Resolución 254-2013
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle EL MANA PUERTO BUEY -
COOPERATIVA AGROP. LA PAZ LTDA. Aduana de Paraná.
Bs. As., 17/7/2013
VISTO la Actuación SIGEA
Nº 12502-34-2010/63 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma COOPERATIVA AGROPECUARIA LA PAZ LTDA. (CUIT Nº
30-53245883-4), solicita una prórroga de la habilitación otorgada con carácter
provisorio mediante. Resolución Nº 241/2013 (SDG OAI) para la atención aduanera
del puerto EL MANA PUERTO BUEY, ubicado a la altura del Km. SETECIENTOS
VEINTICUATRO (724) del Río Paraná, margen izquierda, localidad de Santa Elena,
Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la Aduana de Paraná.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12502-34-2010 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la
Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:01067661/2005.
Que en autos han tomado la
intervención que les compete a las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente concedida, con carácter provisorio por el término de TREINTA (30)
días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la
Resolución Nº 241/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
Nº 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación solicitada por la firma COOPERATIVA AGROPECUARIA LA PAZ LTDA.
(CUIT Nº 30-53245883-4) de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto El
MANA PUERTO BUEY, ubicado a la altura del Km. SETECIENTOS VEINTICUATRO (724)
del Río Paraná, margen izquierda, localidad de Santa Elena, Provincia de Entre
Ríos, por el término de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 241/2013 (SDG OAI), con igual
carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana
de Paraná para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector
General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.