Detalle de la norma IG-4-2004-DIPNPA
Instrucción General Nro. 4 Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Organismo Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Año 2004
Asunto Procedimiento de Aplicación Régimen Resolución General AFIP 1635/04.
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Instrucción General n° 4 01/04/2004 Fecha:  
 
Dependencia: IG-4-2005-DIPNPA
Tema: Procedimiento de Aplicación Régimen Resolución General  AFIP 1635/04.
Asunto: IVA - Pago en Cuotas. Derogación Instrucciones Generales Nº 11/03 y Nº 19/03 (DI PNPA).
 

VISTO la puesta en vigencia de la Resolución General Nº 1635/2004 (AFIP), publicada en el Boletín Oficial de fecha 5 de febrero de 2004, por la cual se restaura el financiamiento del IVA para la importación definitiva de bienes de capital y considerando que se hace necesario la modalidad definitiva de registro de estas liquidaciones, a continuación se detallan el procedimiento a seguir:

1.-Cuando se opte por este régimen el declarante deberá utilizar la ventaja “IVAPAGOCUOTAS”.

2.-Cuando el declarante registre una importación invocando la ventaja “IVAPAGOCUOTAS”, el Sistema Informático MARIA generará CINCO (5) cuotas mensuales  e iguales en lo que se refiere al capital a amortizar.

3.-La primera cuota será percibida al  momento  de  oficializar  la destinación  y   fijará la fecha a partir de la cual se cuentan los  vencimientos de las cuotas restantes.

4.-De la cuota segunda a quinta, el sistema informático MARIA generará las liquidaciones automáticamente incorporando el cálculo del interés mensual sobre saldo, en el concepto “ 416” mediante LMAN motivo DIVA (Diferimiento de IVA), por el plazo de TREINTA (30) días más un plazo adicional de TREINTA (30) días estipulado por R.G. 1635/04

5.-Para la cancelación de estas liquidaciones, el interesado deberá presentarse en la Aduana de Registro a fin de solicitar la afectación de fondos respectiva, ya que estas LMAN sólo pueden ser afectadas por el servicio aduanero.

6.-El Sistema controlará el pago de las cuotas diferidas en virtud de las cuales y ante la falta de pago en término, provocará la caducidad del plan de facilidades acordado por el presente régimen.

7.-El servicio aduanero cuenta con la transacción MCLCRECI1 para el control de las cuotas que se encuentren vencidas.                               

 

CASOS:

PAGO A LOS 30 DIAS:

Cuando se efectúe el pago a la fecha de vencimiento de los TREINTA (30) días, el servicio aduanero  afectará  el monto establecido en la .LMAN correspondiente.

PAGO DESPUÉS DE LOS 30 DIAS Y HASTA LOS 60 DIAS:

En los casos que el interesado se acoja al plazo adicional de TREINTA (30) días (art. Nº  3), el servicio aduanero deberá registrar otra LMAN motivo “DIVA" y agregar los intereses resarcitorios del TRES PORCIENTO (3 %) mensual por los días de mora que transcurrieron desde la fecha de vencimiento de la cuota correspondiente. Para este caso se utilizará el concepto “ 414” y los intereses se calcularán sobre el valor del concepto “ 415” por medio de la transacción MRLMRECM8.

PAGO VENCIDO:

Cuando el plazo se encuentre vencido, esto producirá la caducidad del plan de facilidades de pago (art. Nº 3 ) y en este caso, el Sistema pasará las liquidaciones LMAN pendientes al estado  “VEE”  (vencidas y Exigibles).

El interesado deberá presentarse en la Aduana de Registro para cancelar el total de la deuda más los intereses por mora,  el servicio aduanero generará una nueva LMAN  motivo “RDIV”, mediante la transacción  MRLMRECM10. 

 

EJEMPLO:

REGISTRO DE UNA DESTINACION DE BIENES DE CAPITAL

Fecha de oficialización 20-02-04.

Posición 8422.20.00.100H

Invocar la ventaja “IVAPAGOCUOTAS”

Monto FOB U$S 100.000

IVA,  monto total U$S 10.5000 (es una posición del 10,5%)

Concepto 415 U$S 2.100 vencimiento a la oficialización, primera cuota

Concepto 715 U$S 8.400 saldo

Concepto 416 U$S 2.100 +168 interés (2%) sobre 8.400, cuota Nº 2 vencimiento 20-03-04.

Concepto 416 U$S 2.100 +126 interés (2%) sobre 6.300, cuota Nº 3 vencimiento 20-04-04.

Concepto 416 U$S 2.100+84 interés (2%) sobre 4.200 cuota Nº 4 vencimiento 20-05-04.

Concepto 416 U$S 2.100 +42 (2%) sobre 2.100 cuota Nº 5 vencimiento 20-06-04.

 

8. Esta Instrucción deja sin efecto las  Instrucciones Generales Nº 11 (DI PNPA), de fecha 8 de julio de 2003 y  Nº 19  (DI PNPA) de fecha 9 de diciembre de 2003.

Fdo. José Santiago Losada Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros