Atento lo dispuesto por
la Resolución 53/02 (BO 12-04-02),
respecto a la reapertura del registro de declaraciones juradas de ventas al exterior para mercaderías incluidas en
la Ley 21453, se instruye que a
partir del 15/04/02 las aduanas deberán recepcionar las aludidas
declaraciones, de acuerdo a la normativa vigente |