Detalle de la norma IG-7-2005-DIPNPA
Instrucción General Nro. 7 Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Organismo Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Año 2005
Asunto Cancelación de las importaciones temporales a través Kit María
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Instrucción General n° 7 22/02/2005 Fecha:  
 
Dependencia: IG-7-2005-DIPNPA
Tema: Depto. Programas y Normas de Procedimientos de Operaciones y Destinaciones Aduaneras
Asunto: Cancelación de las importaciones temporales a través Kit María
 

VISTO la puesta en vigencia de la Res. AFIP Nº 1796, y teniendo en cuenta:

Que se han efectuado los ajustes necesarios a los aplicativos vinculados a los procesos de registración de declaraciones de post-embarque correspondientes a los subregimenes EC03 y EG03.

Se INSTRUYE a las Aduanas:

Dejar sin efecto la Instrucción General 6/2005 (DI PNPA).

Las declaraciones de post-embarque que no fueron oficializadas por los ajustes que se debían realizar, tendrán CUARENTA Y OCHO (48) horas a partir de la presente Instrucción para ser presentadas.

La obligación de presentar las declaraciones de post-embarque dentro del plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas posteriores al cumplido de las destinaciones de exportación embarcadas con diferencia, recobra vigencia.

Fdo. Arnaldo Nazar Jefe Depto. Programas y Normas de Procedimientos de Operaciones y Destinaciones Aduaneras a/c de la Dirección de Programas y Normas de Proc. Aduaneros  Disposción nº 366/98