Detalle de la norma RE-355-2013-SENASA
Resolución Nro. 355 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2013
Asunto Emergencia Fitosanitaría para la Plaga Mosca de los Frutos
Boletín Oficial
Fecha: 05/08/2013
Detalle de la norma

Resolución  355-2013

 

 Bs. As., 30/7/2013

 

 VISTO el Expediente Nº S01:0413695/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Ley Nº 6.704 del 12 de agosto de 1963, las Resoluciones Nros. 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 874 del 23 de noviembre de 2011; 388 del 1 de agosto de 2012 y 177 del 23 de abril de 2013, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM), aprobado por la Resolución Nº 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, establece las acciones tendientes al control de las plagas Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus.

 

 Que la Resolución Nº 874 del 23 de noviembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece la Emergencia Fitosanitaria para la Plaga Mosca de los Frutos (Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus) en el macizo frutícola comprendido entre los paralelos 29,97° y 31,81° de latitud sur y los meridianos 57,62° y 58,55° de longitud oeste, pertenecientes a los Departamentos Monte Caseros, Provincia de CORRIENTES; y Federación, Concordia y Colón en la Provincia de ENTRE RIOS.

 

 Que mediante la Resolución Nº 388 del 1 de agosto de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se prorroga hasta el 31 de julio de 2013, la Emergencia Fitosanitaria para la plaga Mosca de los Frutos.

 

 Que mediante la Resolución Nº 177 del 23 de abril de 2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se establece la obligatoriedad de los Establecimientos Frutícolas de contar con el Certificado de Control Oficial.

 

 Que para lograr los objetivos planteados por el Programa Nacional para el control de la plaga, la Dirección Nacional de Protección Vegetal mediante el informe técnico obrante a fojas 79/80, considera necesaria la continuidad de todas las acciones previstas en la citada Resolución Nº 874/11, a fin de disminuir los niveles poblacionales de la plaga.

 

 Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

 

 Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8°, incisos f) y k) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

 

 Por ello,

 

 EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

 

 RESUELVE:

 

 ARTICULO 1º — Prórroga. Se prorroga hasta el 31 de julio de 2014, la Emergencia Fitosanitaría para la Plaga Mosca de los Frutos (Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus) establecida por la Resolución Nº 874 del 23 de noviembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, para el macizo frutícola comprendido entre los paralelos 29,97° y 31,81° de latitud sur y los meridianos 57,62° y 58,55° de longitud oeste, pertenecientes a los Departamentos Monte Caseros, Provincia de CORRIENTES, y Federación, Concordia y Colón en la Provincia de ENTRE RIOS.

 

 ARTICULO 2° — Vigencia. La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

 ARTICULO 3° — De Forma. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S. MIGUEZ, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-874-2011-SENASA Emergencia Fitosanitaría para la Plaga Mosca de los Frutos