BUENOS AIRES, 12 de Mayo de 1998-
Visto el Anexo III de la Resolución Nº 2013/93 (ANA), se informa que corresponde eliminar la PANCM 2933.39.59 adjudicada a la mercadería IMAZAPIR atento que al misma se encuentra amparada por la PANCM 2933.39.59, continuando la mercadería afectada a los términos de la referida normativa.
Asimismo cabe aclarar que dicha modificación será recogida en la próxima actualización de la normativa relativa a la materia.-
FDO.: PEDRO A. GIRONDIN -
DIRECTOR DE TECNICA (INT.)-
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