Disp. ANMAT 3623-1997
Especialidades Medicinales
(Importación - Exportación). Establécense las Normas que deberán cumplir las
empresas elaboradoras, importadoras, exportadoras
Buenos Aires, 28 de julio de 1997
VISTO la Ley 16.463 , el Decreto 341/92, la Resolución Ministerial 279/94 y el Expediente Nº
1-47-1110-430-96-7 del Registro de esta Administración Nacional; y
CONSIDERANDO: Que el control de los establecimientos elaboradores,
fraccionadores, importadores y exportadores de Productos para Diagnóstico uso
"in vitro" mediante la ejecución de inspecciones técnicas, constituye
un mecanismo idóneo que contribuye a garantizar la calidad y eficacia de los
referidos productos.
Que dicha fiscalización debe
cubrir aspectos relativos a las condiciones de funcionamiento de tales
establecimientos y a los sistemas de control empleados.
Que a esos efectos se hace
necesario contar con un sistema que garantice el control de las industrias con
uniformidad de criterios y la neutralidad, simetría y reciprocidad en la
aplicación de la normativa correspondiente.
Que las recomendaciones sobre
Buenas Prácticas de Fabricación y Control y la Guía de Inspecciones de establecimientos elaboradores, fraccionadores, importadores y exportadores de Productos
para Diagnóstico de uso "in vitro" armonizadas en el ámbito del
MERCOSUR constituyen un modelo adecuado al respecto.
Que el Instituto Nacional de
Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de
su competencia.
Que se actúa en virtud de las
facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92.
Por ello;
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º - La presente norma
será de aplicación en todas las inspecciones que realice el Instituto Nacional
de Medicamentos dependiente de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, sin perjuicio del
cumplimiento de las normas legales vigentes.
CAPITULO 1. – DE LA INSPECCION
ART. 2º - Las empresas
elaboradoras, importadoras, exportadoras y fraccionadoras de Productos para
Diagnóstico de uso "in vitro" deberán cumplir con las Buenas
Prácticas de Fabricación y Control incluidas en el ANEXO I de la presente
Disposición y que forma parte integrante de la misma. A los fines de la Inspección de las referidas empresas, el inspector deberá verificar el cumplimiento de los
puntos de la Guía de Inspecciones que figura como ANEXO II de la presente
Disposición y que forma parte integrante de la misma.
ART. 3º - El Acta de Inspección se
confeccionará de acuerdo a los modelos que figuran como Anexo III de la
presente Disposición, debiendo describir en forma objetiva las infracciones que
se constaten y/o los hechos y circuns-tancias comprobadas. La misma deberá ser
suscripta por los inspectores actuantes, el Director Técnico del
establecimiento y/o el Representante Legal o apoderado o en su caso el
encargado acreditando el carácter que invoca.
Los representantes de la empresa
podrán suscribir el Acta en Disconformidad.
ART. 4º - En caso de constarse
infracciones a las normas legales vigentes, relacionadas con determinada
partida de producto, la misma será intervenida y se realizará un control
analítico de otra partida del mismo producto. De reiterarse la situación se
intervendrán todas las partidas del producto inhabilitándose preventivamente la
producción. En caso de infracción que involucre a todo el proceso de una o más
líneas de productos se inhabilitará preventivamente la producción.
ART. 5º - En casos graves y de
emergencia el inspector podrá tomar por sí mismo las siguientes medidas:
inhibir la producción, intervenir partidas, intervenir la producción y el
producto existente en el establecimiento inspeccionado, decomisar, clausurar
preventivamente. La graduación de estas medidas precautorias dependerá de las
características del producto y el riesgo sanitario constatado, siempre y cuando
sea la única forma de prevenir un daño mayor a la salud o evitar la pérdida de
las pruebas de información. Se utilizará una faja amarilla para inhibir sector
y roja en casos de clausura preventiva parcial o total del establecimiento
conforme al modelo que figuran como anexo IV de la presente Disposición.
ART. 6º - En el caso de tomarse
alguna de las medidas precautorias indicadas en el artículo precedente deberá
comunicarse la misma en forma inmediata al Departamento de Registro de la ANMAT.
ART. 7º - Cuando se juzgue
necesario, se procederá a la extracción de muestras de materia prima, de
productos en fase de elaboración o terminados, en número de tres,
representativas del Lote. Las muestras serán precintadas por medio de sellos o
lacres que eviten cambios o substituciones.
De estas tres muestras, una,
considerada original, se empleará para el análisis en primera instancia, la
segunda, considerada duplicada, se reservará por la autoridad sanitaria
nacional para su eventual pericia de control, y la tercera, triplicado, quedará
en poder del interesado para que se analice conjuntamente con el duplicado en
la pericia de control o para contraverificación.
En el Acta se individualizará el o
los productos muestrados, con detalles de su rotulación, etiquetas y
atestaciones adheridas al envase; contenido de la unidad; partida y serie de
fabricación y fecha de envasamiento y/o vencimiento en su caso, condiciones en
que estaba conservado, naturaleza de la mercadería y denominación exacta del
material en cuestión, para establecer la autenticidad de las muestras. Dentro
de los 3 días de realizado el análisis el Instituto Nacional de Medicamentos,
por carta certificada con aviso de retorno, notificará su resultado a la firma
propietaria del o de los productos, con remisión de copia del o de los
pertinentes protocolos. El interesado, dentro del plazo de 3 días de notificado
podrá solicitar, en caso que corresponda, pericia de control, la que se llevará
a cabo dentro de los 10 días con la presencia del o de los técnicos que
designe, quienes suscribirán el protocolo con el funcionario técnico oficial a
cargo de la pericia.
El resultado de la pericia de
control, será elevado dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas, para la
iniciación del sumario de práctica si correspondiere.
El resultado del análisis se
tendrá por válido y se considerará plena prueba de la responsabilidad del
imputado, en el término establecido, no se solicitara pericia de control o
habiéndola solicitado no compareciera a ésta.
ART. 8º - Los funcionarios que
durante la inspección comprueben la existencia de productos sin autorización y
venta o presuntivamente falsificados, adulterados o alterados, procederán
directamente a su intervención como medida precautoria para suspender su
circulación y extraerán muestras de los productos intervenidos conforme a lo
dispuesto en el artículo anterior.
CAPITULO 2. – ACTUACION POSTERIOR
A LA INSPECCION
ART. 9º - De no comprobarse
infracciones, el inspector actuante deberá elevar a su superior inmediatamente
las actuaciones, quien determinara el curso de las mismas.
ART. 10 – De comprobarse presuntas
infracciones, la Dirección deberá recibir en el término de 24 horas de
realizada la inspección, la copia del Acta, acompañada de un resumen de lo
actuado conjuntamente con el informe del superior inmediato.
ART. 11 – El Director del
Instituto Nacional de Medicamentos, iniciará el expediente en un plazo no mayor
de 24 horas para FALTAS MUY GRAVES (carátula roja), en un plazo de 48 hs. para
FALTAS GRAVES (carátula amarilla) y 72 hs. para FALTAS LEVES (carátula verde).
ART. 12 – En el caso que la
infracción constatada implique riesgo para la salud humana o que se hallan
tomado las medidas preventivas mencionadas en el Artículo 4º, con excepción de
la intervención de partidas, se deberá remitir por fax o en forma personal el
Acta de inspección a la Dirección Nacional y a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ANMAT en el término máximo de 12 horas.
ART. 13 – A los efectos de la
presente Disposición, debe entenderse por FALTAS MUY GRAVES, aquellas que
pongan en riesgo la salud de la población; "FALTAS GRAVES" aquellas,
que sin poner en forma inminente en riesgo la salud de la población, pueden en
un futuro producir dichos efectos o deteriorar la calidad de los productos en
forma significativa, o en el caso de que se comprueben infracciones múltiples,
por "FALTAS LEVES", debe entenderse aquellas que no producen los
efectos antedichos.
ART. 14 – De forma.
N.R.: La Disposición Nº 3623/97 ANMAT que antecede fue publicada en el Boletín Oficial del 25/10/99.
Esta Norma modifica y/o
complementa a la Resolución Nº 279/94. MSAS.
ANEXO I
GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE
FABRICACION Y CONTROL PARA PRODUCTOS DE
DIAGNOSTICO DE USO "IN
VITRO"
Sumario
Introducción.
Definiciones.
Capítulo 1 – Consideraciones
generales
Capítulo 2 – Personal
Capítulo 3 – Plantas y edificios
Capítulo 4 – Equipos
Capítulo 5 – Higiene
Capítulo 6 – Documentación
Capítulo 6 A – Manual de producción
Capítulo 6 B – Documentación de
lotes
Capítulo 7 – Archivo de registros
y muestras
Capítulo 8 – Producción
Capítulo 8A – Procedimientos de
proceso
Capítulo 8B – Materias primas
Capítulo 8C – Productos intermedios y productos a granel
Capítulo 8D – Productos terminados
Capítulo 8E – Embalaje y
rotulación
Capítulo 9 – Control y/o Garantía
de Calidad
Capítulo 10 – Estudios de
estabilidad
Capítulo 11 – Autoinspección y
auditoría de calidad
Capítulo 12 – Almacenamiento y
distribución
Capítulo 13 – Reclamos y desvíos
de calidad
Capítulo 14 – Retiros del mercado
Capítulo 15 – Materiales
rechazados
Capítulo 16 – Devoluciones
"VERIFICACION DEL
CUMPLIMIENTO DE LAS BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION Y CONTROL EN
ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO USO "IN VITRO"
En el caso de aquellas empresas
que elaboren, exporten, importen, fraccionen y/o comercialicen productos
conteniendo materiales radioactivos, deberán cumplimentar, además de los
requisitos expuestos en este documento, aquellos exigidos por el Organismo Fiscalizador
de Radioisotopos, en lo que hace al licenciamiento de instalaciones y
habilitación de profesionales.
DEFINICIONES
Las definiciones siguientes se
aplican a los términos utilizados en esta Guía. Pueden tener significados
diferentes en otros contextos.
CALIBRACION: Conjunto de
operaciones que establece, con la mayor exactitud posible, y bajo condiciones
debidamente especificadas, la correspondencia entre los valores indicados por
un instrumento de medida y los correspondientes a un material de referencia.
CALIDAD: Que tiene la efectividad
y estabilidad adecuadas para el uso al que está destinado, de acuerdo con los
parámetros establecidos.
CONTAMINACION CRUZADA:
Contaminación de una materia prima o de un producto, con otro material o
producto.
CONTROL Y/O GARANTIA DE CALIDAD:
Conjunto de medidas diseñado para asegurar y verificar, en todo momento, que
los lotes de productos cumplen la calidad preestablecida.
CONTROL DURANTE EL PROCESO:
Controles realizados durante la producción con el objeto de monitorear y, si
fuese necesario, ajustar el proceso con el objeto de asegurar que el producto
cumpla con sus especificaciones. El control ambiental o del equipo puede ser
considerado también como parte de un control de proceso.
CUARENTENA: Mantenimiento del
producto (materia prima, intermedio, producto terminado, material de empaque,
etc.) en aislamiento, a la espera de una decisión acerca de su uso o rechazo.
DEVOLUCIONES: Devolución al
fabricante o distribuidor de un producto, por estar en desacuerdo con las
especificaciones, condiciones comerciales u otros motivos.
ESPECIFICACIONES: Descripción de
requisitos que deben cumplir los productos y materiales empleados, y/u
obtenidos durante la fabricación.
ESTERIL: Ausencia de organismos
vivos.
ETAPAS FINALES: Pasos que
completan la fabricación, tales como purificación (si corresponde), filtración,
secado, molienda, tamizado, mezclado, envasado y etiquetado.
FABRICACION: Proceso que involucra
transformación tecnológica de materias primas (insumos) para dar un producto
terminado de características propias y diferentes.
FECHA DE REANALISIS: Fecha más
allá de la cual, un lote de un producto, intermedio o materia prima, no puede
ser usado sin un adecuado reanálisis previo.
FRACCIONAMIENTO: Todas las
operaciones que implican transformar un producto a granel en producto
terminado, incluyendo el envasado y rotulado.
LOTE O PARTIDA: Cantidad de
producto producido en un ciclo de fabricación, cuya característica esencial es
la homogeneidad.
MANUAL DE PRODUCCION: Un documento
o conjunto de documentos que especifican las materias primas a emplear, con sus
respectivas cantidades que incluye una descripción de los equipos,
procedimientos y precauciones requeridas para producir y envasar una cantidad
determinada de un producto y las instrucciones y controles que deberán
cumplirse durante el proceso.
MATERIA PRIMA: Sustancia activa o
no, empleada en la fabricación de productos; puede formar parte (inalterada o
modificada) del producto final o desaparecer durante el proceso.
MATERIAL DE EMBALAJE: Cualquier
material empleado para el fraccionamiento y empaque de productos diagnósticos
"in vitro". Los materiales de embalaje pueden ser primarios o
secundarios según tengan o no contacto directo con el producto.
NUMERO DE LOTE: Cualquier
combinación de números y/o letras a través de la cual se puede rastrear la
historia completa de la fabricación de ese lote de producto.
PERIODO DE VALIDEZ: Período
después del cual un lote de producto no puede ser utilizado como tal.
PERSONA AUTORIZADA: Es toda
persona calificada con responsabilidad asignada fehacientemente para llevar a
cabo una o más funciones.
PROCEDIMIENTO: Conjunto de
operaciones que deben ser realizadas, precauciones que deben ser adoptadas o
medidas que deben ser aplicadas directa o indirectamente, en relación con la
fabricación de un producto.
PRODUCTO A GRANEL: Todo producto
terminado antes de su fraccionamiento y embalaje definitivo.
PRODUCTO APROBADO: Producto que
cumple con todos los requisitos de las especificaciones.
PRODUCTO PARA DIAGNOSTICO DE USO
"IN VITRO": Son aquellos reactivos, instrumentos, y sistemas, junto
con las instrucciones para su uso que contribuyan a efectuar una determinación,
cuali, cuanti, o semicuantitativa en una muestra biológica y que no sean
ingeridos, inyectados o inoculados a seres humanos y que son utilizados
únicamente para proveer información sobre especímenes extraídos del organismo
humano.
PRODUCTO INTERMEDIO O
SEMIELABORADO: Todo material parcialmente procesado que debe ser sometido a
pasos posteriores de manufactura antes de convertirse en un producto.
PRODUCTO RECHAZADO: Producto que
no cumple con uno o más requisitos de las especificaciones.
PRODUCTO TERMINADO: Producto que
ha cumplido con todas las etapas de fabricación incluyendo su embalaje final.
RECUPERACION: Adición del total o
parte de lotes anteriores de calidad comprobada a otro lote, en una etapa
definida de fabricación.
REGISTROS: Documentos escritos que
proveen la historia de cada lote de producto y que acrediten la ejecución de
procedimientos o acciones relacionados con su fabricación y destino.
REPROCESAMIENTO: Reproceso de un
producto de calidad inaceptable, a partir de una etapa definida de producción,
de forma que su calidad se torne aceptable como consecuencia de una o más
operaciones adicionales.
ROTULO: Identificación impresa,
litografiada, pintada, grabada a fuego, a presión o calcada, aplicada
directamente sobre recipientes, contenedores, envoltorios o cualquier otro
protector del envase primario y del embalaje secundario si lo hubiere. Los
rótulos deben tener dimensiones adecuadas, deben ser de fácil lectura y
comprensión por el usuario y deben estar colocados tanto en el embalaje
primario como en el embalaje secundario, si lo hubiere.
VALIDACION: Acción documentada de
probar que un procedimiento, proceso, equipo, material, actividad o sistema,
conduce realmente a los resultados esperados.
CAPITULO 1
Consideraciones generales
1.1. El fabricante debe elaborar
los productos de forma tal que pueda asegurarse que los mismos son adecuados
para la finalidad pretendida y pueda garantizar, en base a políticas
preestablecidas, que están de acuerdo con los requisitos de calidad, identidad,
seguridad y pureza que se derivan de políticas específicas de calidad.
La política de control y garantía
de calidad, y los conceptos de "Buenas Prácticas de Fabricación",
están interrelacionados. Estos conceptos han sido descriptos para enfatizar sus
relaciones y su importancia fundamental para la producción y control de los
productos.
1.2. El fabricante debe asumir la
responsabilidad por la calidad del producto que produce. Solo él puede evitar
errores y prevenir desvíos ejerciendo un cuidado adecuado, tanto en sus
procedimientos de fabricación como en los de control.
Debe presentarse una evidencia
completa del cumplimiento de las "Buenas Prácticas de Fabricación" a
partir de la etapa en la cual el proceso, la materia prima o el intermedio utilizado,
tienen una influencia crítica en la calidad del producto final. Esta etapa debe
ser determinada en cada caso de común acuerdo entre la autoridad competente y
el fabricante.
1.3. Las "Buenas Prácticas de
Fabricación" delineadas y a seguir, están destinadas a ser aplicadas en
los procesos de fabricación (incluidos embalaje y rotulado) utilizados para la
obtención de los productos, de manera tal de mantener los estandares de calidad
establecidos para los mismos.
1.4. A veces ocurre que varias
firmas se complementan en la producción (incluyendo embalado y rotulado) de un
producto. Puede ocurrir también que un producto terminado, embalado y rotulado
sea reembalado y/o re-rotulado dándole un nombre diferente. Dado que estos
procedimientos forman parte de una operación de fabricación, deben estar
sujetos a los requerimientos relevantes que se proponen más adelante.
1.5. Las prácticas aquí expuestas
están dirigidas a su aplicación en productos, diagnósticos "in vitro"
para uso humano.
CAPITULO 2
PERSONAL
2.1. El fabricante debe emplear
personal con la calificación y competencia necesarias para la producción y el
control y/o garantía de calidad de los productos que elabora. Debe contar con
la cantidad adecuada de personal, con una formación profesional, conocimientos
técnicos y experiencia práctica apropiados para los trabajos que lleva a cabo.
2.2. El fabricante debe tener una
organización definida, representada en un organigrama. Las responsabilidades
individuales deben estar claramente definidas, registradas y difundidas, con
una adecuada descripción de cargos, de manera de asegurarse que no haya brechas
o superposiciones. Las responsabilidades de cada persona no deben ser tan
extensas como para que exista algún riesgo de afectar la calidad.
2.3. Los funcionarios de todos los
niveles jerárquicos, deben estar entrenados adecuadamente para las tareas y
responsabilidades que les han asignado.
2.4. Deben tomarse medidas para
asegurarse que ninguna persona afectada por una enfermedad contagiosa o con
lesiones expuestas en la superficie corporal, participe en alguna etapa de
producción que involucre contacto directo con el producto.
CAPITULO 3
PLANTAS Y EDIFICIOS
3.1. Las plantas y edificios,
incluida el área de equipos, deben ser de construcción apropiada. Los mismos
deben proporcionar un entorno apropiado para las operaciones de fabricación y
ser del tamaño adecuado para el uso al que están destinados. Los locales no
deben contribuir a la confusión, ni a la contaminación cruzada, real o
potencial, de los productos. Su distribución debe proporcionar una secuencia
lógica de trabajo.
3.2. Para algunas finalidades
especiales, tales como la producción de productos estériles, debe contarse con
áreas aisladas y separadas entre sí con sistemas de flujos de aire
completamente independientes, diseñados específicamente para estos fines.
3.3. Para mantener condiciones
higiénicas de trabajo, los edificios deberán incluir las facilidades adecuadas
para el cambio de ropa, lavado y toilette, así como para comer, beber y fumar.
3.4. La iluminación, temperatura,
humedad, ventilación y extracción, deben ser adecuadas a fin de no afectar
directa o indirectamente, tanto a los productos durante su fabricación y
almacenamiento, como al funcionamiento correcto de los equipos.
3.5. Todas las instalaciones deben
ser proyectadas de modo de evitar lugares de difícil limpieza.
3.6. Siempre que fuera posible el
mantenimiento de las instalaciones debe hacerse fuera del área de fabricación.
CAPITULO 4
EQUIPOS
4.1. Los equipos de fabricación
y/o fraccionamiento deben estar diseñados, construidos, ubicados y mantenidos
de manera que:
a) sean apropiados para el uso al
que están destinados;
b) faciliten su limpieza
cuidadosa;
c) minimicen el riesgo de
contaminación de productos y recipientes durante la producción; y
d) posibiliten una operación
eficiente y, de ser aplicable, confiable y validada.
4.2. Los equipos de producción y/o
fraccionamiento y los de control deben ser limpiados, esterilizados si fuera
necesario, usados y mantenidos según instrucciones escritas específicas. Antes
de comenzar la producción y/o fraccionamiento de otro producto, los equipos
multipropósito deberán ser limpiados cuidadosamente y controlado su estado de
limpieza, deben guardarse registros apropiados de tales procedimientos.
4.3. De ser necesario, deberá
demostrarse que los equipos utilizados para la producción y control, son aptos
para llevar a cabo los procesos para los cuales fueron asignados.
4.4. Donde y cuando fuera
necesario, debe haber sistemas para medir las variables durante el proceso. Los
equipos de medición, registro y control, deberán ser calibrados y controlados a
intervalos definidos por métodos apropiados. Deberán guardarse registros de
estos controles.
4.5. Los equipos defectuosos deben
rotularse inmediatamente como tales y ser reparados o eliminados lo antes
posible. El mantenimiento y las reparaciones deberán documentarse.
CAPITULO 5
HIGIENE
5.1. Deben estar disponibles
programas escritos de higienización. Los mismos deben incluir procedimientos
escritos y validados para limpieza de los locales y equipos, un estándar de
calidad para el agua, instrucciones de higiene para la fabricación y el manejo
de bienes e instrucciones relativas a la salud, prácticas higiénicas y
vestimentas del personal, así como procedimientos para deshacerse de materiales
usados y residuos irrecuperables.
5.2. Estos programas deben
implementarse, insistiendo sobre ellos regularmente ante el personal
involucrado y enfatizarse especialmente durante el adiestramiento continuo del
mismo.
5.3. Deben utilizarse vestimentas
y otros elementos protectores acordes con los procesos que se llevan a cabo.
5.4. En las áreas de fabricación,
no se debe permitir comer, fumar ni realizar prácticas reñidas con la higiene.
CAPITULO 6
DOCUMENTACION
Una buena documentación constituye
parte esencial de un sistema de garantía de calidad y, claramente escrita,
evita errores de comunicación verbal y permite rastrear la historia del lote.
Las especificaciones, fórmulas de
fabricación, instrucciones, procedimientos y registros no deben tener errores
ni enmiendas no testadas y deben estar disponibles por escrito y firmadas por
los responsables que corresponda.
6.4. Manual de Producción
6.A.1. Deben estar disponibles
instrucciones escritas que cubran cada etapa de producción y/o fraccionamiento,
almacenamiento y control de calidad, y ser actualizadas cuando sea necesario.
6.A.2. Debe haber un Manual de
producción donde estén asentados por escrito las fórmulas patrones, materias
primas y los materiales de embalaje (calidad y cantidad), así como los
procedimientos detallados de producción y control y/o garantía de calidad para
cada producto. En lo posible, dicho manual deberá prepararse para un tamaño
estándar de lote.
6.A.3. Personal idóneo y
calificado en producción y control y/o garantía de calidad, debe ser el
responsable del contenido y distribución dentro de la empresa, del Manual de
Producción, de las instrucciones y fórmulas patrón. Estas fórmulas deben estar
debidamente fechadas y firmadas.
6.A.4. Los Manuales de Producción
obsoletos deben eliminarse como documento vigente, pero archivarse como
referencia. Las copias de estos manuales deben prepararse de forma tal que se
evite cualquier posibilidad de error de transcripción.
6.A.5. Bajo ciertas
circunstancias, por ejemplo en los primeros lotes de producción posteriores al
desarrollo piloto, el Manual de Producción podría necesitar correcciones. Cualquier
corrección debe estar formalmente autorizada y firmada por personal competente.
El documento corregido debe ser reemplazado lo antes posible por uno nuevo.
6.B. Documentación de lotes
6.B.1. Para cada lote de producto
intermedio o final, debe preparase un registro de fabricación. El mismo debe
contener las partes relevantes de la fórmula patrón y, luego de complementarse
durante la producción, los siguientes datos:
a) nombre del producto o etapa de
la fabricación, tamaño y número de lote;
b) fechas de las diferentes etapas
de la producción;
c) detalles de la producción,
incluyendo referencias a los principales equipos utilizados y rendimientos;
d) el número de lote o número de
referencia (o el número del control analítico) de las materias primas y productos
intermedios utilizados en la producción;
e) un registro de los controles de
proceso efectuados y de los resultados obtenidos;
f) detalles de cualquier desvío de
la fórmula patrón con su autorización firmada. Cualquier desvío fortuito deberá
ser investigado y considerado en relación con la calidad del producto.
g) Cualquier material recuperado y
los procedimientos aplicados;
h) inicialización por los
operarios y firma de la persona responsable de las operaciones de producción,
consignando la fecha;
i) todos los registros analíticos
relativos al lote o una referencia para acceder a los mismos;
j) la decisión para la aprobación
o rechazo del lote, con la fecha y firma de la persona responsable de dicha
decisión; y
k) los registros de fabricación y
control deben ser revisados y cualquier divergencia o falla debe ser
cuidadosamente investigada. La investigación, de ser necesaria, debe ser
extendida a otros lotes del mismo producto o productos que pueden estar
asociados a la falla o discrepancia.
Debe realizarse un informe escrito
sobre el resultado de la investigación y deben incluirse en el mismo, las
conclusiones y previsiones tomadas.
6.B.2. Cuando las circunstancias
requieren un convenio con terceros para el empleo de elementos de producción
y/o de control, este hecho debe asentarse en el registro de lote.
6.B.3. La información puede ser
registrada mediante sistemas de procesamiento electrónicos, fotográficos u
otros medios confiables, pero las fórmulas patrón y los procedimientos
detallados de operación rutinaria relativos al sistema en uso, deben estar
disponibles y la exactitud de los registros debe ser controlada. Si la
documentación se maneja por métodos electrónicos de procesamiento, sólo el
personal autorizado podrá modificar la información ingresada en el sistema,
debiendo haber un registro de los cambios introducidos. El acceso debe estar
restringuido por claves de acceso u otros medios y el resultado de la entrada
de información crítica debe ser controlado en forma independiente.
Los registros de lotes almacenados
electrónicamente deben estar protegidos mediante copias de seguridad en cinta
magnética, microfilm, impresión sobre papel u otros medios. Es particularmente
importante que, durante su período de conservación, sea fácil el acceso a la información.
CAPITULO 7
ARCHIVO DE REGISTROS Y MUESTRAS
7.1. Los registros deben llevarse
de manera tal que permitan rastrear las actividades concernientes a la
producción y/o al control y/o garantía de calidad de los productos.
7.2. Los registros y las muestras
de referencia de los productos, y donde sea necesario de los productos
intermedios, deben conservarse hasta por lo menos un año después del período de
validez.
CAPITULO 8
PRODUCCION
Las operaciones de producción
deben seguir procesos claramente definidos y deben estar de acuerdo con las
"Buenas Prácticas de Fabricación", con el objeto de obtener productos
dentro de la calidad especificada.
8.A. Procedimientos de proceso.
8.A.1. El proceso debe ser llevado
a cabo en concordancia con el Manual de Producción.
8.A.2. Deben definirse las etapas
críticas para asegurar la calidad del producto y los procedimientos aplicados
deben ser validados.
8.A.3. El proceso debe ser
supervisado y ejecutado por personas competentes.
8.A.4. Durante el proceso, los
recipientes y equipos importantes deben ser rotulados o identificado en forma
inequívoca con el nombre del producto y el número de lote.
8.A.5. Además de la documentación
sobre el lote, debe estar disponible la información sobre las actividades
diarias en cada departamento involucrado en el proceso.
8.A.6. Toda manipulación de
materiales y productos tales como recepción, cuarentena, muestreo,
almacenamiento, identificación, movimiento, fabricación, fraccionamiento,
embalaje y distribución, deben ser ejecutados de acuerdo a procedimientos o
instrucciones escritas, y, cuando sea necesario, registradas.
8.A.7. Los deterioros en los
recipientes o cualquier otro problema que pueda afectar la calidad de los
materiales, deben ser evaluados, registrados e informados a "Control y/o
Garantía de Calidad".
8.A.8. Deben efectuarse los
balances de los materiales y verificarse los rendimientos obtenidos. Cualquier
discrepancia con los límites preestablecidos debe informarse, investigarse y
registrarse.
8.A.9. Durante toda la
fabricación, todos los materiales, productos a granel y equipos principales
deben estar etiquetados e identificados en cuanto al producto, el material en
proceso, el título cuando corresponda y el número de lote. Cuando corresponda
esta indicación, debe mencionarse la etapa de la fabricación.
8.A.10. El acceso a las áreas de
fabricación debe restringirse a las personas con permiso específico.
8.A.11. Las instalaciones y/o
equipos destinados a la fabricación de productos para diagnóstico "in
vitro" no podrán ser usados en la fabricación de otros productos que
puedan poner en riesgo la calidad, estabilidad o pureza de los mismos.
8.B. Materias primas.
8.B.1. Las materias primas deben
ser recibidas, puestas en cuarentena, muestreadas, identificadas, examinadas
para verificar el cumplimiento de las especificaciones establecidas, aprobadas
o rechazadas, almacenadas, rotuladas y dispensadas para su uso, de acuerdo con
instrucciones escritas.
8.B.2. Si algunas materias primas
no pueden ser analizadas para su aceptación, por los riesgos potenciales
involucrados será aceptable si el lote posee un certificado de análisis
provisto por el vendedor, el cual quedará archivado en los registros de control
de calidad.
8.B.3. La adquisición de materias
primas es una operación importante que requiere un completo y específico
conocimiento de los proveedores.
8.B.4. Las materias primas deben
ser adquiridos solamente a proveedores aprobados y de ser necesario los datos
de los mismos constarán en la ficha de especificaciones. De ser posible se
adquirirán directamente al productor.
8.B.5. Si una entrega de material
esta compuesta por diferentes lotes del proveedor, cada uno debe ser
considerado separadamente para su muestreo, análisis y aprobación.
8.B.6. Solamente las materias
primas aprobadas por "Control y/o Garantía de Calidad" y que estén
dentro de su período de validez, pueden ser usadas para la fabricación de un
producto.
8.C. PRODUCTOS INTERMEDIOS
Y PRODUCTOS A GRANEL
Los productos intermedios y a
granel, cuando fuera necesario, deben ser analizados de acuerdo con las
especificaciones y deben ser claramente rotulados, identificados y
adecuadamente almacenados. Son también de aplicación a los productos a granel,
los ítems 8.B.1, 8.B.3, 8.B.4, 8.B.5, 8.B.6.
8. D. PRODUCTOS TERMINADOS
8.D.1. Cada lote de producto
terminado tiene que cumplir las especificaciones establecidas para su
aplicación en el respectivo Manual de Producción.
8.D.2. Los productos terminados
deben ser mantenidos en cuarentena en las condiciones establecidas por el
fabricante hasta su liberación final. Después de su liberación, el producto
debe ser almacenado en el sector del depósito de productos terminados en las
condiciones establecidas.
8.D.3. Además de las
recomendaciones anteriores, los productos terminados estériles deben ser
fabricados con las precauciones adecuadas, en las etapas donde el proceso pueda
tener influencia crítica en los atributos de calidad del producto terminado.
8.E. Embalaje y rotulación
8.E.1. Los materiales de embalaje
para los productos no deben tener efecto perjudicial sobre los mismos, y deben
brindar protección adecuada contra influencias externas y contaminaciones
potenciales. Deben estar disponibles especificaciones escritas adecuadas.
8.E.2. Debe prestarse atención en
todas las etapas para prevenir errores de embalaje. Deben emplearse
procedimientos seguros para proteger la calidad del producto cuando se lo
embala y para aseguararse que los rótulos que se aplican a los recipientes, son
los correctos.
8.E.3. Debe prestarse especial
atención al manejo de los materiales impresos. Estos deben ser almacenados de
manera segura, impidiendo el acceso a los mismos de personas no autorizadas.
8.E.4. Los embalajes deben estar
claramente indentificados con la siguiente información:
a) nombre del producto;
b) uso y fin al que está
destinado, sin es necesario;
c) numero de lote;
d) fecha de vencimiento o de
reanálisis, si están especificadas;
e) advertencias; si se
requieren;
f) condiciones de almacenaje,
si están especificadas, y
g) nombre del fabricante y del
proveedor si correspondiente
8.E.5. Los materiales de embalaje,
primario y secundario fuera de uso deben ser retirados del stock y este hecho
debe ser debidamente documentado.
CAPITULO 9
CONTROL Y/O GARANTIA DE CALIDAD
La función de control y/o garantía
de calidad no se limita solamente a las operaciones de laboratorio sino que
debe involucrarse en las actividades y decisiones que puedan afectar la calidad
del producto.
9.1. Cada fabricante, fraccionador
o importador, cuando corresponda, debe tener una unidad de control y/o garantía
de calidad independiente cuyo responsable debe responder directamente a la
administración superior de la empresa. Entre sus deberes principales, la unidad
de "Control y/o Garantía de Calidad" debe:
a) Aprobar:
I. Las especificaciones y métodos
de análisis para materias primas, productos intermedios, materiales de embalaje
y productos terminados;
II. Especificaciones y metodología
analítica de control durante el proceso;
III. Los procedimientos de
muestreo;
IV. Las instrucciones referidas a
sanidad e higiene;
V. Los procedimentos de reproceso
para lotes rechazados o materiales recuperados; y
VI. Otras instrucciones
relacionadas con la calidad del producto.
b) Ser responsable de la
liberación o rechazo de materias primas, de productos terminados, de materiales
de embalaje, y, si se requiere, de productos intermedios;
c) Asegurar el control y el
seguimiento de la estabilidad de los productos;
d) Ser responsable de la
investigación de reclamos y devoluciones relacionados con la calidad de los
productos.
9.2. Todo fabricante, fraccionador
o importador, cuando corresponda debe contar con un laboratorio de control y/o
garantía de calidad propio. El laboratorio debe tener personal suficiente y
calificado y estar equipado para realizar todos los ensayos de control de
calidad necesarios. Los ensayos deben ser hechos de acuerdo a procedimientos
escritos y validados. Los instrumentos deben ser calibrados a intervalos
adecuados; los reactivos deben ser de calidad apropiada.
9.3. Cuando las circunstancias
requieran el uso de laboratorios externos, tal hecho debe estar asentado en los
registros analíticos.
9.4. El personal de "Control
y/o Garantía de Calidad" debe tener libre acceso a las tareas de
producción para muestreo y verificaciones.
9.5. La siguiente documentación vinculada
al sector "Control y/o Garantía de Calidad" debe estar fácilmente
disponible en el sector:
- Especificaciones;
- Procedimientos de muestreo;
- Métodos de análisis y registros
(incluyendo las hojas de cálculo o cuadernos de anotaciones);
- Protocolos y/o certificados
analíticos;
- Registro del monitoreo ambiental
donde fuera especificado;
- Registro de validación de
métodos cuando corresponda, y
- Procedimientos y registro de
calibración y manutención de instrumentos y equipos.
9.6. La documentación de
"Control y/o Garantía de Calidad" correspondiente a un lote, debe ser
mantenida por el lapso de un año con posterioridad al período de validez.
9.7. El muestro debe ser realizado
de acuerdo a procedimientos escritos aprobados que describan:
- El método o criterio del
muestreo;
- Equipos de muestreo y elementos
de protección personal cuando fueran necesarios;
- Tamaño de la muestra;
- Instrucciones para la
subdivisión de la muestra en caso necesario;
- Tipo y condiciones del envase a
utilizar;
- Identificación de las unidades
muestreadas;
- Precauciones especiales a tener
en cuenta con relación al muestreo de materiales estériles o nocivos;
- Instrucciones para la limpieza y
almacenamiento de los elementos de muestreo;
- Condiciones de almacenamiento de
las muestras; y
- Destino de las muestras
sobrantes.
9.8. Las muestras de retención
para referencia futura deben:
- Tener etiqueta adecuada
identificando su contenido, número de lote, fecha de muestreo y número de
análisis.
- Tener la cantidad suficiente
para permitir como mínimo, la realización de tres análisis completos.
- Las muestras de productos
terminados deben ser mantenidas en envases los más semejantes posibles al
envase de venta y ser almacenadas en las condiciones especificadas.
9.9. Tiempo de almacenamiento de
las muestras para referencia futura:
- Muestras de materias primas:
como mínimo hasta finalizar el lote (excepto solventes, gases y agua).
- Muestras de productos
intermedios: deben se mantenidas, como mínimo, hasta la aprobación del producto
terminado.
- Muestras de productos
terminados: deben ser mantenidas hasta la fecha de expiración del mismo.
CAPITULO 10
ESTUDIOS DE ESTABILIDAD
10.1. Debe establecerse un
programa escrito de ensayos de estabilidad para los productos terminados. Deben
seguirse planes y métodos analíticos indicadores de estabilidad.
10.2. Las muestras de los
productos sometidos al estudio de estabilidad deben almacenarse en embalaje
original como los usados para su comercialización, a temperatura ambiente o a
la recomendada para su conservación y también en condiciones que aceleren su
envejecimiento.
CAPITULO 11
AUTOINSPECCION Y AUDITORIA DE
CALIDAD
11.1. Para mantener una estricta
conformidad con las "Buenas Prácticas de Fabricación" y con todos los
procedimientos de fabricación y controles prescriptos, es recomendable que la
empresa designe a un experto o equipo de expertos para que realicen inspecciones
periódicas de sus procedimientos generales de producción y/o fraccionamiento y
control. Tales expertos deberán ser tan independientes como fuera posible de
los procedimientos de producción y control que inspeccionen.
11.2. El objeto de las autoinspecciones
es evaluar el cumplimiento por el fabricante o fraccionador de las "Buenas
Prácticas de Fabricación" en todos los aspectos de la producción y del
"Control y/o Garantía de Calidad". El programa de autoinspección debe
estar diseñado para detectar cualquier defecto en la implementación de las
"Buenas Prácticas de Fabricación" y para recomendar las acciones
correctivas adecuadas. Los procedimientos y registros para la autoinspección
deben estar documentados y debe haber un efectivo programa de seguimiento. Las
autoinspecciones deben realizarse en forma rutinaria, y podrán adicionalmente,
efectuarse en ocasiones especiales, por ejemplo en casos de retiros del
mercado, rechazos repetidos, o cuando se anuncia una inspección por parte de
las Autoridades Sanitarias. Puede ser útil suplementar las autoinspecciones con
auditorías de calidad, que consisten en un examen y evaluación de todo o parte
de un sistema con el objeto específico de mejorarlo. La auditoría generalmente
es realizada por especialistas externos o independientes o por un equipo
designado por la gerencia para tal fin. Las autoinspecciones y las auditorías
deben quedar registradas.
CAPITULO 12
ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION
12.1. Los productos para
diagnostico "in vitro" deben ser almacenados en las condiciones
establecidas por el fabricante en base a estudios de estabilidad.
12.2. El sistema de distribución
debe operar de forma tal que se despachen en primer lugar, salvo razones
justificadas, los lotes más antiguos. Las condiciones de almacenamiento
(temperatura, humedad, etc.) deben ser compatibles con las requeridas para el
producto y coincidir con las indicadas en el rótulo del mismo. Para aquellos
productos que requieran de condiciones de almacenamiento especiales
(temperatura y/o humedad controladas) debe contarse con áreas equipadas para
mantener tales condiciones y llevar los registros correspondientes.
12.3. Deben mantenerse registros
sobre la distribución de cada lote de un producto para facilitar, si fuera
necesario, el retiro del mercado del lote, según procedimiento escritos.
Los mismos deben contener:
- Nombre y dirección del
destinatario;
- Número de lote, cantidad y fecha
de provisión.
CAPITULO 13
RECLAMOS Y DESVIOS DE CALIDAD
13.1. El fabricante, fraccionador
o importador, debe tener instrucciones escritas para tratar los reclamos y
defectos relativos a la calidad de los productos.
13.2. Todas las acciones
necesarias deben efectuarse rápidamente. Los reclamos deben ser investigados a
fondo y todos los hechos deben quedar registrados.
13.3. el fabricante debe tener un
sistema que le permita investigar todos los productos que puedan haber sido
afectados por un error repetitivo o una falla en los procedimientos de la
empresa.
13.4. Todo reclamo referente a
desvío de calidad del producto deberá ser registrado e investigado. El
responsable de "Control y/o Garantía de Calidad" debe estar
involucrado en el estudio de estos problemas y los registros deben incluir la
siguiente información:
- Nombre del producto;
- Numero de lote/partida;
- Nombre del reclamante;
- Motivo del reclamo;
- Respuesta al reclamo.
13.5. todas las decisiones y
medidas tomadas como consecuencia de un reclamo, deben ser registradas,
firmadas, fechadas y anexadas a los registros del lote correspondiente.
CAPITULO 14
RETIROS DEL MERCADO
Se debe disponer de un sistema
capaz de retirar pronta y eficientemente del mercado, de ser necesario,
productos que presenten desvíos de calidad o se sospeche de la calidad de los
mismos.
14.1. Debe ser designada una
persona responsable para coordinar y ejecutar los procedimientos sobre retiros
del mercado, con suficientes recursos para lograr este resultado con adecuado
grado de urgencia.
14.2. Deben existir procedimientos
escritos apropiados y actualizados para proceder a cualquier actividad de
retiro.
14.3. La persona responsable de
los retiros debe tener fácil acceso a los registros de distribución.
14.4. Los productos retirados
deben ser identificados y almacenados en áreas separadas y seguras hasta la
resolución de su destino.
CAPITULO 15
MATERIALES RECHAZADOS
El fabricante o fraccionador debe
tener instrucciones escritas con respecto al destino final de los materiales
rechazados, ya sean materias primas, productos intermedios, materiales de
embalaje o productos terminados, según corresponda. Los materiales rechazados
deben ser identificados claramente como tales y almacenados en forma controlada
mientras esté pendiente su destrucción, reprocesado o devolución a los
proveedores.
CAPITULO 16
DEVOLUCIONES
16.1. Los productos devueltos del
mercado por cualquier motivo, deben ser reanalizados.
16.2. Si el producto devuelto está
dentro de su plazo de validez, de acuerdo a los resultados analíticos, se le
puede dar los siguientes destinos:
- Reembalaje y venta;
- Incorporación al proceso de
fabricación de acuerdo a procedimientos escritos;
- Reproceso para su recuperación;
y
- Destrucción de acuerdo con
procedimientos registrados.
16.3. Cualquier decisión adoptada
referente a devoluciones debe ser registrada y aprobada por personal
autorizado. La documentación correspondiente debe ser anexada al registro del
lote.
16.4. Productos devueltos por
estar fuera de su plazo de validez, deben ser destruidos y el procedimiento
empleado debe estar registrado.
ANEXO II
GUIA DE VERIFICACION DE
CUMPLIMIENTO DE LAS BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION Y CONTROL EN
ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO USO "IN VITRO".
INTRODUCCION
La Presente Guía enmarca las prácticas
y procedimientos de fabricación y comercialización que se deben aplicar para
asegurar que las instalaciones, métodos y controles usados en la elaboración y
venta de productos para diagnóstico uso "in vitro" sean adecuados
para asegurar la calidad y estabilidad de los mismos.
Las recomendaciones de la presente
Guía deben considerarse orientativas, puesto que deben adaptarse a los diversos
procesos químicos, físicos y/o biológicos que se aplican en la producción de
los productos para diagnóstico uso "in vitro".
INDICE
1. ADMINISTRACION E INFORMACION
GENERAL
1.A. CONDICIONES EXTERNAS
1.B. CONDICIONIES INTERNAS
2. DEPOSITO
2.A. RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE
INSUMOS
2.B. RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE
PRODUCTOS TERMINADOS
2.C. DEVOLUCIONES
2.D. RECOLECCION DE PRODUCTOS DEL
MERCADO
3. SISTEMA E INSTALACIONES DE AGUA
3.A. AGUA POTABLE
3.B. AGUA PURIFICADA
3.B.1. DEIONIZACION
3.B.2. OSMOSIS INVERSA
3.C. AGUA
DESTILADA/BIDESTILADA
3. D. AGUA ESTEIL
4. PRODUCCION
4.A. ORGANIZACION
4.A.1. FOMULA PATRON
4.A.2. ORDEN DE FABRICACION
4.B. AREAS DE PESADA/MEDIDA
4.C.AREAS PRODUCTIVAS
4.D. AREA DE LAVADO
4.E. ACONDICIONAMIENTO
5. CONTROL DE CALIDAD
6. GARANTIA DE CALIDAD.
7. ACTA DE INSPECCION
1.- ADMINISTRACOIN E INFORMACION
GENERAL
El establecimiento deberá
presentar la documentación que le sea requerida por el Inspector.
1.1 ¿Cuál es la razón social de
la empresa?.
1.2 ¿Por quién son atendidos
los inspectores?.
1.3 ¿El Director Técnico
responsable está presente?.
1.4 ¿Existe prueba de la
inscripción del D.T. y de la empresa en el Organismo Nacional Competente?.
1.5 ¿La empresa posee
autorización de la Autoridad competente para funcionamiento referente a la
localización, protección ambiental y seguridad de instalaciones?.
1.6 ¿Fueron exhibidos los
planos de los edificios?.
1.7 ¿Cuál es el número de
empleados que pertenecen a la empresa?.
1.8 ¿Cuál es el número de
empleados que están directamente ligados a las áreas de administración y venta
de la Empresa?.
1.9 ¿Fue exhibida la lista de
los productos de la firma que están en comercialización y de los que no lo
están?.
1.10 ¿Todos esos productos
están debidamente registradas en el Organismo Sanitario Nacional competente?.
1.11 ¿La superficie que ocupa la Empresa es adecuada para la capacidad operativa que declara la empresa?.
1.12 ¿Cuál es la capacidad de
producción propia para cada producto fabricado en la empresa?.
1.13 ¿Existe(n) contrato(s) de
fabricación con terceros?.
¿Cuál(es) es(son) el(los) nombre(s)
empresa(s) contratada(s).
1.14 ¿Importa insumos, producto
terminado, a granel, semielaborados?.
1.15 ¿Exporta insumos, producto
terminado, a granel, semielaborados?.
1.A.- CONDICIONES EXTERNAS
1.A.1. ¿En cuanto al aspecto
externo, el/los edificio/s presenta/n buena conservación (ausencia de
rajaduras, pintura descascarada, filtraciones, etc.?
1.A.2. ¿Existe protección
contra la entrada de roedores, insectos, aves u otros animales?.
1.A.3. ¿Las condiciones físicas
y estado de conservación de estructura, paredes y techos son adecuadas?.
1.A.4. ¿Las vías de acceso son
aptas?.
1.B.- CONDICIONES INTERNAS
1.B.1. ¿El estado de higiene y
conservación (ausencia de grietas, sin roturas, agujeros y rajaduras) es
adecuado?.
1.B.2. ¿Las paredes están bien
conservadas?.
1.B.3. ¿Su estado higiénico es
adecuado?.
1.B.4. ¿Los techos son
apropiados y están en buenas condiciones?.
1.B.5. ¿Los desagües y cañerías
están en buen estado?.
1.B.6. ¿La iluminación es
adecuada?.
1.B.7. ¿Las instalaciones
eléctricas se encuentran en buen estado de conservación, seguridad y uso?.
1.B.8. ¿Fueron notados indicios
de presencia de roedores, insectos, aves u otros animales?.
1.B.9. ¿Existe algún sistema
con un procedimiento para combatir la presencia de roedores, insectos, aves u
otros animales? ¿Quién es el responsable del mismo ¿Con qué frecuencia se
aplica?.
Verificar en caso de ser
realizado por una empresa contratada cual es la frecuencia.
1.B.10. ¿Existe equipamiento de
seguridad para combatir incendios? ¿El acceso a extinguidores y mangueras se
encuentra libre?.
1.B.11. ¿Existe un plan de
asistencia médica permanente y de atención de emergencia en caso de enfermedad
brusca o accidentes del personal?.
1.B.12. ¿Existen servicios
sanitarios en cantidad suficiente?. Verificar la limpieza de los mismos.
1.B.13. ¿Existen vestuarios en
cantidad suficiente?. Verificar la limpieza de los mismos.
1.B.14. ¿El personal está vestido
con el uniforme correspondiente?. Verificar las condiciones y la limpieza de
los mismos.
1.B.15. ¿Existe un salón
comedor? Si no, dónde come el personal.
1.B.16. ¿Existen bebedores de
agua potable en lugares adecuados y en cantidades suficientes?.
1.B.17. ¿Existen recipientes
adecuados e identificados para recolección de basura? ¿Son vaciados con
frecuencia?.
2 – DEPOSITO
2.1 ¿La temperatura del local
condice con las condiciones necesarias de almacenamiento de insumos, graneles,
semielaborados y productos terminados?.
2.2. ¿Se controla y registra la
temperatura y humedad del depósito?. Verificar los registros en el momento de
la inspección.
2.3. ¿ Hay necesidad de cámara
frigorífica?.
2.4. ¿Sí es necesaria la cámara
frigorífica, es controlada y registrada la temperatura de la misma?.
2.5. ¿Cuál es la temperatura en
el momento de la inspección?.
2.6. ¿Con qué frecuencia son
calibradas las balanzas?. Verificar los registros.
2.7. ¿La disposición de
almacenamiento es correcta y racional, a fin de preservar la integridad e
identidad de los materiales?.
2.8. ¿El producto terminado
almacenado se encuentra debidamente separado (aislado) del piso y paredes para
facilitar la realización de las tareas de limpieza e higiene y su
conservación?.
2.9. ¿Existen garantías de
separación de materiales de envase, empaquetado, insumos, graneles, producto
semielaborado y producto elaborado?.
2.10. ¿Existe un área o sistema
de cuarentena para todos los productos?.
2.11. ¿Existe un área o sistema
perfectamente identificado para todos los productos rechazados?.
2.12. ¿Existe un área o sistema
perfectamente identificado para el almacenamiento de etiquetas, rótulos y
manuales de instrucciones.
2.13. ¿Los productos explosivos
e inflamables son almacenados en un local apropiado?.
2.14. ¿Está aprobado por la Autoridad competente?.
2.15. ¿Existen dentro del
depósito, sectores separados cerrados con llave y con acceso restrictivo, para
sustancias narcóticas, psicotrópicos, tóxicos o similares, cuando sea
necesario?.
2.16. ¿Existen indicaciones
escritas y comunicación verbal sobre características de reactividad, riesgo de
salubridad y forma de manipuleo de las materias primas, graneles,
semielaborados y productos terminados, así también modo de actuar en caso de
accidentes?.
2.A. – RECEPCION Y ALMACENAMIENTO
DE INSUMOS
(SOLO PARA FRACCIONADORES Y/O
ELABORADORES)
2.A.1. ¿Se realiza un examen
visual a la recepción de los insumos para verificar si sufrieron daños durante
el transporte?.
2.A.2. ¿Hay modo de verificar
que se cumplió con la cadena de frío durante el transporte?.
2.A.3. ¿Está documentada la
recepción?.
2.A.4. ¿A su recepción se le
asigna un número de registro a cada lote de insumos?.
2.A.5. ¿Antes de su liberación
por Control de Calidad, los insumos permanecen en cuarentena y debidamente
rotulados?.
2.A.6. ¿Se documenta su
identificación adhiriendo el rótulo de aprobado al envase que los contienen y
no a la tapa?.
2.A.7. ¿Los insumos son
muestrados para Control de Calidad de acuerdo a sistemas apropiados y
confiables?.
2.A.8. ¿Un insumo ya aprobado
es etiquetado como tal y transferido al Depósito correspondiente?.
2.A.9. ¿El plazo de validez
(Fecha de vencimiento) y la fecha de reanálisis está indicado en el rótulo?.
2.A.10. ¿Los insumos rechazados
son debidamente identificados y aislados?.
2.A.11. ¿La disposición del
almacenamiento es buena y racional a fin de preservar la identidad e integridad
de los insumos?.
2.A.12. ¿Qué sistema existe
para el Control de stock? ¿Es funcional?.
2.A.13. ¿Los embalajes y
envases conteniendo insumos (tambores, barricas, cajas, etc.) están bien
cerrados? ¿Están adecuadamente identificados?.
2.B – RECEPCION Y ALMACENAMIENTO
DE PRODUCTOS TERMINADOS
2.B.1. ¿Se mantiene un sistema
de registro de ingreso y control de existencias de producto terminado?.
2.B.2. ¿El sistema de registro
y control de los despachos de producto terminado contempla la correspondiente
correlación secuencial de lotes, fecha de ingreso/egreso y la observación de la
fecha de vencimiento?.
2.B.3. ¿El almacenamiento del
producto terminado, se realiza con el debido orden y seguridad evitando
posibles confusiones en su control y despacho, así como accidentes en el
manipuleo?.
2.B.4. ¿La disposición del
almacenamiento es buena y racional a fin de preservar la identidad e integridad
de los productos terminados?.
2.B.5. ¿Los productos vencidos
son retirados del depósito, posteriormente destruidos y/o reprocesados
debidamente registrado tal procedimiento?.
2.B.6. ¿Cuál es la política de
la empresa con respecto al envío de productos próximos a su vencimiento?.
Verificar el cumplimiento de dicha política y la existencia de registros.
2.B.7. ¿Se realizan inventarios
periódicamente? ¿Existen registros de los mismos?.
2.C. - DEVOLUCIONES
2.C.1. ¿Existe un área
que delimite o restrinja el almacenamiento de productos devueltos?.
2.C.2. ¿Esos productos
son identificados como tales?.
2.C.3. ¿Hay
responsables de la toma de decisiones para su debido tratamiento?.
2.C.4. ¿Se informa a
control de calidad de la recepción de estas devoluciones?.
2.C.5. ¿Son registrados
los análisis realizados, sus resultados y las decisiones adoptadas como
consecuencia de ellos?.
2.C.6. ¿Luego de
analizado, se procede a su destrucción o reprocesado según lo que corresponda?
¿Existen los registros correspondientes?.
2.C.7. ¿Los registros
son anexados o se hace alguna referencia de ellos en la documentación de cada
lote.?
2.D. – RECOLECCION DE PRODUCTOS
DEL MERCADO
Nota: se define como distribución
a nivel primario, a aquella entrega en forma directa en la cadena de
comercialización, promoción e investigación aplicada desde la firma propietaria
del producto al primer receptor del mismo.
2.D.1. ¿Existe un control de
distribución de productos terminados?. Verificar lista de distribuidores.
2.D.2. ¿La Empresa establece y mantiene procedimientos de retiro de productos del mercado?.
2.D.3. ¿Establece y mantiene un
sistema que garantiza la correcta aplicación de dichos procedimientos?.
2.D.4. ¿Existe un responsable
designado para la coordinación y ejecución del procedimiento de retiro?.
2.D.5. ¿Si la persona
responsable designada no pertenece al departamento de Control de Calidad, este
departamento es informado de las operaciones efectuadas?.
2.D.6. ¿Existen informes de los
retiros de productos del mercado así como de sus causas?.
2.D.7. ¿En caso de retiro de
productos, por desvíos de calidad, las autoridades competentes de los demás
países, son informadas inmediatamente?.
2.D.8. ¿Son tomadas las
providencias inmediatas para el retiro del producto, en todo el territorio en
el cual fue distribuido? ¿Esto está registrado?.
2.D.9. ¿Los registros de
distribución a nivel primario, de los productos, quedan disponibles para una
pronta acción de retiro del mercado?.
2.D.10. ¿Esos registros
contienen información que permita el rastreo y determinación de cuales son los
destinatarios resultantes de la distribución primaria?.
2.D.11. ¿Existe un área
apropiada y segura para el almacenamiento de los productos retirados del
mercado y están debidamente identificados, mientras aguardan su destino?.
2.D.12. ¿Existen informes sobre
el destino de los productos retirados del mercado?.
3. – SISTEMA E INSTALACIONES DE
AGUA
3.1. ¿La empresa utiliza agua
potable, purificada, destilada, bidestilada y/o estéril?.
3.A. – AGUA POTABLE
3.A.1. ¿Cuál es la procedencia
del agua utilizada por la empresa?. Red Pública – Pozos Artesianos – Semi
Artesianos – Otros. ¿Cuáles?.
3.A.2. ¿La empresa posee
tanques de agua? ¿Cuántos? ¿De qué materiales? ¿Cuál es la capacidad de estos
tanques?.
3.A.3. ¿Se hace algún
tratamiento antes de ser almacenada el agua? ¿Cuál?.
3.A.4. ¿Se hace limpieza de los
tanques de agua? ¿Cuál es la Frecuencia? ¿Existen registros? ¿el procedimiento
de limpieza está escrito?.
3.A.5. ¿Se hacen controles
físico-químicos? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.A.6. ¿Se hacen controles
microbiológicos? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.A.7. ¿Son recogidas muestras
de agua en diversos puntos de la fábrica, inclusive en los bebederos, para
efectuar un control microbiológico? ¿Existen registros?.
3.A.8. ¿Las cañerías utilizadas
para el transporte del agua potable están en buen estado de conservación y
limpieza?.
3.B. – AGUA PURIFICADA
¿El agua potable es utilizada como
fuente de alimentación para sistemas de producción de agua purificada? ¿Cuál es
el sistema utilizado?. Deionización u ósmosis inversa.
3.B.1. DEIONIZACION
3.B.1.1. ¿La industria posee
equipo deionizador para la producción de agua purificada? ¿Cuál es la capacidad
de litros/hora?.
3.B.1.2. ¿Existe personal
capacitado para operar el sistema? ¿El responsable para la operación está
presente?.
3.B.1.3. ¿Existe manual de
operaciones para el sistema? ¿Es utilizado?.
3.B.1.4. ¿Las resinas son
regeneradas con frecuencia? ¿Existen registros?.
3.B.1.5. ¿El agua que abastece
al deionizador es tratada? ¿Cómo?.
3.B.1.6. ¿Si el agua que
abastece el deionizador es clorada, existe un sistema para retirar el cloro
antes del deionizador? ¿Cuál?.
3.B.1.7. ¿Existe depósito para
agua deionizada? ¿Cuál es la capacidad? ¿Cuál es el material utilizado? ¿Existe
algún tratamiento para evitar la contaminación microbiológica? ¿Cuál es el
consumo medio?.
3.B.1.8. ¿Se hacen controles
físico-químico? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.B.1.9. ¿Se hacen controles
microbiológicos? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.B.1.10. ¿El transporte o
circulación de agua deionizada se hace por cañería apropiada?.
3.B.1.11. ¿El agua producida es
utilizada como materia prima para todos los productos líquidos?
3.B.1.12. ¿Es liberada por
Control de Calidad antes de ser utilizada?.
3.B.1.13. ¿El sistema de
purificación está validado? ¿Existen registros?.
3.B.2. OSMOSIS INVERSA
3.B.2.1. ¿La industria posee
equipo de osmosis inversa para la producción de agua purificada?.
3.B.2.2. ¿Cuál es la capacidad
en litros/hora?.
3.B.2.3. ¿El agua que abastece
al sistema es tratada? ¿Cómo?.
3.B.2.4. ¿Existe personal
capacitado para operar el sistema? ¿El responsable para la operación está
presente?.
3.B.2.5. ¿Existe manual de
operaciones para el sistema? ¿Es utilizado?.
3.B.2.6. ¿Existe depósito para
este agua? ¿Cuál es la capacidad? ¿Cuál es el material utilizado? ¿Existe algún
tratamiento para evitar la contaminación microbiológica? ¿Cuál es el consumo
medio?.
3.B.2.7. ¿Se hacen controles
físico-químicos? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.B.2.8. ¿Se hacen controles
microbiológicos? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.B.2.9. ¿El transporte o
circulación de este agua se hace por cañería apropiada?
3.B.2.10 ¿El agua producida es
utilizada como materia prima para todos los productos líquidos?
3.B.2.11 ¿Es liberada por
Control de Calidad antes de ser utilizada?.
3.B.2.12 ¿el sistema de
purificación está validado? ¿Existen registros?.
3.C. – AGUA
DESTILADA/BIDESTILADA
3.C.1. ¿La industria
posee equipo de destilación para la producción de este tipo de agua?.
3.C.2. ¿Cuál es la
capacidad en litros/hora?.
3.C.3. ¿el agua que
abastece al destilador es tratada?. ¿Cómo?.
3.C.4. ¿Existe personal
capacitado para operar el sistema? ¿El responsable para la operación está
presente?.
3.C.5. ¿existe manual
de operaciones para el sistema? ¿Es utilizado?.
3.C.6. ¿Existe depósito
para este agua?. ¿Cuál es la capacidad? ¿Cuál es el material utilizado?.
¿Existe algún tratamiento para evitar la contaminación microbiológica? ¿Cuál es
el consumo medio?.
3.C.7. ¿Se hacen
controles físico-químicos?. ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.C.8. ¿Se hacen
controles microbiológicos? ¿Cuáles? ¿Con que frecuencia? ¿Existen registros?.
3.C.9. ¿El transporte o
circulación de este agua se hace por cañería apropiada?.
3.C.10. ¿El agua
producida es utilizada como materia prima para todos los productos líquidos o
es para control de calidad?.
3.C.11 ¿Es liberada por
Control de Calidad antes de ser utilizada?.
3.C.12 ¿El sistema de
purificación está validado?. ¿Existen registros?.
3.D. – AGUA ESTERIL
3.D.1. ¿La industria posee
equipo de esterilización para la producción agua estéril?.
3.D.2. ¿Cuál es la capacidad en
litros/hora?.
3.D.3. ¿El agua que abastece al
esterilizador es tratada?. ¿Cómo?.
3.D.4. ¿Existe personal
capacitado para operar el sistema?. ¿El responsable para la operación está
presente?.
3.D.5. ¿existe manual de
operaciones para el sistema?. ¿Es utilizado?.
3.D.6. ¿Se hacen controles de
esterilidad? ¿Cuáles? ¿Con qué frecuencia? ¿Existen registros?.
3.D.7. ¿Es liberada por Control
de Calidad antes de ser utilizada?.
3.D.8. ¿El sistema está
validado?. ¿existen registros?.
4. – PRODUCCION
4.1 ¿Quién es el responsable de
dirigir la producción?
4.2 ¿Cuál es su formación
profesional?
4.3 ¿Existe un organigrama?
4.4 Cantidad de personal
afectado al área. ¿El personal técnico y especializado es suficiente?
4.5 ¿Existe un plan de
entrenamiento para el personal?
4.6 ¿Si el personal manifiesta
lesiones o enfermedades que puedan afectar a la calidad o seguridad de los
productos es excluido del contacto con éstos?
4.7 ¿En caso de existir contrato
de fabricación con terceros, cuáles son los productos y cuales son sus
respectivos volúmenes de producción?.
4.A – ORGANIZACION
4.A.1 – FORMULA PATRON
4.A.1.1 ¿Existe una
especificación de elaboración?.
4.A.1.2 ¿Esa especificación
está preparada, revisada y aprobada por personas responsables y firmada por
otra persona también responsable?.
4.A.1.3 ¿Existen procedimientos
escritos sobre forma de proceder en casos donde es necesario modificar la
especificación de elaboración?.
4.A.1.4 La especificación de
elaboración contiene:
- Nombre, código o
artículo del producto y de cada componente.
- Composición de cada uno
de los componentes del producto, período de validez o estabilidad, temperatura
de almacenamiento.
- Cantidad teórica del
producto a ser fabricado
4.A.1.5 ¿Existen instrucciones
detalladas de todas y cada una de las etapas de fabricación, sector donde debe
efectuarse y equipos a ser utilizados?.
4.A.1.6 ¿Existe un
procedimiento para limpieza de equipos?.
4.A.1.7 ¿Existe un responsable
en la verificación de ejecución de limpieza en los equipos empleados?.
4.A.1.8 ¿Existen instrucciones
claras y detalladas de qué etapa de la elaboración requiere la intervención de
Control de Calidad para control del proceso con indicación del responsable y
fecha?.
4.A.1.9 ¿Existen exigencias de
anexar al registro de elaboración, registros gráficos de temperatura, presión y
humedad cuando el procedimiento requiere control de los mismos?.
4.A.1.10 ¿Existen exigencias de
anexar al registro de elaboración el rótulo de identificación de las materias
primas y materiales empleados, cuando no exista otro sistema de seguridad
equivalente?.
4.A.1.11 ¿Existe la exigencia
de anexar al registro de elaboración un rótulo del producto final, con el
número de lote o partida y el vencimiento?.
4.A.1.12 ¿Existe el cálculo de
rendimiento real obtenido en las diversas etapas de la elaboración y relación
con el rendimiento teórico?.
4.A.1.13 ¿Existen instrucciones
adecuadas para rotular y embalar el producto y condiciones de conservación?.
4.A.1.14 ¿Existe una
descripción de los envases, estuches y otros materiales utilizados para el
fraccionamiento con códigos, cantidades y unidades de medida?.
4.A.1.15 ¿Todos los envases,
líneas, equipos usados durante la producción están identificados para indicar
claramente su contenido o la etapa de procesamiento del lote?.
4.A.1.16 ¿Los equipos,
utensilios y envases están localizados y/o almacenados en lugar adecuado?.
4.A.2. – ORDEN DE FABRICACION
4.A.2.1. ¿Existe un proceso de
copia fiel de la fórmula patrón que asegure su exacta producción.?.
4.A.2.2. ¿Contiene el número de
lote?.
4.A.2.3. ¿Contiene los números
de código, de lote y análisis de materias primas y materiales involucrados?.
4.A.2.4. ¿El cálculo de las
materias primas es correcto en base a la fórmula unitaria o centecimal.?
4.A.2.5. ¿Está firmado por el
responsable del cálculo?.
4.A.2.6. ¿Esta firma es
refrendada por otra persona?.
4.A.2.7. ¿Si es necesario
modificar las instrucciones de fabricación, equipos, ambiente y/u otra
condición, la modificación está firmada por un responsable autorizado?.
4.A.2.8. ¿Después de finalizar
el proceso de fabricación, toda la documentación sobre el lote producido
(registro de la producción, rótulos, resultado analítico de los controles de
proceso y producto terminado) se archivan? ¿Por cuánto tiempo? ¿Quién es el
responsable?.
4.B. – AREA DE PESADAS Y MEDIDAS
4.B.1. ¿Está limpia el área?.
4.B.2. ¿Los materiales usados
para las pesadas y medidas están limpios y guardados como tal en lugar
adecuado?.
4.B.3. ¿Las balanzas y
elementos de medida son calibrados regularmente? ¿Existen registros?.
4.B.4. ¿Los recipientes que
contienen una materia prima a ser pesada o medida son limpiados antes de ser
abiertos? ¿Quedan cerrados después del procedimiento?.
4.B.5. ¿Los materiales pesados
y/o medidos son identificados correctamente?.
4.B.6. En eta etiqueta consta:
Nombre del insumo.
Número del lote del insumo.
Nombre del producto a que se
destina el insumo.
Número del lote del reactivo.
Cantidad que fue pesada o medida
Peso bruto.
Firma del responsable de la pesada
o medida.
4.B.7. ¿El área tiene
ventilación, iluminación, controles de humedad y temperatura adecuados?.
4.B.8. ¿Posee algún sistema de
extracción?.
4.B.9. ¿Las materias primas de
un lote ya pesadas o medidas son separadas físicamente de las del otro lote ya
pesado?.
4.B.10. ¿El área posee un lugar
separado para el lavado de utensilios usados?.
4.B.11. ¿Existe un sistema de
prevención de contaminación cruzada durante la pesada o medida?.
4.B.12. ¿Existe forma de
prevención de contaminación del medio ambiente a través de los sistemas de
extracción u otro modo?.
4.C. – AREAS PRODUCTIVAS:
ELABORACION/ FRACCIONAMIENTO
4.C.1. ¿Cuántos m2
cubiertos se destinan a la producción excluidos depósitos?.
4.C.2. ¿De acuerdo a
los productos que elaboran y/o fraccionan, existen áreas separadas y con
características adecuadas para los productos en cuestión?.
4.C.3. ¿Cuántas áreas
existen?.
4.C.4. ¿El área ocupada
condicen con el volumen de las operaciones?.
4.C.5. ¿Cuál es el
número de operarios del sector?.
4.C.6. ¿Las áreas están
limpias?.
4.C.7. ¿Está prohibido
comer, beber y fumar en sectores productivos?.
4.C.8. ¿La eliminación
de agua servida, desperdicios y otros desechos dentro y fuera del edificio y de
las inmediaciones, se hace en forma segura y sanitaria?.
4.C.9. ¿Existen normas
de seguridad y/o bioseguridad escritas? ¿Se cumplimentan?.
4.C.10. ¿El personal
utiliza ropa y calzado adecuado a las tareas que realiza?.
4.C.11. ¿A las áreas de
producción se prohibe el acceso de personas vestidas con ropa inadecuada.?
4.C.12. ¿Los pisos son
adecuados.?
4.C.13. ¿Si se aplica
un método de desinsectización, se ha verificado previamente que su empleo y
forma de aplicación no significa un riesgo de contaminación de equipo y
productos?.
4.C.14 ¿En las áreas
productivas se efectúan controles de presión de aire, microbiológicos, de
partículas, humedad, temperatura y sustancias tóxicas? ¿Existen registros?
¿Existen medidas de seguridad para el personal?.
4.C.15 ¿La circulación
interna y la distribución de áreas es adecuada? ¿La iluminación, ventilación y
las dimensiones son adecuadas?.
4.C.16 ¿Se logra
minimizar la posibilidad de contaminación de una a otra área?.
4.C.17. ¿Se evita la
contaminación cruzada de un producto con partículas o polvo provenientes del almacenaje,
manufactura o manipuleo de otro producto?.
4.C.18. ¿Las áreas
están acondicionadas para proveer las condiciones de estabilidad adecuadas a
los componentes, materiales en proceso y productos terminados?.
4.C.19. ¿Existe una
adecuada separación física entre los equipos para evitar mezcla o contaminación
cruzada, cuando se fabrican simultáneamente lotes de productos diferentes?.
4.C.20. ¿Cada fase
crítica de producción lleva el visado del operador y del superior inmediato?.
4.C.21. ¿Las instalaciones
eléctricas están en buenas condiciones?.
4.C.22. ¿Existen líneas
muertas?.
4.C.23. ¿Las tuberías
de agua, vapor, gas, aire comprimido y electricidad están debidamente
identificadas?.
4.C.24. ¿Son adecuados
los sistemas de desagüe?.
4.C.25. ¿Poseen
rejillas sifón? ¿Son desinfectadas frecuentemente?.
4.C.26. ¿Las paredes,
pisos y techos están construidos con materiales fácilmente lavables?.
4.C.27. ¿En caso de
productos de origen animal: cuentan con bioterio propio?. Si la respuesta es
afirmativa. Ver Control de Calidad.
4.D. – AREA DE LAVADO
4.D.1. ¿Existe un local
separado para el lavado de materiales y de envases?.
4.D.2. ¿El área ocupada es
adecuada para el volumen de las operaciones?.
4.D.3. ¿La existencia y distribución
de los equipamiento es ordenada, racional y adecuada al volumen de
operaciones?.
4.D.4. ¿El área de circulación
está libre de obstáculos?.
4.D.5. ¿El área está limpia?.
4.D.6. ¿Cuál es el tipo de agua
utilizada en la alimentación de las máquinas de lavado o para lavado manual?.
4.D.7. ¿Las estufas de secado
funcionan perfectamente?.
4.D.8. ¿Los envases son
transferidos con seguridad al área de envase a fin de evitar una posible
contaminación?.
4.E. – ACONDICIONAMIENTO
4.E.1. ¿Sólo se permite a
personas debidamente autorizadas el acceso a los rótulos y manuales de
instrucciones?.
4.E.2. ¿Se inspeccionan los
rótulos y manuales de instrucciones antes de entregarse a la línea de empaque?.
4.E.3. ¿Se verifican las maquinas
rotuladoras (en caso de contar con ellas) y la línea de empaque antes de
usarlas, con respecto a la no existencia de rótulos, estuches u otros elementos
de productos anteriores?.
4.E.4. ¿Se examinan los rótulos
y manuales de instrucciones antes o durante el proceso para verificar si se
refieren realmente al producto a empacar y si consta específicamente en rótulos
el numero de lote y fecha de vencimiento?.
4.E.5. ¿Se destruyen al
terminar el empaque los rótulos sobrantes y grabados con número de lote y/o
vencimiento?.
4.E.6. ¿Se mantienen registros
de rótulos y manual de instrucciones recibidos, usados, destruidos y
devueltos?.
4.E.7. ¿Se investiga y registra
toda discrepancia entre el numero de envases rotulados, número de rótulos
recibidos y número de rótulos usados, incluyendo los dañados y destruidos?.
4.E.8. ¿Si los rótulos
sobrantes no son grabados con el número de lote o fecha de vencimiento y se
devolvieron al depósito existe personal responsable de dicha devolución?.
4.E.9. ¿Se registra debidamente
por escrito las operaciones arriba mencionadas?.
5. – CONTROL DE CALIDAD
5.1. ¿Existen en la empresa
áreas de control de calidad? ¿Está separado el área de producción?.
5.2. ¿De cuántas áreas dispone?
¿El área condice con el volumen de las operaciones?.
5.3. ¿Existe un organigrama?
¿Hay una descripción de función para cada cargo?.
5.4. ¿Control de calidad es
independiente de la producción?.
5.5. ¿El responsable de control
de calidad a quién reporta?.
5.6. ¿Cuál es la formación
profesional del responsable del control de calidad?.
5.7. ¿Qué cantidad de personal
posee control de calidad y cual es la formación de cada uno de ellos?.
5.8. En caso de no contar con
laboratorio de control de calidad propio, debe(n) existir contrato(s) de
control de calidad con terceros. ¿Cuál(es) es(son) la(s) empresa(s) y qué tipo
de control(es) es(son) efectuados?.
5.9. ¿Control de calidad es
responsable de aprobar/rechazar productos terminados, semielaborados,
acondicionados e insumos contratados por terceros?.
5.10. ¿Existen equipamientos
adecuados a los controles que son efectuados?.
5.11. ¿Los equipos o aparatos
están instalados de manera adecuada según las exigencias para su correcto
funcionamiento?.
5.12. ¿Hay un programa de
mantenimiento preventivo y calibraciones claramente definido? ¿Hay registros?.
5.13. ¿Control de calidad es
responsable de aprobar/rechazar productos terminados, semielaborados,
acondicionados, insumos, material de envase y empaque?.
5.14. ¿Existen procedimiento
escritos con la descripción detallada del muestreo, método analítico y
especificaciones para el control, aprobación o rechazo de materias primas,
semielaborados y materiales de embalaje?.
5.15. ¿Existen procedimientos
escritos con la descripción detallada del muestreo, método analítico y
especificaciones para el control, aprobación o rechazo de productos
terminados?.
5.16. ¿Los métodos analíticos
se consultan y siguen para la ejecución de los análisis?.
5.17. ¿Control de calidad
mantiene registros de los análisis efectuados?
5.18. ¿El muestreo estadístico
se efectúa por persona entrenada por control de calidad?.
5.19. ¿Son conservadas las
contramuestras de las materias primas empleadas?.
5.20. ¿Está definido el tiempo
y condiciones de conservación?.
5.21. ¿Son conservadas las
contramuestras de cada lote de los componentes del producto terminado? (Kit).
En el caso de firmas importadoras, la conservación de las mismas, puede hacerse
en el país de origen, debidamente documentada.
5.22. ¿Está definido el tiempo
y condiciones de conservación?.
5.23. ¿Existe procedimiento
escrito detallando el plazo de recontrol de materias primas?.
5.24. ¿Existen en la empresa
patrones y materiales de referencia? ¿Son conservados y utilizados de acuerdo a
procedimientos previamente establecidos?.
5.25. ¿Hay personal de Control
de Calidad destinado a inspeccionar los procesos de fabricación?.
5.26. ¿Control de Calidad
verifica toda la documentación del proceso de cada producto para certificar la
correcta ejecución del mismo, así como la correcta investigación y solución de
cualquier desvío del proceso?.
5.27. ¿Control de Calidad
verifica si cada lote elaborado cumple con las especificaciones establecidas
antes de ser liberados? ¿Existen registros?.
5.28. ¿Se efectúan ensayos
microbiológicos en áreas adecuadas?.
5.29. ¿Se efectúan ensayos
biológicos en áreas adecuadas?.
5.30. Si existe un bioterio:
¿Está ubicado fuera del predio?.
Si está dentro del predio, las
instalaciones de ventilación y aire acondicionado ¿están debidamente separadas
de cualquier otro sistema?.
5.31. ¿Existen normas y
registros de condiciones ambientales, higiene, alojamiento, alimentación y
salud de los animales de bioterio?.
5.32. ¿El bioerio está limpio?.
Frecuencia de limpieza.
5.33. ¿Existen áreas de
experimentación animal? ¿Están separadas del bioterio?.
5.34. ¿Existe separación de los
animales sometidos a ensayos previamente, de los que están en ensayo y de los
que aún no han sido utilizados?.
5.35. ¿Los animales de ensayo
están identificados? ¿Cómo?.
5.36. ¿Existen registro de
historia y uso de animales utilizados?.
5.37. ¿Se siguen normas de
Bioseguridad?.
6. – GARANTIA DE CALIDAD
6.1. ¿Existe en la empresa un
programa de garantía de calidad?.
6.2. ¿Existen normas escritas
para la divulgación y cumplimiento de buenas prácticas de fabricación para
todos los niveles?.
6.3. ¿Existe en la empresa un
área que coordine las actividades de garantía de calidad?.
6.4. ¿Están claramente
definidas las responsabilidades por la gestión de calidad?.
6.5. ¿Existen procedimientos
escritos o sistemas para avalar la efectividad y aplicabilidad de las normas y
sistemas de garantía de calidad?.
6.6. ¿Existe un programa de
entrenamiento del personal? ¿Se llevan registros del entrenamiento de cada
persona?.
6.7. ¿Se desarrollan y
proyectan los productos de acuerdo con los requisitos de buenas prácticas de
fabricación?.
6.8. ¿Los nuevos conocimientos
adquiridos en los procesos o las adaptaciones y mejoras se implementan sólo
después de una completa evaluación y aprobación?.
6.9. ¿Se realizan
autoinspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de buenas prácticas
de fabricación?. ¿Hay registros?.
6.10. ¿Existe un programa
escrito de estudio de la estabilidad de los productos con condiciones de
ensayos, registro de los resultados, métodos analíticos usados condiciones de
conservación de las muestras, envases primarios, periodicidad de análisis y
fecha de vencimiento?.
6.11. ¿Se llevan registros de
las quejas recibidas sobre la calidad de los productos o cualquier modificación
de sus características físicas así como de las resoluciones tomadas?.
7. – ACTA DE INSPECCION
7.1. Nombre de la empresa
7.2. Nombre del/los
inspector/es
7.3. Motivo de la Inspección y/o número de la orden de inspección.
7.4. Nombre, cargo y formación
profesional de las personas entrevistadas.
7.5. ¿Se recogieron muestras de
productos? ¿Cuáles? ¿Cuántas?. Especificaciones de las muestras tomadas.
7.6. Descripción de las
observaciones efectuadas durante la Inspección.
Descripción de los procedimientos
operativos.
7.7. Plazo recomendado por el
Inspector a las Autoridades Sanitarias para implementar las medidas correctivas
en caso que correspondiera.
7.8. Comentarios sobre las
observaciones del Inspector, por parte del responsable de la firma.
7.9. Cierre del acta realizando
un original y las copias correspondientes quedando en poder de la empresa una
de ellas.
CALIFICACION DE LOS ITEMS DEL
DOCUMENO "VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BUENAS PRACTICAS DE
FABRICACION EN ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICOS IN VITRO".
Los ítems deben ser clasificados
como:
IMPRESCINDIBLE – NECESARIO –
RECOMENDABLE - INFRMATIVO – NO CORRESPONDE.
Las definiciones y los símbolos
correspondientes a las mismas son:
IMPRESCINDIBLE (I)
Se considera como ítem
Imprescindible aquel que, formando parte de las recomendaciones de las Buenas
Prácticas de Fabricación y Control, puede influir en grado crítico en la
calidad del producto y/o la seguridad de los trabajadores, como así también,
aquellos que respondan a exigencias jurídico-administrativas.
NECESARIO (N)
Se considera como ítem Necesario
aquel cuyo incumplimiento puede afectar significativamente la calidad del
producto y/o la seguridad de los trabajadores.
RECOMENDABLE ( R )
Se considera como ítem
Recomendable aquel cuyo incumplimiento puede afectar en grado no significativo
la calidad del producto y/o la seguridad de los trabajadores.
INFORMATIVA (INF)
Se considera como ítem informativo
aquel que expresa una información descriptiva y/o complementaria.
NO CORRRESPONDE (NC)
Se considera como ítem No
Corresponde aquel que no debe ser considerado en la Inspección que se está llevando a cabo.
1.- ADMINISTRACION E INFORMACION
GENERAL
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
1.1 INF INF INF
1.2 N N N
1.3 N N N
1.4 I I I
1.5 I I I
1.6 R R R
1.7 INF INF INF
1.8 INF INF INF
1.9 I I I
1.10 I I I
1.11 INF INF INF
1.12 N NI NC
1.13 INF INF INF
1.14 INF INF INF
1.15 INF INF INF
1.A.- CONDICIONES EXTERNAS
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
1.A.1 R R R
1.A.2 N N N
1.A.3 R R R
1.A.4 R R R
A.B. – CONDICIONES INTERNAS
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
1.B.1 N N N
1.B.2 N N N
1.B.3 N N N
1.B.4 N N N
1.B.5 N N R
1.B.6 N N N
1.B.7 N N N
1.B.8 INF INF INF
1.B.9 N N N
1.B.10 N N N
1.B.11 INF INF INF
1.B.12 INF INF INF
1.B.13 INF INF INF
1.B.14 R R INF
1.B.15 INF INF INF
1.B.16 INF INF INF
1.B.17 INF INF INF
2- DEPOSITO
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
2.1 I I I
2.2 I I I
2.3 INF INF INF
2.4 I I I
2.5 R R R
2.6 R R NC
2.7 N N N
2.8 N N N
2.9 I I I
2.10 I I I
2.11 I I I
2.12 N N N
2.13 N N N
2.14 N N N
2.15 I I I
2.16 N N N
2.A. – RECEPCION Y ALMACENAMIENTO
DE INSUMOS
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
2.A.1 N N NC
2.A.2 N N NC
2.A.3 N N NC
2.A.4 I I NC
2.A.5 I I NC
2.A.6 N N NC
2.A.7 N N NC
2.A.8 N N NC
2.A.9 N N NC
2.A.10 I I NC
2.A.11 N N NC
2.A.12 R R NC
2.A.13 N N NC
2.B. – RECEPCION Y ALMACENAMIENTO
DE PRODUCTOS TERMINADOS
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
2.B.1 N N N
2.B.2 N N N
2.B.3 N N N
2.B.4 N N N
2.B.5 I I I
2.B.6 R R R
2.B.7 INF INF INF
2.C. – DEVOLUCIONES
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
2.C.1 N N N
2.C.2 N N N
2.C.3 N N N
2.C.4 N N N
2.C.5 N N N
2.C.6 I I I
2.C.7 R R R
2.D. – RECOLECCCION DE PRODUCTOS
DEL MERCADO
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
2.D.1 N N N
2.D.2 N N N
2.D.3 N N N
2.D.4 N N N
2.D.5 N N N
2.D.6 N N N
2.D.7 R R R
2.D.8 I I I
2.D.9 I I I
2.D.10 N N N
2.D.11 N N N
2.D.12 I I I
3. – SISTEMA E INSTALACIONES DE
AGUA
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.1 INF INF INF
3.A. – AGUA POTABLE
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.A.1 INF INF INF
3.A.2 INF INF INF
3.A.3 INF INF INF
3.A.4 R R INF
3.A.5 N N INF
3.A.6 N N INF
3.A.7 N N INF
3.A.8 N N INF
3.B.- AGUA PURIFICADA
3.B.1. – DEIONIZACION
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.B.1.1 INF INF NC
3.B.1.2 INF INF NC
3.B.1.3 N N NC
3.B.1.4 N N NC
3.B.1.5 INF INF NC
3.B.1.6 R R NC
3.B.1.7 R R NC
3.B.1.8 N N NC
3.B.1.9 N N NC
3.B.1.10 N N NC
3.B.1.11 INF INF NC
3.B.1.12 N N NC
3.B.1.13 R R NC
3.B.2.- OSMOSIS INVERSA
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.B.2.1 INF INF NC
3.B.2.2 INF INF NC
3.B.2.3 INF INF NC
3.B.2.4 INF INF NC
3.B.2.5 R R NC
3.B.2.6 R R NC
3.B.2.7 N N NC
3.B.2.8 N N NC
3.B.2.9 N N NC
3.B.2.10 INF INF NC
3.B.2.11 N N NC
3.B.2.12 R R NC
3.C. – AGA
DESTILADA/BIDESTILADA
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.C.1 INF INF NC
3.C.2 INF INF NC
3.C.3 INF INF NC
3.C.4 INF INF NC
3.C.5 N N NC
3.C.6 R R NC
3.C.7 N N NC
3.C.8 N N NC
3.C.9 N N NC
3.C.10 INF INF NC
3.C.11 N N NC
3.C.12 R R NC
3.D. – AGUA ESTERIL
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
3.D.1 INF INF NC
3.D.2 INF INF NC
3.D.3 INF INF NC
3.D.4 INF INF NC
3.D.5 N N NC
3.D.6 I I NC
3.D.7 N N NC
3.D.8 R R NC
4.- PRODUCCION
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.1. INF INF NC
4.2. INF INF NC
4.3. INF INF NC
4.4. INF INF NC
4.5. R R NC
4.6. N N NC
4.7. INF INF NC
4.A.1. – FORMULA PATRON
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.A.1.1 I I NC
4.A.1.2 N N NC
4.A.1.3 N N NC
4.A.1.4 I I NC
4.A.1.5 N N NC
4.A.1.6 N N NC
4.A.1.7 N N NC
4.A.1.8 N N NC
4.A.1.9 N N NC
4.A.1.10 N N NC
4.A.1.11 N N NC
4.A.1.12 N N NC
4.A.1.13 N N NC
4.A.1.14 N N NC
4.A.1.15 I I NC
4.A.1.16 N N NC
4.A.2. – ORDEN DE FABRICACION
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.A.2.1 I I NC
4.A.2.2 I I NC
4.A.2.3 I I NC
4.A.2.4 I I NC
4.A.2.5 N N NC
4.A.2.6 N N NC
4.A.2.7 N N NC
4.A.2.8 N N NC
4.B. – AREA DE PESADAS Y MEDIDAS
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.B.1 N N NC
4.B.2 N N NC
4.B.3 N N NC
4.B.4 N N NC
4.B.5 I I NC
4.B.6 N N NC
4.B.7 N N NC
4.B.8 N N NC
4.B.9 N N NC
4.B.10 R R NC
4.B.11 N N NC
4.B.12 N N NC
4.C – AREAS PRODUCTIVAS:
ELABORACION/FRACCIONAMIENTO
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.C.1 INF INF NC
4.C.2 I I NC
4.C.3 INF INF NC
4.C.4 R R NC
4.C.5 INF INF NC
4.C.6 R R NC
4.C.7 I I NC
4.C.8 N N NC
4.C.9 I I NC
4.C.10 N N NC
4.C.11 N N NC
4.C.12 N N NC
4.C.13 N N NC
4.C.14 R R NC
4.C.15 N N NC
4.C.16 N N NC
4.C.17 N N NC
4.C.18 N N NC
4.C.19 N N NC
4.C.20 R R NC
4.C.21 N N NC
4.C.22 INF INF NC
4.C.23 N N NC
4.C.24 N N NC
4.C.25 INF INF NC
4.C.26 R R NC
4.C.27 INF INF NC
4.D.- AREA DE LAVADO
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.D.1 N N NC
4.D.2 R R NC
4.D.3 R R NC
4.D.4 R R NC
4.D.5 N N NC
4.D.6 INF INF NC
4.D.7 N N NC
4.D.8 N N NC
4.E. – ACONDICIONAMENTO
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
4.E.1 N N NC
4.E.2 N N NC
4.E.3 N N NC
4.E.4 N N NC
4.E.5 N N NC
4.E.6 I I NC
4.E.7 I I NC
4.E.8 N N NC
4.E.9 N N NC
5.- CONTROL DE CALIDAD
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
5.1 I I I
5.2 INF INF INF
5.3 N N INF
5.4 I I NC
5.5 INF INF INF
5.6 INF INF INF
5.7 INF INF INF
5.8 INF INF INF
5.9 N N N
5.10 N N N
5.11 N N N
5.12 I I I
5.13 N N N
5.14 N N NC
5.15 N N N
5.16 N N N
5.17 N N N
5.18 N N N
5.19 R NC NC
5.20 R NC NC
5.21 N N N
5.22 N N N
5.23 R NC NC
5.24 N N INF
5.25 N N NC
5.26 N N NC
5.27 N N NC
5.28 N N N
5.29 N N N
5.30 I I NC
5.31 N N NC
5.32 N N NC
5.33 R R NC
5.34 N N NC
5.35 N N NC
5.36 N N NC
5.37 N N N
6.- GARANTIA DE CALIDAD
PREGUNTAS ELABORADORES
FRACCIONADORES IMPORTADORES
6.1 N N N
6.2 N N NC
6.3 N N N
6.4 N N N
6.5 N N N
6.6 N N N
6.7 N N NC
6.8 R R NC
6.9 R R NC
6.10 N N NC
6.11 N N N
ANEXO III
ACTA
En la Ciudad .................................................., a los
................................. de .....................................se
hacen presentes
en
.............................................., los funcionarios del Instituto
Nacional de Medicamentos ANMAT, con el objeto de cumplimentar la Orden de Inspección Nº ........................ que indica
...............................................................................
Son recibidos por
................................................... DNI
........................................ que dice ser
......................................
y conocer los datos del
inspeccionado denunciados precedentemente
............................................................................
Sin más que agregar, firman al pie
de la presente cuatro ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, los
funcionarios actuantes y
...............................................................................
INHIBIDO
A.N.M.A.T.
Por presenta infracción a la LEY N 16.463 y sus decretos reglamentarios y Resolución Nº …….
CLAUSURADO
A.N.M.A.T.
Por presunta infracción a la LEY Nº 16.463 y sus decretos reglamentarios y Resolución Nº ………