Resolución 301-2013
Se prorroga la habilitación de la
zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto de
Villa Constitución, concesionado a la firma Puerto Villa Constitución S.R.L.,
ubicado a la altura del km 368, margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción
de la Aduana de Villa Constitución, por el término de 30 días corridos, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 266/2013 (SDG
OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
Buenos Aires, 6 de Septiembre de
2013.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12531-232-2009/79 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la
firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L (CUIT Nº 30-70854089-3), en su calidad de
permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa
Constitución, ubicado a la altura del km TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368),
margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con
carácter provisorio mediante Resolución Nº 266/2013 (SDG OAI).
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa
Constitución en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0010927/2004.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto,
resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente
concedida, con carácter provisorio por el término de TREINTA (30) días
corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 266/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad
III) del Puerto de Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA
CONSTITUCION S.R.L. (CUIT Nº 30-70854089-3), ubicado a la altura del km
TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en
jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, por el término de TREINTA (30)
días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución
Nº 266/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Villa Constitución para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General,
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.