Decreto 1395-1976
Secreto
Bs. As., 22/7/1976
VISTO el Decreto Nº 4.874
del 24 de abril de 1959, ratificado por el Decreto Nº 935 del 3 de setiembre de
1970 y el Decreto Nº 4.227“S” del 30 de diciembre de 1975 y lo informado por el
señor Comandante General de la Armada, lo propuesto por el señor Ministro de
Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° del
Decreto Nº 4.227“S” del 30 de diciembre de 1975 dispone el despacho a plaza, de
las importaciones de material bélico secreto que efectúen las Fuerzas Armadas
hasta el 31 de diciembre de 1975.
Que los materiales
adquiridos conforme a las respectivas órdenes de compras y/o contratos, fueron
entregados con demoras como consecuencias de imprevistos surgidos a las
empresas contratistas en el exterior y a las dificultades por parte de la
Armada para transferir las divisas necesarias.
Que lo anteriormente
indicado ocasiona una demora lógica en los respectivos despachos.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA
NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prorrógase
el plazo a que se refiere el artículo 2º del Decreto Nº 4.227“S” del 30 de
diciembre de 1975 hasta el 31 de julio de 1976.
Art. 2° — Comuníquese y
archívese. — VIDELA.
|