Resolución 305-2013
Bs. As., 9/8/2013
VISTO la Ley Nº 24.481
(t.o. 1996) modificada por la Ley Nº 25.859, la Resolución Nº 482/2012 del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Resolución INPI P-266/12, y el Expediente Nº
253-77685/11 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
(INPI), y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución
citada en el Visto se implementaron acciones, principalmente en materia
informática, a los efectos de concretar el PORTAL DE TRAMITES POR INTERNET, en
cumplimiento de las políticas impulsadas por el Estado Nacional tendientes a la
despapelización, eficientización de la gestión administración y facilitación
del acceso de la comunidad a la información pública posibilitando la
realización de trámites por Internet.
Que a la fecha y en esta
primera etapa, se encuentran concluidos los desarrollos informáticos efectuados
en este Instituto y consecuentemente se está en condiciones de poner a
disposición del público usuario la presentación vía Internet de solicitudes de
Marcas, Oposiciones, Renovaciones y Contestaciones de Vistas en el ámbito
marcario.
Que más adelante y cuando
concluyan los demás desarrollos informáticos en curso, esta posibilidad de
presentación en línea se extenderá en forma gradual a los demás sectores del
Organismo.
Que asimismo y como
menciona la Resolución INPI P-266/12, a la que por razones de brevedad cabe
remitirse, el Manual de Usuario del Portal de Trámites por Internet estará
disponible en la página web del Instituto a partir de su lanzamiento, el que se
fija a partir de la cero hora del día 14 de agosto de 2013.
Que por otra parte, los
usuarios que opten por esta modalidad de presentación gozarán de una reducción
en el monto de los aranceles a pagar electrónicamente, conforme quedara
establecido en la Resolución Nº 482/2012 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, publicada
en el Boletín Oficial Nº 32.551 del 28 de diciembre de 2012.
Que la Dirección de
Sistemas y la Dirección de Asuntos Legales han tomado la debida intervención.
Que la presente se dicta
en uso de las facultades conferidas por la normativa legal vigente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° —
Impleméntase a partir de la hora cero del día 14 de agosto de 2013, la
utilización del PORTAL DE TRAMITES POR INTERNET en lo relacionado al ámbito de
Marcas y referido a la presentación de solicitudes de Marcas, Oposiciones,
Renovaciones, contestaciones de Vistas y el pago de aranceles correspondiente.
ARTICULO 2° — El servicio
del Portal se concretará por medio de Internet a través de la página web del
INPI (www.inpi.gob.ar) y los aspectos operativos a que deberá ajustarse el
público usuario serán aquellos establecidos en la Resolución INPI P-266/12,
publicada en el Boletín Oficial el 1° de noviembre de 2012 y los obrantes en el
Manual del Usuario, disponible en la precitada página web.
ARTICULO 3° — Regístrese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el
término de UN (1) día en el Boletín Oficial y publíquese en los boletines de
Marcas y Patentes, en la página web y en las carteleras del Instituto. — Cdor.
MARIO R. ARAMBURU, Presidentre, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.