Detalle de la norma IG-49-2002-SDGLTA
Instrucción General Nro. 49 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2002
Asunto Requisitos para evitar los riesgos a la salud humana Plaguicidas
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Instrucción General n° 49 28/06/2002 Fecha:  
 
Dependencia: IG-49-2002-SDGLTA
Tema: DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS
Asunto: Requisitos para evitar los riesgos a la salud humana o el ambiente ocasionados por determinados productos plaguicidas e industriales.
 

En el marco del Plan Nacional de Gestión de Sustancias Químicas y de acuerdo a lo convenido entre los representantes del ex MINISTERIO DE SALUD, del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL y de esta Dirección General, reunidos conforme consta en el Acta de fecha 15 de agosto de 2001, para la importación de las mercaderías indicadas a continuación deberá presentarse una hoja de datos de seguridad (en idioma español o inglés) y el etiquetado en origen (donde figure el idioma español y la etiqueta se ubique en el envase inmediato al producto cuando corresponda), en ambos casos de acuerdo a los lineamientos técnicos de los documentos oficiales de la ORGANIZACION DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO (OCDE).

La presente medida se dicta con el propósito de contar con la información adecuada respecto a los riesgos o peligros para la salud humana o el ambiente que pudieran ocasionar las mercaderías en trato, no alcanzando a mercadería que a la fecha de su publicación se halle en zona aduanera o embarcada.

A los fines de no trabar las Destinaciones de Importación que pudieran involucrar a las mercaderías en trato, y hasta tanto la Autoridad de Aplicación dicte una norma expresa, cualquier consulta referida a los requisitos de etiquetado y hoja de seguridad aquí indicados, deberá canalizarse a través del Centro de Investigación y Desarrollo sobre Contaminantes Orgánicos Especiales (CISCOE) del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL al TEL/FAX: 4754-4066, E-mail: oli@inti.gov.ar o a la Coordinación del aludido Plan Nacional al teléfono 4379-9133, E-mail: dpsatra@msal.gov.ar.

 

P.A. N.C.M.

Mercadería

2825.90.90

Unicamente óxido amarillo de mercurio

2827.39.30

Calomel (cloruro mercurioso)

2903.51.10

Lindano destinado a usos distintos del agrícola o veterinario

2908.90.19

Unicamente dinoseb y sus sales

2918.90.13

Acido 2,4,5-triclorofenoxiacético

2919.00.90

Unicamente fosfato de tris (2,3- dibromopropil)

2924.19.29

Unicamente fluoroacetamida

2925.20.90

Unicamente clordimeformo

2931.00.10

Principios activos organomercuricos de plaguicidas (excepto acetato de fenilmercurio)

3808.10.10

Unicamente fosfamidón, con una concentración de principio activo superior a 1000 g/l

3808.10.29

 

3808.30.10

Unicamente dinoseb y sus sales

3808.30.29

 

3808.90.10

Unicamente metamidofós, con una concentración de principio activo superior a 600 g/l

3808.90.21

 

3808.90.23

Unicamente clordimeformo

 

La presente regirá a partir del 20/07/2002

Publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL.