Resolución
250-2013
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Cereales Puerto Villa
Gobernador Gálvez. Cargill S.A.C.I. Aduana de Rosario.
Bs. As., 8/7/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº
12542-703-2006/153 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) solicita una
prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 234/2013 (SDG
OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de embarque de cereales
del puerto particular de esa empresa, ubicado en el área portuaria de Villa
Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO
(408) margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Rosario.
Que en la actuación SIGEA
Nº 12542-703-2006 se encuentra acreditado que la habilitación definitiva del
citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita por Expediente Nº S02:0008237/2012.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA
(30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la
Resolución Nº 234/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle para embarque de
cereales del puerto de la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5),
ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe,
jurisdicción de la Aduana de Rosario, por el término de TREINTA (30) días
corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº
234/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a
la Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.