Detalle de la norma IG-5-2002-SDGLTA
Instrucción General Nro. 5 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2002
Asunto Base de Cálculo: mermas sobrantes y/o residuos.
Detalle de la norma

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Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Instrucción Gral n° 5 12/01/2002 Fecha:  
 
Dependencia: IG-5-2002-SDSGLTA
Tema: DIRECCIÓN NACIONAL D ADUANAS 
Asunto: Decreto 1011/91 y cctes. Reintegros - Base de Cálculo: mermas sobrantes y/o residuos.
 

Atento lo manifestado por la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en Nota N° 566/2001 respecto al tema del Asunto, se instruye:

A efectos de la determinación de la Base Imponible para el cálculo de los reintegros (artículo 1° Decreto 1011/91) en Destinaciones de Exportación a Consumo, en los cuales se hallan incorporados insumos importados temporariamente, bajo el régimen de las ex-Resoluciones 72/92 MeyOySP o del Decreto 1439/96 y de los cuales resultan mermas, sobrantes y/o residuos, se deducirá únicamente el valor CIF del insumo "efectivamente incorporado" a la mercadería que se exporta

 

Publíquese en el Boletín de esta Dirección General.