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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Instrucción General nº 4 |
23/04/2004
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Fecha: |
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Dependencia:
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IG-4-2004-DGA |
Tema:
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Dirección General de Aduanas
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Asunto:
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Identificación de Mercaderías – Carga inicial de
Stock de estampillas por Aduana
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VISTO que a partir del 01 de mayo de 2004,
la
Dirección General de Aduanas ha dispuesto la implementación
de un código de barras a la estampilla de identificación de mercaderías
regulada por Resolución ex ANA N° 2522/87, mediante
la Disposición
N° 006/04 (DGA), que en el señalado acto se contempló la coexistencia
de estampillas fiscales con y sin el código de barras, de este modo deviene
necesario precisar los lineamientos según los cuales deberán registrarse
obligatoriamente a través del Sistema Informático MARIA los distintos
instrumentos fiscales que se entregan con cada destinación.
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Que
asimismo corresponde tener en consideración
la INSTRUCCIÓN
GENERAL N° 09/04 (DIPNPA). |
Que
se torna necesario incorporar al SIM los stocks de estampillas disponibles.
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Que
este procedimiento de registro de asignación de elementos identificatorios se
realizará a partir del stock de estampillas con que cuente cada una de las
aduanas.
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Que
con la finalidad de implementar este procedimiento, resulta necesario que
cada una de las aduanas registre la numeración de los lotes de estampillas
existentes en su jurisdicción a la fecha citada en el VISTO.
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Por tal motivo, se instruye:
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En
cada una de las aduanas, incluidas las domiciliarias, los agentes aduaneros
designados para la tarea de asignación y entrega de estampillas, deberán el último
día hábil del mes de abril del corriente año, relevar el stock disponible de
estampillas y proceder a su registro informático en el SIM de acuerdo al
procedimiento que se detalla a continuación. Se encuentran excluidas de esta
operatoria las aduanas de BUENOS AIRES y EZEIZA, en las que la asignación y
entrega de estampillas continuará realizándola
la
División Tesoro Especies Fiscales, quien registrará el stock
inicial para cada una de estas dos aduanas.
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Procedimiento de carga de stock inicial de estampillas por aduana: |
Los
usuarios habilitados para la tarea de asignación y entrega de estampillas
deberán ingresar a la transacción mrefsadm1 “Asignación Estampillas a las
Aduanas”.
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El sistema identificará
la
Aduanas de conexión del usuario, y preguntará si se trata de
una Aduanas domiciliaria, en caso negativo repetirá el código de
la
Aduanas de conexión.
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Luego
se deberá ingresar el color de las estampillas (el sistema dispondrá de una
lista de valores).
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Se
ingresarán dos caracteres correspondientes a la serie de las estampillas a
ingresar.
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Luego
se ingresará el número de inicio del lote, “desde” y el número de fin
“hasta”, y se validará como es de uso habitual registrándose el alta en el
stock.
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Este
último paso deberá repetirse cuando existan distintos rangos de numeración para
un mismo color y serie.
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Aduanas Domiciliarias |
Cuando
se responda afirmativamente la pregunta realizada en el punto b), el sistema
exigirá ingresar
la CUIT
de la empresa que opera como Aduana Domiciliaria (se dispondrá de una lista
de valores), esta identificación se realizará a fin de crear un stock que
pueda ser utilizado únicamente en las destinaciones documentadas por estas
empresas. El resto de los pasos será
el mismo que para las aduanas.
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El
presente procedimiento de registro se encontrará habilitado por el término de
CINCO (5) días hábiles únicamente para la carga del stock inicial disponible.
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Vencido este plazo será deshabilitada la transacción. |
Las sucesivas cargas de stock serán registradas en
el SIM por
la
División Tesoro Especies Fiscales, para la totalidad de las
aduanas, incluidas las domiciliarias, en base a las solicitudes de elementos
identificatorios que las mismas requieran de acuerdo con las operaciones
oficializadas.
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Se dispondrá de la consulta mitgsadi1 “Consulta
Asignación Estampillas a las Aduanas”, mediante la cual se podrá visualizar los
lotes de elementos identificatorios disponibles.
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Los manuales de uso de las transacciones, serán
publicados por
la
Dirección de Capacitación a través de su página en Intranet.
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Publíquese en el Boletín de
la
Dirección General de Aduanas; comuníquese a
la
División Tesoro Especies Fiscales.
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Fdo. Lic. José A. Sbattella
Director General, Dirección General de Aduanas
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