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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Instrucción Gral n° 6 |
31/01/2002 |
Fecha:
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Dependencia:
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IG-6-2002-DGA |
Tema:
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DIRECCON NACIONAL DE
ADUANAS |
Asunto:
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Metodología registral de
los tránsitos sumarios interiores de Correo Argentino S.A. |
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VISTO: que la aplicación del procedimiento establecido en las Resoluciones
Generales N° 748/99, 775/00 y 898/00 como así también la experiencia
recogida; ha determinado la necesidad de su adecuación para el régimen de envíos
postales con el objeto de registrar el cumplido del tránsito en forma
inmediata por cada Aduana de destino, y considerando que a tal efecto se hace
necesario proceder al ajuste de la operatoria sin desnaturalizar lo normado
por las citadas resoluciones generales, |
SE INSTRUYE: |
En lo referente al registro de
los tránsitos sumarios del servicio postal originados en el Centro Postal |
Internacional, se deberá registrar un TRAS por
cada Aduana de destino y se tomará la saca postal considerándola como un único
continente (Contenedor) de los envíos postales que transporta según cada
destino, precintada por el Servicio Aduanero. |
A
los efectos de cumplimentar lo instruido en el punto 1 precedente y lo
dispuesto en el Anexo I, punto 6.2, de la Resolución General N° 775/00.
CORREO ARGENTINO S.A. integrará el registro "En Tránsito al
Interior" con tantos títulos de transporte como Aduanas de destino
tengan los envíos. A tal efecto utilizará el siguiente formato: |
"Identificador
del Documento de Transporte 1 2-XXX" |
Donde XXX corresponderá al código de la Aduana de destino del TRAS según tabla
de Aduanas habilitadas en el SIM. |
La
cancelación de las destinaciones de Tránsito por el Servicio Aduanero de las
Aduanas de destino será efectuado con la transacción "mcumtraml 1"
(Cumplido de Tránsitos Sumarios). |
Correo
Argentino S.A. habilitará en cada Jurisdicción Aduanera (de destino, sectores
debidamente acondicionados para la recepción y control de los envíos por
parte del Servicio Aduanero. |
La
presente será de aplicación para los TRAS que se registren desde el 1 de
abril de 2002 inclusive. |
Publíquese
en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. |
BDGA 12/2002 |
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