Resolución 353-2013-SDGOAI
Se prorroga la habilitación
provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del Puerto Márquez,
ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. 758, Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, solicitada por el
Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos, a los fines de la realización de
operaciones de removido, por el término de 30 días corridos, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 340/2013 (SDG OAI), con igual
carácter e idéntico alcance.
Buenos Aires, 9 de Octubre de
2013.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12502-397-2008/39 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el
Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT Nº 30710010362), solicita
una prórroga de la habilitación aduanera de las instalaciones del Puerto
Márquez, propiedad de la Provincia de Entre Ríos, otorgada con carácter provisorio
mediante Resolución Nº 340/2013 (SDG OAI), ubicado sobre la margen izquierda
del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), margen izquierda,
Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná, para realizar operaciones de removido.
Que mediante Nota DNP Nº 571/12 la Dirección Nacional de Puertos dependiente de la Secretaría de Transporte informa que su
habilitación definitiva en el marco de la Ley 24.093 tramita por expediente Nº S01:0172321/2004. Asimismo informa que de acuerdo a los antecedentes
obrantes en el citado expediente, no habría objeciones para realizar
operaciones en el muelle en trato, en la medida que se respeten las
restricciones que la autoridad portuaria establece, pudiendo operar en la parte
del muelle no afectado con la avería producida el 17 de diciembre de 2010,
únicamente con barcazas y solicitando en cada operación autorización a la Prefectura Naval Argentina.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto,
resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente
otorgada, con carácter provisorio por el término de TREINTA (30) días corridos,
a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 340/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la
habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del Puerto
Márquez, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO (758), Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos,
jurisdicción de la Aduana de Paraná, solicitada por el Instituto Portuario
Provincial de Entre Ríos (CUIT Nº 30710010362), a los fines de la realización
de operaciones de removido, por el término de TREINTA (30) días corridos, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 340/2013 (SDG
OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.