Detalle de la norma IG-3-2007-DIPNPA
Instrucción General Nro. 3 Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Organismo Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Año 2007
Asunto Registro de Garantías de Actuación en Efectivo en el SIM
Detalle de la norma
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Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Dir/Gral
Inst.Gral. 3 10/04/2007 Fecha:  
 
Dependencia: IG-3-2007-DIPNPA
Tema: Departamento Programas  y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera
Asunto: Registro de Garantías de Actuación en Efectivo en el SIM.
 

 

 Visto lo normado por el Instructivo Nº 8/04 (DE PNPR) de fecha 03 de diciembre de 2004; se instruye en forma complementaria al citado Acto Administrativo, el procedimiento a seguir a los efectos de constituir Garantías de Actuación en Efectivo:

1) El Agente de Comercio Exterior, deberá efectuar un depósito en cualquier sucursal del Banco Nación, mediante el formulario Nº OM 2132 o las redes habilitadas para tal efecto, en la Cuenta Única de Recaudación Aduanera Nº 3601/48, consignando la CUIT de AFIP en los campos de Importador/Exportador y/o Despachante.  Y en el campo titular, se deberá declarar la CUIT y Razón Social del Agente del Comercio Exterior.

 

2) El Servicio Aduanero:

Deberá constituir una Garantía en Efectivo, Clase GLO/GLOBAL, Tipo EFVO/EFECTIVO, Motivo GTGL/GARANTIA GLOBAL, mediante la transacción “mcgarecm4 – CONSTITUCION DE GARANTIAS EN EFECTIVO UTILIZANDO DEPOSITOS EN PESOS”.

 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-001

 

b) Confeccionar una liquidación manual,  (RECAUDACIONES VARIAS – mrlmrecm2) consignando la CUIT de AFIP en los campos de Importador/Exportador y/o Despachante.  Y en el campo titular, se deberá declarar la CUIT del Agente del Comercio Exterior.  Asimismo, se deberá declarar como documento de referencia: OTR – ACTUACION, Tipo de Operación: O – OTROS, Motivo de la Liquidación: GAEF – GARANTIA DE ACTUACION EN EFECTIVO, Fecha de momento imponible: Fecha de Generación de la LMAN, Fecha de vencimiento: 1 Año contado de la Generación y Concepto de Recaudación: 800 – Garantía de Actuación.

 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-003

 

c)  Efectuar la afectación de la LMAN, (con la garantía en efectivo) mediante la transacción mrlmrecm3 – Pago de una Liquidación Manual.

 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-005

 

d) Mediante la transacción mgacrecm1 – REGISTRO DE GARANTIA DE ACTUACION - (CENPRI), se deberá registrar la garantía de actuación, consignando

 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-007

 

Cuit del Agente: CUIT del Agente de comercio Exterior.

Tipo de Garantía: EFVO  - Efectivo

Nro. Externo de Garantía: Nro. de LMAN en estado pagada.

 

      Fdo. Carlos A. Rodríguez

Jefe (I) Departamento Programas  y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera.

 
 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-002
 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-004
 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-006
 
Ver Anexo IG-3-2007-DIPNPA-008
 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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