DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS
Instrucción General Nº
43/2001
Buenos Aires, 18 de
diciembre de 2001
VISTO la Resolución General N°1160 de fecha 23 de
noviembre de 2001
y la Disposición N° 154/01 (DGA) y considerando que de
acuerdo al Decreto N° 1005/2001 y a la Resolución ME N° 415/2001 el documento que emitirá la Caja
de Valores S.A. para la cancelación de deuda anterior al 30 de junio de 2001 a
través de la entrega de Títulos de la Deuda Pública Nacional se denomina
«Constancia de Transferencia», se instruye lo siguiente:
1) En la mención a los
Certificados de Crédito Fiscal comprendida en el último párrafo del Artículo 1°
de la Resolución General N° 1160 debe considerarse que se alude a
las «Constancias de Transferencia» definidas en apartado B del Anexo de
Procedimiento Para el Pago de Impuestos con Títulos Públicos de la Resolución N° 415/01 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (código de especie: 504).
2) Idéntico criterio debe
adoptarse para las menciones de «Certificados de Crédito Fiscal» o
«Certificados», incluidas en la Disposición N°
154/01 (DGA).
Publíquese en el Boletín de esta Dirección General.
Fdo.:Ing. CESAR A. ALBRISI
DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota: Publicado en Boletín Aduanero 6/02.
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