Detalle de la norma IG-43-2001-DGA
Instrucción General Nro. 43 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2001
Asunto Alimentos de consumo humano -
Detalle de la norma
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Instrucción General Nº 43/2001

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2001

VISTO la
Resolución General N°1160 de fecha 23 de noviembre de 2001 y la Disposición N° 154/01 (DGA) y considerando que de acuerdo al Decreto N° 1005/2001 y a la Resolución ME N° 415/2001 el documento que emitirá la Caja de Valores S.A. para la cancelación de deuda anterior al 30 de junio de 2001 a través de la entrega de Títulos de la Deuda Pública Nacional se denomina «Constancia de Transferencia», se instruye lo siguiente:

1) En la mención a los Certificados de Crédito Fiscal comprendida en el último párrafo del Artículo 1° de la Resolución General N° 1160 debe considerarse que se alude a las «Constancias de Transferencia» definidas en apartado B del Anexo de Procedimiento Para el Pago de Impuestos con Títulos Públicos de la Resolución N° 415/01 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (código de especie: 504).

2) Idéntico criterio debe adoptarse para las menciones de «Certificados de Crédito Fiscal» o «Certificados», incluidas en la Disposición N° 154/01 (DGA).
Publíquese en el Boletín de esta Dirección General.

Fdo.:Ing. CESAR A. ALBRISI

DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota: Publicado en Boletín Aduanero 6/02.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-1946-1993-ANA Anexo II Alimentos de consumo humano