Detalle de la norma IG-3-2006-DIPNPA
Instrucción General Nro. 3 Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Organismo Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Año 2006
Asunto Cancelación Manual de DJVE
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Dir/Gral
Inst.Gral. 3 03/05/2006 Fecha:  
 
Dependencia:  IG-3-2006-DIPNPA
Tema: Departamento de Programas y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera
Asunto: Cancelación Manual de DJVE
 

Visto el informe de seguimiento Nº 1 y el Cargo DGA 18/2005 de la Subdirección  General de Auditoria Interna, en lo referido a la observación Nº 3 y a los fines de regularizar la cancelación de las DJVE anteriores al 12/01/2006, cuando las destinaciones asociadas sean una EXRS (Régimen simplificado de Exportación), o ZFE4 (Egreso de Zona Franca de un Producto de Producción o Reparación en el Exterior), o aquellas Exportaciones a consumo oficializadas con anterioridad al 4/7/2002 comprendidas en el Aviso DGA (DE TEEX) Nº 33/2002, se instruye:

Se deberá  ingresar en la transacción “MCANDJVM3” (Cancelación Manual de DJVE Subregimenes no Centralizados) por Nº de DJVE, teniendo en cuenta que la fecha de oficialización de la DJVE deberá ser inferior a la puesta en calle de esta Instrucción, el SIM desplegará los datos que mas abajo se detallan.

Luego con la opción F2 5 (Exportaciones a Consumo) se desplegará una pantalla similar a la utilizada actualmente para cancelar DJVE, con la diferencia que el funcionario aduanero  deberá ingresar los siguientes datos:

  • Exportaciones por Régimen simplificado, egreso de zonas francas o EC cuyo ítem se encuentre comprendido en el Aviso DGA (DE TEEX) Nº 33/2002, en formato María o Sidin Dua.
  • Numero de Ítem a cancelar
 

El sistema desplegará:

 
  • Fecha de  oficialización de la destinación
  • Fecha de cumplido de la destinación
  • Cantidad de unidades embarcadas
  • Unidad de medida
  • Estado de la destinación ( Deberá ser Cancelada)
  • El SIM deberá desplegar el número de DJVE asociada a esa destinación, o al ítem que pertenece y las toneladas declaradas en la DJVE.
  • El SIM deberá controlar que el volumen cancelado no sea inferior al 90% ni superior al 105%.
  • Todos los controles estipulados en la Res. 1365 AFIP quedarán a cargo del funcionario interviniente.
  • Esta transacción guardará eventos de Auditoria.
 

Fdo: Carlos A. J. Rodríguez Jefe del Departamento de Programas y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera.