTO el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
(RS), establecido por el Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.565 introdujo modificaciones al Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), sustituyendo el Anexo de la Ley
Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias.
Que el Título V del mencionado Anexo instituye un Régimen
Especial de Seguridad Social para Pequeños Contribuyentes, mediante el cual el
sujeto adherido al mismo ingresa las cotizaciones fijas con destino al Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud
y al Régimen Nacional de Obras Sociales, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 39 del Anexo indicado.
Que razones de administración tributaria y la necesidad de
mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional de Seguro de Salud y del
Régimen Nacional de Obras Sociales, aconsejan adecuar el monto de las
cotizaciones fijas en trato a fin de garantizar el goce de las prestaciones al
creciente número de sujetos que acceden a ellas en razón de la política de
inclusión social que lleva adelante el Gobierno Nacional.
Que han tomado la intervención que les compete la
Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, de Coordinación Operativa
de los Recursos de la Seguridad Social, de Recaudación y de Sistemas y
Telecomunicaciones, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad
Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Fíjase el valor de la cotización fija con
destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud previsto en el inciso b) del
artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y
complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS
CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-).
Art. 2° — Fíjase el valor de la cotización fija con
destino al Régimen Nacional de Obras Sociales previsto en el inciso c) del
artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y
complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS
CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-) .
Art. 3° — Sustitúyense en la tabla del artículo 30 de la
Resolución General Nº 2746 y sus modificatorias, las expresiones “100” y “50”
por las expresiones “146” y “73”, respectivamente.
Art. 4° — Las disposiciones que se establecen en esta
resolución general resultarán de aplicación a partir del 1 de noviembre de
2013, inclusive.
Art. 5° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.