Resolución
555-1999
Apruébase
el Plan Sanitario Apícola Regional de la provincia de Mendoza.
Bs. As.,
8/10/99
VISTO el
expediente Nº 11621/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través de la
Dirección de Sanidad, manifiesta la necesidad de implementar un Plan Sanitario
Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA.
Que la
REPUBLICA ARGENTINA es el primer país exportador mundial de mieles, y el tercer
productor exportando el NOVENTA POR CIENTO (90%) de la producción nacional.
Que
existen enfermedades que afectan a la producción apícola del país, provocando
importantes pérdidas en el número de colmenas, disminución en su eficiencia
productiva y la alteración de la calidad higiénico-sanitaria de la miel.
Que las
enfermedades conocidas como Loque Americana y Varroasis son motivo de gran
preocupación debido a las mortandades que producen en los colmenares y por la
presencia de residuos en la miel y demás productos de la colmena por los
quimioterápicos que se emplean para su control.
Que la
Loque Americana fue incorporada por la Resolución Nº 383 de fecha 16 de agosto
de 1990 del registro de la ex-SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
al Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales, aprobado por Ley Nº
3959, y por tanto es responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA ejercer y coordinar las medidas tendientes a su control y/o
erradicación.
Que las
exigencias sanitarias para el intercambio regional en el ámbito del MERCADO
COMUN DEL SUR (MERCOSUR), de miel y productos requieren atender y controlar las
enfermedades de la colmena a fin de poder certificar su calidad
higiénico-sanitaria.
Que la
actividad apícola de la Provincia de MENDOZA se centra en la polinización de
frutales y leguminosas, producción de polen y de núcleos, cría de abejas reinas
y producción de miel de alta calidad que pueden verse afectados por las
mencionadas noxas.
Que la
Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) y el Consejo Asesor Apícola
Provincial (CAAP) analizaron y procedieron a aprobar el Plan Sanitario Apícola
Regional de la Provincia de MENDOZA.
Que el
Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo
establecido en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de
diciembre de 1996, aprobando el acto a dictarse.
Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha emitido opinión legal al respecto, no encontrando reparos
de orden legal que formular.
Que el
suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud
de lo dispuesto en el Decreto Nº 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996, en
función de lo establecido en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de
fecha 19 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL
SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo
1º — Apruébase el Plan Sanitario Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA,
que como Anexos I, II y III forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º —
Decláranse comprendidas en el Plan Sanitario Apícola Regional de la Provincia
de MENDOZA, las explotaciones apícolas ubicadas dentro de la Provincia de
MENDOZA.
Art. 3º —
Las explotaciones apícolas (apiarios) ubicadas dentro de la Provincia
mencionada en el artículo 2º de la presente resolución, se inscribirán en el
Plan el cual en su primera etapa será de carácter voluntario. A partir del
momento de la inscripción, deberán ajustarse a las Normas Técnicas
especificadas y descriptas en el Anexo I de la presente resolución.
Art. 4º —
Los apiarios o colmenares ubicados en zonas linderas a las consignadas en el
Anexo III, que forma parte integrante de la presente resolución, que por
razones de índole comercial o de manejo de la producción, se encuentren ligados
a la actividad apícola de las mismas y voluntariamente deseen incorporarse al
Plan, podrán hacerlo presentando una solicitud de inscripción a la Coordinación
del mismo.
Art. 5º —
El control y la coordinación de las acciones que se derivan del presente Plan,
estarán a cargo de la Comisión Regional de Sanidad Apícola, constituida por
representantes del sector privado y oficial de competencia en el área y en la
zona y cuya coordinación estará a cargo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través de la Dirección Nacional de Sanidad Animal
(Coordinación General de Enfermedades de los Porcinos, Equinos, Aves, Abejas y
Animales de Granja).
Art. 6º —
Los profesionales, técnicos y laboratorios del sector privado podrán participar
de la ejecución de las actividades inherentes al presente Plan, siempre que las
mismas sean supervisadas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Art. 7º —
El presente Plan entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial.
Art. 8º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Ricardo J. Novo.
ANEXO I
PLAN
SANITARIO APICOLA REGIONAL
PROVINCIA
DE MENDOZA
1.
IMPORTANCIA ECONOMICA
CARACTERISTICAS
DE LA PRODUCCION APICOLA EN LA REPUBLICA ARGENTINA.
La
REPUBLICA ARGENTINA es el primer exportador mundial de miel con envíos de
SESENTA Y CINCO MIL (65.000) toneladas anuales, por un valor de CIEN MILLONES
DE PESOS ($ 100.000.000.-).
Este
sector se destaca entre las demás actividades agropecuarias por ser una de las
de mayor tasa de crecimiento, que ha duplicado su producción desde la década
del ’70 hasta la fecha, ubicándose en el cuarto lugar entre las exportaciones
de origen animal.
La
producción de miel que asciende a SETENTA Y CINCO MIL (75.000) toneladas
anuales coloca a la REPUBLICA ARGENTINA entre los primeros productores
mundiales.
Nuestros
principales clientes son: ALEMANIA, ITALIA, ESPAÑA, JAPON y los ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA donde se exporta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del total de la
producción. Estos países poseen mercados de gran poder adquisitivo con demandas
de alimentos de alta calidad producidos en condiciones ecológicas naturales.
Además de
la miel, existe una serie de productos que se utilizan en el campo de la
industria química, farmacéutica y cosmética como: ceras, polen, propóleos y
venenos.
Otra
actividad económica de importancia relacionada con la capacidad polinizadora de
la abeja, es su utilización en la producción de frutas y semillas. Entre los
cultivos que demandan colonias para incrementar los rendimientos se destacan el
almendro, ciruelos de la mayoría de las variedades, cerezos, manzanos, perales,
cebolla, alfalfa, girasol, poroto tipo pallar, zapallos, etc.
2.
ENFERMEDADES QUE AFECTAN A LA APICULTURA:
2.1.
LOQUE AMERICANA:
La
enfermedad Loque Americana fue introducida en la REPUBLICA ARGENTINA hacia el
año 1988, presumiblemente a través de una importación masiva de reinas,
provenientes de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
En otoño
de 1989 se la detectó en un colmenar en la ciudad de Tandil, Provincia de
BUENOS AIRES que sufrió una mortandad de OCHOCIENTAS (800) colonias sobre un
total de MIL QUINIENTAS (1500). Se la considera como la enfermedad de origen
bacteriano más grave y peligrosa de las que afectan a la abeja melífera.
En la
actualidad se la encuentra en los colmenares de casi todo el país y en algunas
zonas ha adquirido características epidémicas provocando cuantiosas pérdidas.
El agente etiológico de esta enfermedad es una bacteria llamada Paenibacillus
larvae que tiene la capacidad de formar esporas muy resistentes que soportan el
efecto de la acción de temperaturas superiores a los CIEN GRADOS CENTIGRADOS (100°C), de agentes químicos enérgicos (ácidos e hidróxidos), de rayos ultravioletas, pudiendo
permanecer viables por más de TREINTA Y CINCO (35) años.
Las
consecuencias para la apicultura son graves por la alta mortandad de colmenas y
pérdidas de equipamiento que debe ser destruido para evitar la propagación de
la infección. Además, la presencia de esporas viables en la miel altera las
condiciones sanitarias para su comercialización lo que crea inconvenientes en
la exportación de mieles envasadas y a granel a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL
BRASIL.
La
transmisión de la enfermedad se realiza principalmente a través de materiales y
productos apícolas contaminados (cuadros, alzas, pisos, techos, ceras, miel y
polen).
Los
métodos químicos de control convencionales se efectúan por medio de
antibióticos que en muchos casos, cuando la enfermedad es incipiente, resultan
eficaces.
Además
estos productos presentan el inconveniente de permanecer como residuos,
afectando la calidad sanitaria de la miel y polen.
Entre los
métodos físicos de profilaxis se utilizan, la incineración y flameado de
materiales, la parafinación y la irradiación con rayos gamma.
En la
Provincia de MENDOZA no se la ha detectado oficialmente hasta el 10 de
diciembre de 1995.
2.2.
OTRAS ENFERMEDADES APICOLAS DE IMPORTANCIA.
2.2.1.
VARROASIS.
Esta
enfermedad fue introducida en el país en el año 1976, provocando desde entonces
importantes pérdidas de colmenas y mermas en la producción.
El agente
etiológico es un ácaro llamado Varroa jacobsoni (Oudemans), que afecta los
estados adulto y larval.
En la
actualidad se encuentra distribuida en todo el Territorio Nacional, con zonas
de diferente prevalencia.
Se lo
combate mediante tratamientos químicos, siendo los más utilizados, los
piretroides en dispositivos de fabricación artesanal. Se ha detectado la
aparición de poblaciones de ácaros resistentes a los fluvalinatos y muchos
productores manifiestan mortalidades importantes en colmenas tratadas de esta
manera. También existen riesgos de contaminación de mieles y ceras, debido al
uso indebido del producto.
2.2.2.
NOSEMIASIS.
Esta
enfermedad que se propaga por esporas, se conoce prácticamente en todos los
colmenares del país.
El agente
etiológico es un protozoario llamado Nosema apis (Zender), que afecta a la
abeja adulta.
Cuando
las infecciones son severas pueden producir importantes mermas de la producción
de miel y en algunos casos, en combinación con condiciones climáticas adversas,
provoca la despoblación acelerada de las colmenas.
Se
controla mediante la profilaxis del material contaminado y con la aplicación de
antibióticos en primavera.
2.2.3.
LOQUE EUROPEA.
Fue
detectada en el país en la década del ’60, se la considera como una enfermedad
endémica de aparición estacional en primavera y otoño.
El agente
etiológico es una bacteria llamada Melissococcus pluton.
En
infecciones severas se produce un debilitamiento de las colonias, pudiendo en
algunos casos conducir a la orfandad de las mismas.
Se trata
por medio de profilaxis del material y el uso de antibióticos.
2.2.4.
CRIA YESIFICADA.
Se la
observó en el país por primera vez en el año 1978, con características de
enfermedad benigna y de fácil control. Es producida por un hongo llamado
Ascophaera apis, afecta la etapa larval.
En la
actualidad se la encuentra ampliamente distribuida en la mayoría de los
colmenares, habiéndose reportado casos de ataques severos que afectan
principalmente a los núcleos. En colmenas muy infectadas se produce orfandad.
No
existen tratamientos químicos efectivos, siendo lo más recomendado, el uso de
materiales descontaminados y la eliminación del infectado.
Algunos
técnicos sostienen que el empleo del fluvalinato mediante la tablita, favorece
la aparición de la enfermedad.
3.
ENFERMEDADES PRODUCIDAS POR VIRUS.
Enfermedades
como el virus de la parálisis aguda se encuentran relacionados a la presencia
de varroa. Existen reportes de algunos casos en las Provincias de BUENOS AIRES
y LA RIOJA.
3.1.
SACBROOD.
Presenta
una baja incidencia, son muy raras las pérdidas de colonias debido a esta
enfermedad.
Está
relacionada a la presencia de varroa.
Su
tratamiento consiste en eliminar los cuadros afectados.
3.2.
CARACTERIZACION DE LA ZONA.
Al tomar
conciencia del enorme daño que la aparición de Loque Americana podría ocasionar
a toda la apicultura de la provincia, la Dirección de Ganadería del Gobierno de
la Provincia de MENDOZA, y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA con el apoyo de la Comisión Provincial de Sanidad Animal
(COPROSA), se proponen implementar un Plan Sanitario Apícola Provincial,
tomando como base el instalado en el noroeste banaerense, de la Provincia de
CORDOBA y norte de la Provincia de LA PAMPA.
La
actividad apícola de la Provincia de MENDOZA se centra en la prestación de
servicios de polinización, la producción de polen, la cría de abejas reinas y
formación de núcleos con el propósito de abastecer a otras provincias del país.
La producción de miel es muy importante y existen muchas posibilidades de
certificar por origen.
3.3.
CARACTERISTICAS DE LA PRODUCCION EN LA ZONA.
Se estima
que en la Provincia de MENDOZA, se encuentran unas VEINTICINCO MIL (25.000)
colmenas manejadas por apicultores que tienen una ocupación principal que no es
la actividad apícola. La idoneidad para el manejo de las colonias más que un
título, se las ha otorgado años de experiencia en el tema, muchos de ellos o
sus hijos son técnicos apícolas o peritos y/o bachilleres de alguna modalidad
agropecuaria. Muy pocos tienen títulos universitarios.
Los
rindes promedio de miel para toda la provincia no superan los QUINCE KILOGRAMOS
(15 kg.). Considerando el total de las colmenas del apiario. La prestación de
servicios de polinización y la recolección de polen, constituyen una fuente
importante de los ingresos de las empresas más sólidas.
Se están
especializando varias empresas en la producción de abejas reinas y de núcleos
que tienen como clientes a apicultores de otras provincias.
Los
apicultores de avanzada, se encuentran trabajando junto a reparticiones
oficiales y privadas de la provincia, en la obtención de mieles certificadas
por origen geográfico y vegetal como consecuencia de las promisorias
perspectivas que tiene en el plano internacional.
3.4.
ASPECTOS CLIMATICOS, GEOGRAFICOS Y DE FLORA.
La
Provincia de MENDOZA presenta áreas de llanura en su sector este, y formaciones
precordilleranas y de alta montaña al oeste. La superficie cultivada es cercana
al CINCO POR CIENTO (5%) del total.
En la
zona de campo natural se destacan por su importancia apícola, especies de la
familia de las leguminosas como los Prosopis y Geofrea. Estas especies tienen
la particularidad de vegetar en grupos formando islotes por lo que la
importancia es doble ya que pueden obtenerse mieles monoflorales y/o
certificadas por origen geográfico.
En
sectores con freática alta y/o fluctuante predominan especies del género
Tessaria sp., Baccharis sp. y Tamarix sp., con las mismas particularidades
mencionadas para las formaciones arbustivas.
En el
área cultivada interesan los frutales como los almendros, ciruelos, manzanos y
perales. La superficie implantada con estos cultivos asciende a más de VEINTE
MIL HECTAREAS (20.000 has). Los cultivos anuales y de pradera son de continua
evolución, pero es de destacar el sostenido crecimiento que en los últimos años
ha tenido el cultivo de girasol para la obtención de semilla híbrida, la
alfalfa, el zapallo tipo coreanito, melones y el poroto tipo pallar. La
superficie cultivada con estas especies en 1994 y 1995 fue de CINCO MIL
HECTAREAS (5.000 has.).
El clima
es desértico con temperaturas máximas promedio de TREINTA Y NUEVE GRADOS
CENTIGRADOS (39°C) en verano y mínimas promedios de SIETE GRDOS CENTIGRADOS (7°C) en invierno, aunque en algunas zonas es común que se registren temperaturas inferiores a MENOS
DOCE GRADOS CENTIGRADOS (12°C) bajo cero. Las lluvias se producen
predominantemente en los meses de noviembre y diciembre con un promedio de
CIENTO OCHENTA MILIMETROS (180 mm.) anuales.
3.5.
ASPECTO SANITARIO DE LA APICULTURA EN LA REGION.
La Varroasis
es la enfermedad más difundida, siendo la causante de la mayor parte de las
pérdidas y debilitamiento de colmenas.
Antes de
la aparición de este ácaro, la mayor parte de las colonias de abejas melífera
de la provincia, habitaban colmenas rústicas o fijistas, este patógeno logró
disminuir sensiblemente este tipo de colonias improductivas.
En cuanto
al tratamiento de este flagelo, la Provincia de MENDOZA no escapa a lo que
ocurre en el resto del país y es la difusión de tratamientos con el uso de la
tablita y/o la utilización del fluvalinato aplicado en forma indebida.
La mala
praxis de la quimioterpia produce la contaminación de la miel, la cera, el
polen, los propóleos y la aparición de poblaciones de ácaros resistentes a esta
droga.
Las
empresas más sólidas y con mayor soporte técnico prefieren la aplicación de
tiras de liberación lenta con rotación de productos aplicando amitraz
gasificado.
La Loque
Europea es una enfermedad endémica en todo el país, suele aparecer asociada a
situaciones de “stress” de la colmena como períodos de sequía, traslados,
polinización de cultivos, épocas de rápido incremento poblacional, etc. Se
trata con antibióticos, que suelen aplicarse en forma masiva e indiscriminada,
produciendo efectos indeseables como la contaminación de miel y polen y la
aparición de enfermedades secundarias, por ejemplo cría yesificada.
Otro
problema sanitario lo constituye la existencia de focos de Cría Yesificada con
años de mayor y menor prevalencia, siendo los brotes más virulentos en núcleos
y colmenas débiles.
Se supone
que existen otras enfermedades como Acariosis y Nosemiasis que no han sido
confirmadas por análisis de laboratorio.
Aunque la
Loque Americana no ha sido detectada hasta el momento, su presencia en el país
ha generado gran preocupación entre los apicultores de la provincia ya que por
el intenso movimiento de colonias que se produce en el momento de la floración
de frutales es muy posible su aparición en poco tiempo si no se toman los
recaudos pertinentes con el consiguiente perjuicio económico que esto
acarrearía.
4.
OBJETIVO GENERAL.
4.1.
Mantener la provincia libre de Loque Americana.
4.2.
Mejorar las condiciones sanitarias de la producción apícola de la región,
elevando los niveles de calidad de los productos y subproductos apícolas,
garantizando la permanencia de los mismos en el mercado internacional y en el
interno.
5.
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
5.1.
Actualizar el registro de Productores apícolas de la región.
5.2.
Monitorear la provincia a los efectos de detectar la aparición de Loque
Americana.
5.3.
Implementar una barrera sanitaria provincial.
5.4. Establecer
la importancia relativa de otras enfermedades apícolas que afectan a la
producción en la zona.
—
Varroasis.
—
Nosemiasis.
— Loque
Europea.
— Cría
Yesificada.
5.5.
Integrar al productor apícola al Plan Sanitario, promoviendo un cambio de
actitud frente a las enfermedades de su apiario y contribuyendo a desarrollar
una conciencia sanitaria colectiva.
5.6.
Desarrollar tareas de extensión que permitan poner al alcance del productor,
las técnicas y normas de manejo y control sanitario de las enfermedades de las
abejas.
5.7.
Promover la participación activa de todos los actores sociales de la actividad
apícola, productores, técnicos extensionistas, investigadores, comunicadores,
docentes y comercializadores del sector privado y oficial.
5.8.
Implementación de cursos destinados a la capacitación y formación de personal
técnico especializado para la inspección sanitaria de colmenas.
5.9.
Desarrollar tareas que permitan la recaudación de fondos, destinados a la
implementación y mejor desarrollo del Plan.
6.
ESTRUCTURA.
COMISION
REGIONAL DE SANIDAD APICOLA.
El Plan
Regional de Sanidad Apícola será canalizado a través del Consejo Asesor Apícola
y de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA), conformando una
estructura participativa llamada Comisión Regional de Sanidad Apícola, en la
que estarán representados, el sector productor privado, que será coordinada por
la Dirección de Ganadería y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
La
Comisión estará constituida por productores representando a cada uno de los
departamentos que tengan actividad apícola. En esos departamento se formarán
Comisiones de Sanidad Apícola Departamental y de las mismas serán elegidos un
representante y un suplente para integrar la Comisión Regional de Sanidad
Apícola.
Funciones
de la Comisión Regional de Sanidad Apícola:
·
Coordinar, fiscalizar y evaluar la marcha de las diferentes etapas del plan,
redefinir los objetivos del mismo y participar en la elaboración de nuevas
propuestas.
·
Crear una Subcomisión Técnica que asesorará y evaluará los aspectos técnicos
del Plan.
·
Crear una Subcomisión de Extensión, Difusión y Capacitación, que tendrá como
funciones:
1.
Organizar conferencias, cursos y jornadas, para productores y técnicos
inspectores.
2. Buscar
a través de los medios de comunicación masiva locales, llegar al productor
apícola con las propuestas esenciales del Plan, cumpliendo así con tareas de
educación sanitaria, que además despierten el interés por la participación y el
esfuerzo mancomunado del sector.
•Crear
una Subcomisión de informática que centralice y procese la información
sanitaria, la redistribuya, y sea a la vez, la principal fuente de información
para la Subcomisión Técnica.
•Crear
una Subcomisión de Recursos destinada a la recaudación de fondos que permita
mejorar la capacidad operativa y disponer de la infraestructura necesaria para
la ejecución de las actividades del Plan.
•Crear
una Subcomisión de Barrera Sanitaria.
7.
ACTIVIDADES.
7.1.
Actualizar el Registro de Productores Apícolas de la Región: Esta actividad
estará a cargo de los Municipios que se encuentran bajo convenio con la
Dirección de Ganadería, las que centralizarán la información en archivos
codificados. Simultáneamente con el Registro, se efectuará una encuesta
sanitaria al productor, a través de la cual se recabarán los datos que
permitirán establecer un primer perfil de la situación sanitaria y las
condiciones de producción de la zona.
7.2.
Conjuntamente con el Registro mencionado en el punto 7.1, se entregará al
productor una Planilla de Inscripción al presente Plan, de acuerdo al modelo
que se adjunta en el Anexo II.
Dicha
solicitud de inscripción contendrá en forma expresa la voluntad del productor
de atenerse a las normas que establece el Plan. Una vez concluido el trámite de
inscripción, se entregará al apicultor un Certificado de inscripción al Plan.
7.3.
Creación de un equipo de inspectores dependiente de la Subcomisión Técnica, que
deberá estar constituido por profesionales, técnicos y peritos especializados
en la materia que serán autorizados y reconocidos por el Consejo Asesor Apícola
para la actividad de diagnóstico y asesoramiento a campo del apicultor y
control de las colmenas ingresadas a la provincia. A cada uno de dichos
inspectores se le asignará una zona dentro de la región, para la cual será el
responsable técnico de la misma. Se aprovecharán las delegaciones que posee la
Dirección de Ganadería de la Provincia de MENDOZA.
7.4.
Organizar el dictado de cursos de capacitación técnica, para el adiestramiento
de productores, técnico apícolas y laboratoristas, promoviendo la participación
de las Universidades, INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA),
Escuelas Técnicas u otras instituciones para esta actividad.
7.5.
Confeccionar un mapa sanitario de la región, por medio de un muestreo que
definirá la Subcomisión Técnica.
7.6. La
Comisión Técnica evaluará en base a CIENTO OCHO (108) resultados de los
protocolos de análisis expuestos en el punto 7.5. las acciones a seguir,
priorizando el control de Loque Americana frente a otras enfermedades.
Estas
acciones incluirán:
7.6.1.
Elaboración de un instructivo para el productor con las medidas terapéuticas de
control de enfermedades, de acuerdo a lo establecido en las normas técnicas del
Plan.
7.6.2.
Reunir a los productores en cuyos apiarios se haya detectado la presencia de
enfermedades a fin de esclarecer los conceptos técnicos y las normativas a
seguir.
7.6.3.
Establecer de común acuerdo con el productor, los plazos para la implementación
de las medidas terapéuticas establecidas en las normas técnicas.
7.7.
Fiscalizar el cumplimiento de las medidas de acción que surgen de la aplicación
del Plan, a través del seguimiento realizado en los colmenares por los
inspectores de zona.
7.8.
Evaluar de acuerdo a la información recabada a través de los laboratorios de
referencia, de los inspectores y de los mismos productores, el desarrollo y
evolución del Plan sacando conclusiones que permitan corregir y reprogramar las
actividades y/o las normas técnicas puestas en práctica.
7.9.
Certificar como libre de sintomatología clínica de Loque Americana en aquellos
colmenares que al haber sido inspeccionados por el personal técnico autorizado
por el Plan, no presentan síntomas de la enfermedad.
— Modelo
de Certificado de Inscripción.
— Modelo
de Planilla de Inscripción.
— Modelo
de Planilla de Encuesta.
ANEXO II
PLAN
SANITARIO APICOLA PROVINCIAL
ENCUESTA
PARA EL APICULTOR
1.-
Número de inscripción: …………………………………………………………
2.-
Número de colmenas: ……………………………………………………………
3.-
Ubicación de los colmenares: ……………………………………………………
4.- ¿Cuál
es el principal problema que enfrenta el productor?
—
Precios.
— Rindes.
—
Sanidad.
— Costos
fijos.
— Otros.
5.- ¿Qué
porcentaje de pérdidas de colmenas tuvo usted en la última temporada?
…………………………………………………………………………………………
6.- ¿Cuál
es el problema sanitario que considera más importante?
—
Varroasis.
— Loque
Europea.
— Loque
Americana.
— Cría
yesificada.
—
Nosemosis.
— Otros.
7.-
¿Realiza tratamientos contra alguna enfermedad?
Varroasis:
……………………………………..…………………
Loque
Europea: ………………………………….………………
Loque
Americana: ………………………………..………………
Cría
yesificada: ………………………………...…………………
Nosemosis:
………………………………………………………
Otros:
……………………………………………………………
8.- ¿Qué
tipo de producción realiza?
— Miel.
—
Polinización.
— Jalea.
—
Núcleos.
— Reinas.
— Polen.
— Otros.
9.- ¿Cuál
fue el promedio de su cosecha en los últimos años?
— 199 :
………………………………………………………………
— 199 :
………………………………………………………………
— 199 :
………………………………………………………………
10.-
¿Cuál perspectivas observa para el sector?
— Buena.
—
Regular.
— Mala.
11.-
Observaciones o comentarios que quiera realizar referente al Plan Sanitario
Regional.
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
ANEXO III
SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
PLAN
REGIONAL DE SANIDAD APICOLA
Planilla
de Inscripción de Productores Apícolas.
Lugar y
Fecha: ……………………………………………………………………
Nombre y
Apellido del Productor: …………………………………………………
Dirección
Postal: ………………………………………………………...…………
Localidad:
..……………………………………………………………...…………
Partido o
Departamento: ……………………………………………………………
Provincia:……………………………………………………………………………
Tel./Fax.:………………………………………………………………….…………
Nombre
del Establecimiento: ……………………………………………...…………
Número de
RENSPA: ………………………………………………………………
Número de
Registro de Marca: …………………………………………...…………
Número de
Colmenas: ………………………………………………………………
Galpones:……………………………………………………………………………
Ubicación/Otras
instalaciones: …………………………………………….…………
Otros
datos de interés: …………………………………………………….…………
Técnico a
cargo: ……………………………………………………………..………
Título:…………………………………………………………………………...……
Teléfono:…………………………………………………………………………..…
Dirección:
…………………………………………………………………………....
Manifiesto
mi voluntad de adscribirme a partir de la fecha al Plan Regional de Sanidad
Apícola.
Resolución
de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION Nº
…………………………………
……………………………………………
Firma
Apicultor Firma Responsable del Plan
…………………………………
……………………………………
Aclaración
Aclaración