Detalle de la norma DI-13-2013-DFI
Disposición Nro. 13 Dirección Fiscalización de Importación
Organismo Dirección Fiscalización de Importación
Año 2013
Asunto Facultad de formular y radicar las denuncias penales o infraccionales resultantes de la fiscalización objeto de su competencia
Boletín Oficial
Fecha: 17/09/2013
Detalle de la norma
Disposición 13-2013

Disposición  13-2013

 

Asunto: Delegación de facultades en materia de denuncias previstas en la Disposición AFIP Nº 7/2013.

 

 Bs. As., 13/8/2013

 

 VISTO la Disposición AFIP Nº 7 del 10 de enero de 2013, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que por la Disposición citada en el VISTO se modificó la estructura organizativa de las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitana y del Interior, dependientes de la Dirección General de Aduanas.

 

 Que dicha disposición creó en su artículo 5, una unidad orgánica con nivel de Dirección, denominada Fiscalización de Importación, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de la Dirección General de Aduanas, con competencia en el ámbito nacional.

 

 Que por el Anexo B48, inciso 16, se faculta a la Dirección de Fiscalización de Importación a formular y radicar las denuncias penales o infraccionales resultantes de la fiscalización objeto de su competencia.

 

 Que por razones de buen orden administrativo resulta aconsejable delegar las facultades enunciadas en el párrafo anterior en los Departamentos Gestión de Fiscalización de Importación y Gestión Operativa de Fiscalización Simultánea, en el ámbito que a cada uno le corresponda.

 

 Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

 

 Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, la suscripta se encuentra facultada para dictar la presente medida.

 

 Por ello,

 

 LA DIRECTORA DE LA DIRECCION DE FISCALIZACION DE IMPORTACION

 

 DISPONE:

 

ARTICULO 1° — Delégase en los Jefes del Departamento Gestión de Fiscalización de Importación y Departamento Gestión Operativa de Fiscalización Simultánea, la facultad de formular y radicar las denuncias penales o infraccionales resultantes de la fiscalización objeto de su competencia.

 

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. Agrón. MARIA C. M. MELENDEZ, Directora (Int.), Dirección de Fiscalización Importación, Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.