Detalle de la norma RE-999-2013-MAGP
Resolución Nro. 999 Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Organismo Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Año 2013
Asunto Dase por declarada en la Provincia de SANTA FE la situación de emergencia y/o desastre agropecuario
Boletín Oficial
Fecha: 18/10/2013
Detalle de la norma
Resolución 999-2013

Resolución 999-2013

 

Resolución° 992-2013. Modificación.

 

Bs. As., 16/10/2013

 

VISTO el Expediente Nº S05:0556305/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 992 de fecha 9 octubre de 2013 del citado Ministerio, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución Nº 992 de fecha 9 de octubre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se dieron por declaradas y/o prorrogadas situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario en diversas explotaciones agropecuarias afectadas por determinados fenómenos climáticos en los territorios de las Provincias de SANTA FE, RIO NEGRO, BUENOS AIRES, SALTA, LA RIOJA y del CHACO que la citada resolución allí delimita.

 

Que en los Artículos 3° y 5° de la mencionada Resolución Nº 992/13 se delimitaron las zonas en las que se dan por declaradas y/o prorrogadas las situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario a nivel Departamentos, omitiéndose mencionar, sin embargo, la Provincia a la que dichos departamentos pertenecen, SANTA FE y RIO NEGRO, respectivamente.

 

Que las aludidas provincias surgen de manera indubitada del considerando de la mencionada Resolución Nº 992/13.

 

Que en consecuencia de lo expuesto, y en mérito a los principios de sencillez y claridad que deben primar en las normas a fin de su compresión por la totalidad de los administrados, resulta conveniente proceder a la sustitución de los Artículos 3° y 5° de la mencionada Resolución Nº 992/13.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (T.O. 1991).

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

 

RESUELVE:

 

Artículo 1° — Sustitúyese el texto del Artículo 3° de la Resolución Nº 992 de fecha 9 de octubre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, por el siguiente:

 

“ARTICULO 3°.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dase por declarada en la Provincia de SANTA FE la situación de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013 a las explotaciones agropecuarias afectadas por prolongada sequía e intensas heladas, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los Distritos de los Departamentos de 9 de Julio, San Cristóbal, Vera, y en los Distritos Colonia Dolores, Gobernador Crespo, La Camila, La Criolla, La Penca y Caraguatá, Marcelino de Escalada, Pedro Gómez Cello, Ramayón, San Justo, Vera y Pintado, San Martín Norte y Colonia Silva del Departamento de San Justo.”

 

Art. 2° — Sustitúyese el texto del Artículo 5° de la citada Resolución Nº 992/13, por el siguiente:

 

“ARTICULO 5°.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509:

 

a) Dase por prorrogado en la Provincia de RIO NEGRO el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina de los Departamentos de Adolfo Alsina, Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.

 

b) Dase por declarado en la Provincia de RIO NEGRO el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina en el Departamento General Roca, desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.”

 

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto G. Yauhar.

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