Resolución 909-2013
Bs. As., 16/9/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0518968/2011 del Registro del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución Nº 144 de
fecha 16 de marzo de 2005 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y su
modificatoria la Resolución Nº 1.626 de fecha 9 de junio de 2010 de la ex -
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado
en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se establece el
sistema de Tipificación Oficial de Reses Porcinas mediante la medición de contenido
de tejido magro exclusivamente respecto de las categorías CAP - Cachorros,
Capones y Hembras sin Servicio y MEI - Machos Enteros Inmunocastrados,
entendiéndose por tejido magro el porcentaje de músculo que contiene cada res,
calculado por medio de equipos electrónicos de sonda que miden el espesor de la
grasa subcutánea dorsal y la profundidad del músculo Longissimus Dorsi.
Que a la fecha no se ha dictado la norma legal pertinente
que establezca la fórmula de medición del tejido magro para las DOS (2)
categorías porcinas mencionadas, tornándose esencial el establecimiento de
dicha ecuación para lograr una mayor calidad de las reses, lo que conlleva a la
obtención de mejores precios, resultando de ello un incentivo para mejorar la
producción primaria, facilitar el acceso a mercados externos y lograr una mayor
demanda de estos productos.
Que la Sección Mejoramiento Porcino de la Estación
Experimental Pergamino del Centro Regional Buenos Aires Norte del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado en el ámbito del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha realizado los análisis y
estudios técnicos necesarios y ha concluido que es correcto aplicar la ecuación
derivada en el año 2005 tanto a las Hembras sin Servicio y Capones como a los
Machos Enteros Inmunocastrados, conforme luce agregado a fojas 106/109 de las
presentes actuaciones.
Que el informe técnico obrante a fojas 110/115, iniciado
por la Dirección Nacional de Fiscalización de la citada ex - Oficina Nacional,
confirma la mencionada ecuación para la fórmula de medición del tejido magro
aplicable a las DOS (2) categorías porcinas señaladas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le
corresponde.
Que el suscripto es competente para dictar la presente
resolución en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios (texto ordenado
por el Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establécese la fórmula de medición del
tejido magro respecto de las categorías porcinas CAP - Cachorros, Capones y
Hembras sin Servicio y MEI - Machos Enteros Inmunocastrados, conforme la
ecuación que se señala en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida.
ARTICULO 2° — Otórgase a los establecimientos faenadores
que disponen del Servicio de Tipificación Oficial de Reses Porcinas un plazo de
TREINTA (30) días contados a partir de la vigencia de la presente resolución
para que implementen la fórmula de medición señalada en el artículo precedente.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR,
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
ANEXO
ECUACIONES PARA LAS FORMULAS DE MEDICION DEL TEJIDO MAGRO
DE LAS CATEGORIAS PORCINAS CAP - Cachorros, Capones y
Hembras sin Servicio
y MEI - Machos Enteros Inmunocastrados
1- Para equipos de medición HGP (Hennessy Grading Probe)
Y= 59,302 - 0,679 HGP 3/4 + 0,136 HGP M
2- Para equipos de medición FOM I y FOM II (FAT-O-MEATER)
Con una única medición del espesor de grasa dorsal
Y= 58,444 - 0,675 FOM3/4 + 0.140 FOMM