Ley 26880
Apruébase el
Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República Argentina y la Corte
Permanente de Arbitraje.
Sancionada: Julio 3 de
2013
Promulgada de Hecho:
Agosto 6 de 2013
El Senado y Cámara de
Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el
ACUERDO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA CORTE
PERMANENTE DE ARBITRAJE, suscripto en La Haya —REINO DE LOS PAISES BAJOS—, el
12 de mayo de 2009, que consta de DIECISIETE (17) artículos, cuya fotocopia
autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese
al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE
JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº
26.880 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A.
DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
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NOTA: El Anexo que
integra esta Ley se publica en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central
de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
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