Resolución 231-2013
Se prorroga la habilitación de la
zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma Del Guazú S.A.,
ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del
kilómetro 178, en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en
jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, por el término de 30 días corridos,
a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución 121/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
Buenos Aires, 7 de Junio de 2013.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12492‑252‑2007/155 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la
firma DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 30‑70832657‑3) solicita una prórroga de la
habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 121/2013 (SDG OAI) para
realizar operaciones aduaneras en el muelle correspondiente al puerto particular
de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la
altura del Kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa
Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12492‑252‑2007 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0100283/2006.
Que han tomado la intervención que
les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y
Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto,
resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente
concedida, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días
corridos a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 121/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1º de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma
DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 30‑70832657‑3), ubicado sobre la margen
izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO
(178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en
jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, por el término de TREINTA (30) días
corridos, a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº 121/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector
General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.