Resolución 468-2013
Bs. As., 4/6/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0320307/2012 del Registro del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 392 de
fecha 19 de mayo de 2005 y 901 de fecha 19 de diciembre de 2006, ambas de la ex
- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de
2005 y 901 de fecha 19 de diciembre de 2006, ambas de la ex - SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, se crea el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL”, y su
versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, y se delega la
facultad de realizar las gestiones necesarias para la administración y el
registro de los productos cesionarios del referido Sello en la ex- Dirección
Nacional de Alimentos de la entonces SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y
ALIMENTOS de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que mediante la Resolución Nº 1.091 de fecha 26 de
octubre de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se aprueban
las segundas aperturas de la estructura organizativa, creando la Dirección de
Agroalimentos dependiente de la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías
dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del citado Ministerio.
Que actualmente, es la aludida Dirección de Agroalimentos
quien tiene entre sus principales acciones: Administrar el Sello de Calidad
“ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y sus versiones en otros idiomas;
promover la adopción de procesos que aseguren la calidad, especialmente aquellos
relacionados con las buenas prácticas y mecanismos de certificación voluntaria;
asistir en la coordinación y ejecución del PROGRAMA DE CALIDAD DE ALIMENTOS y,
coordinar las actividades vinculadas con el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE
VALOR (VALORAR), aprobado por la Resolución Nº 132 de fecha 19 de febrero de
2009 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCION.
Que en el mundo globalizado de nuestros días, se advierte
que tanto clientes como consumidores, han elevado y diversificado el grado de
exigencia respecto a la calidad de los alimentos y bebidas, en virtud del
aumento de la información disponible y la enorme oferta y variedad de
productos, convirtiendo a la imagen de un país y de sus productos en uno de sus
principales activos, motivo por el cual se intenta crear una percepción que
asocie: PRODUCTO - PAIS DE ORIGEN - CALIDAD DIFERENCIADA. En igual sentido, se
observa que los consumidores son selectivos y tienden a privilegiar la adquisición
de productos al momento de elegir, cuando se les ofrecen garantías para los
alimentos que cumplen con características y exigencias de Calidad Diferenciada.
Que se debe ponderar la amplia variedad agroalimentaria
que produce la REPUBLICA ARGENTINA, con atributos, características y
autenticidad vinculados al origen de las materias primas, las prácticas de
elaboración, los sistemas que aseguran su naturalidad y altos estándares de
calidad, que pueden beneficiarse del citado Sello como herramienta de agregado
de valor respaldada por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de este
Ministerio y, creada para procurar el reconocimiento de nuestra industria
alimentaria y, posicionar a los Alimentos Argentinos acentuando la
identificación de nuestro país como un proveedor de los mismos.
Que existe una creciente experiencia nacional e
internacional en materia de identificación de productos mediante sellos,
símbolos o logotipos que avalan la calidad de los mismos en forma
inmediatamente visible, permitiendo al consumidor disminuir los costos de la
transacción, y por ende, una elección simple y rápida dentro del conjunto
ofertado, y en respeto a las reglas de la sana competencia.
Que en función de lo expuesto y dado que a la fecha, ya
existen SETENTA Y NUEVE (79), productos distinguidos con el citado Sello de
Calidad y, numerosas empresas o productores tienen iniciadas las tramitaciones
para obtener el derecho de uso del aludido Sello, siendo preciso formalizar la
creación del equipo de trabajo de dicho Sello, para una mejor gestión y
administración de esta herramienta de calidad.
Que el Artículo 1º, inciso b), de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549 prevé que los trámites administrativos
deben efectuarse con celeridad, economía, sencillez y eficacia.
Que el Artículo 2º del Reglamento de Procedimientos
Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991, establece que “...Los
ministros, secretarios de PRESIDENCIA DE LA NACION y órganos directivos de
entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores
jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos,
a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites,
delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de
un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al
inferior...”.
Que a fin de permitir a los funcionarios jerárquicos
concentrar su atención en las cuestiones fundamentales que hacen a la política
de Gobierno, es imprescindible establecer mecanismos de delegación de
funciones, de acuerdo a lo previsto por la legislación vigente. Resultando
necesario, que a efectos del adecuado cumplimiento de las funciones impuestas
por las resoluciones precitadas, con racionalidad y agilidad de gestión, se
asignen las funciones de Coordinador del citado Sello de diferenciación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las
facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Créase un equipo de trabajo en el ámbito de
la Dirección de Agroalimentos dependiente de la Dirección Nacional de Procesos
y Tecnologías de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, con la responsabilidad de asistir a dichas unidades en el
cumplimiento de las acciones asignadas por la Resolución Nº 1.091 de fecha 26
de octubre de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como
asimismo, velar y hacer cumplir lo establecido por las Resoluciones Nros. 392 y
901, de fecha 19 de mayo de 2005 y de fecha 19 de diciembre de 2006,
respectivamente, ambas de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. Dicho equipo de
trabajo estará integrado por agentes de la Dirección de Agroalimentos.
ARTICULO 2º — Determínase que el equipo de trabajo creado
por el artículo precedente, será coordinado por el agente D. Cristian Ezequiel
TORRANDELL (M.I. Nº 22.077.078), el cual se desempeña a cargo de dicha área
responsable de la administración del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION
NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”,
desde el 3 de abril de 2012.
ARTICULO 3º — La medida dispuesta por la presente
resolución no implicará costo fiscal alguno, ni la creación de nuevas
estructuras.
ARTICULO 4º — Determínase que para el desarrollo de las
funciones, se contará con la asistencia de agentes vinculados al MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a través de las normas vigentes que regulan el
Empleo Público.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese y dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR,
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.