Disposición 92-2013-SPA
Bs. As., 1/10/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0537360/13 del Registro del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 514 de fecha 5
de agosto del 2009 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 12 de fecha
12 de agosto 2010, 13 de fecha 14 de septiembre de 2011 y 12 de fecha 9 de
agosto de 2012, todas del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 12 de fecha 12 de agosto de 2010
del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se aprobó el Reglamento de Pesca Experimental, el
que establece en su Artículo 15 que se realizará una convocatoria a otros
armadores interesados ante la posibilidad de participar en un plan de
investigación, cuando el plan sea presentado o propuesto por un particular.
Que en dicho marco, mediante la Resolución Nº 13 de fecha
14 de septiembre de 2011 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se convocó a armadores
inscriptos en el Registro de la Pesca e interesados en participar de una
pesquería experimental de especies de crustáceos bentónicos en las aguas de
jurisdicción nacional de los cuadrantes estadísticos 5267, 5367, 5366 y la
mitad occidental del cuadrante 5365 desde su límite oriental hasta el meridiano
65° 30’ de longitud oeste, por el lapso de UN (1) año.
Que mediante la Resolución Nº 12 de fecha 9 de agosto de
2012 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se dispuso a la apertura de un procedimiento
de selección entre los interesados presentados en el marco de la citada
Resolución Nº 13/11 en participar de una pesquería experimental de especies de
crustáceos bentónicos, en las aguas de jurisdicción nacional.
Que el Articulo 18 de la citada Resolución Nº 12/10
establece que la Autoridad de Aplicación emitirá el Permiso de Pesca
Experimental, luego de la aprobación y autorización del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO.
Que por Acta Nº 24 de fecha 4 de julio de 2013 el CONSEJO
FEDERAL PESQUERO instruyó a la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, para que dicte la norma necesaria para la inclusión de los
buques y los permisos de pesca experimental dentro de un registro especial.
Que por la Resolución Nº 514 de fecha 5 de agosto de 2009
de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex -
MINISTERIO DE PRODUCCION se aprobó el Régimen de Inscripción ante el Registro
de la Pesca dependiente de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en el cual deben
inscribirse las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la prospección o
investigación, captura, procesamiento e industrialización, comercio y/o
transporte de recursos vivos marinos y sus derivados.
Que resulta necesaria la inscripción de los permisos de
pesca experimental en el Registro de la Pesca de acuerdo a las instrucciones
impartidas por la citada Acta Nº 24/13.
Que a los fines del registro del permiso de pesca
experimental, además de los requisitos establecidos en la mencionada Resolución
Nº 514/09, resulta necesario que los armadores nacionales titulares de los
proyectos aprobados deban inscribir los respectivos contratos de locación en el
Registro Nacional de Buques, a cargo de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA,
ajustándose a las condiciones y requisitos que ella establezca, a los efectos
del otorgamiento del uso de pabellón nacional transitorio a los buques objeto
del contrato, conforme a la legislación nacional vigente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
facultades emergentes de la Ley Nº 24.922, modificada por sus similares Nros.
25.470 y 26.386, del Artículo 1° del Decreto Nº 214 de fecha 23 de febrero de
1998, del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios y de la Resolución Nº 27 de fecha 24 de junio de 2003 de la
entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA
DISPONE:
ARTICULO 1° — Establécese como requisito para la emisión
de los permisos de pesca experimental en el marco de la Resolución Nº 12 de
fecha 9 de agosto de 2012 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO que el armador nacional,
titular del proyecto aprobado, haya inscripto el contrato de locación
respectivo en el Registro Nacional de Buques dependiente de la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA, para lo cual deberá cumplir con la totalidad de las condiciones y
requisitos jurídicos que establezca dicho Organismo en cuanto al uso del
pabellón argentino transitorio, la seguridad de la navegación y prevención de
contaminación.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. NESTOR M. BUSTAMANTE,
Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca.