Resolución 380-2013
Bs. As., 18/9/2013
VISTO el Expediente 253-77685/11 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), la Ley Nº 24.481 (t.o.
1996), las Resoluciones INPI P-266 de fecha 23 de Octubre de 2012 e INPI P 305
de fecha 9 de Agosto de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución INPI P-266/12 implementó en el
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) el sistema de gestión
electrónica denominado PORTAL DE TRAMITES POR INTERNET y a fin de ponerlo en
marcha se iniciaron las acciones correspondientes y las pruebas necesarias, con
el objeto de eliminar errores, corregir fallas del sistema y hacerlo eficiente,
lo que se concretó en la DIRECCION DE INFORMATICA y la DIRECCION NACIONAL DE
MARCAS mediante el uso de simuladores los que, por su calidad de tales, no
recogían en su totalidad la gama de inconvenientes que podrían suscitarse en
una prueba real de presentación en línea.
Que corresponde señalar que previamente a la finalización
del desarrollo informático del portal mencionado, se solicitó la colaboración
de personal del Instituto para que efectuaran cargas de solicitudes fuera del
Organismo, lo que en muchos casos concretaron desde sus domicilios; lo mismo se
pidió a los Agentes de la Propiedad Industrial a través de sus respectivas
entidades, a fin de comprobar el comportamiento del sistema en cuanto a pruebas
de consistencia, integridad de datos y pruebas de fuerza.
Que con el fin de proporcionar un servicio óptimo y
eliminar posibles fallas o errores en el sistema o en su configuración antes de
su lanzamiento al público, fue necesario efectuar presentaciones reales de
solicitudes de marca, completando los formularios en línea y lo más importante,
efectuando los pagos a través de la forma prevista con el Volante Electrónico
de Pago (VEP).
Que realizadas presentaciones en línea de solicitudes de
marcas, se advirtieron algunos errores, hubo procedimientos que debieron
rectificarse y a su vez se efectuaron simplificaciones de modo que el proceso
fuera más amigable con los usuarios; dichos aspectos fueron resueltos y
superados por la activa intervención de la DIRECCION DE INFORMATICA.
Que en otras presentaciones de solicitudes en línea se
pudieron verificar las correcciones efectuadas y su eficacia, aunque surgieron
otros aspectos a mejorar, los que fueron atendidos y subsanados por el área de
Sistemas.
Que habiéndose corregido las fallas detectadas en las
reales presentaciones de solicitudes de marca, resultó posible implementar a
partir del 14 de Agosto pasado la presentación en línea conforme lo dispusiera
la Resolución INPI P 305/13, en el convencimiento que de que con esas pruebas
reales el sistema funcionaría correctamente.
Que por lo expuesto es necesario pronunciarse sobre
aquellas solicitudes de marca presentadas en línea, que sirvieron para el
ajuste final del sistema, correspondiendo señalar que deben convalidarse, desde
que fueron requeridas expresamente por el Instituto y lo actuado fue en
beneficio del público usuario en general. No se advierte perjuicio de ninguna
índole pues no se han vulnerado derechos de terceros y se ha respetado el
derecho de prioridad. La actividad antes señalada ha estado dirigida a la
puesta en marcha de una forma nueva y expeditiva de acceder a los servicios del
INPI, por lo que corresponde convalidar las solicitudes de marcas presentadas
con anterioridad al 14 de Agosto de 2013.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION
DE ASUNTOS LEGALES del Instituto.
Que la presente se dicta en uso de las facultades
conferidas por la normativa legal vigente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Convalídanse las Solicitudes de Marca
presentadas en línea por el PORTAL DE TRAMITES POR INTERNET con anterioridad a
la cero hora del día 14 de Agosto del corriente año.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por UN (1) día en
el BOLETIN OFICIAL, publíquese en el Boletín de Marcas y en el de Patentes, en
la página web y en las carteleras del Instituto. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU,
Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.