Resolución 1679 (2006)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5439a sesión, celebrada el 16 de
mayo de 2006
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la situación en el
Sudán, en particular las resoluciones 1665 (2006), 1663 (2006), 1593 (2005),
1591 (2005), 1590 (2005), 1574 (2004), 1564 (2004) y 1556 (2004), así como las
declaraciones de su Presidencia relativas al Sudán, en particular la
declaración S/PRST/2006/5, de 3 de febrero de 2006, y la declaración
S/PRST/2006/21, de 9 de mayo de 2006,
Recordando también sus resoluciones 1612 (2005), sobre los niños en los
conflictos armados, 1325 (2000), sobre las mujeres, la paz y la seguridad, 1674
(2006), sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, y 1502
(2003), sobre la protección del personal de asistencia humanitaria y de las
Naciones Unidas,
Reafirmando su firme determinación de preservar la soberanía, unidad,
independencia e integridad territorial del Sudán, que no se verían afectadas
por la transición a una operación de las Naciones Unidas, así como las de todos
los Estados de la región, y su compromiso con la causa de la paz, la seguridad
y la reconciliación en todo el Sudán,
Expresando su máxima preocupación por las terribles consecuencias del
prolongado conflicto en Darfur para la población civil y reiterando en los
términos más enérgicos la necesidad de que todas las partes en el conflicto de
Darfur pongan inmediatamente fin a la violencia y las atrocidades,
Acogiendo con beneplácito el feliz resultado de las conversaciones de
paz intersudanesas sobre el conflicto de Darfur, dirigidas por la Unión
Africana, y celebradas en Abuja (Nigeria), en particular el marco acordado
entre las partes para la solución del conflicto de Darfur (el Acuerdo de Paz de
Darfur),
Encomiando los esfuerzos del Presidente de Nigeria, Olusegun Obasanjo,
anfitrión de las conversaciones intersudanesas de paz en Abuja; el Presidente
de la República del Congo, Denis Sassou-Nguesso, Presidente de la Unión
Africana; el Dr. Salim Ahmed Salim, Enviado Especial de la Unión Africana para
las conversaciones de Darfur y Mediador Jefe, las respectivas delegaciones a
las conversaciones de Darfur, y los signatarios del Acuerdo de Paz de Darfur,
Destacando la importancia de la aplicación cabal y rápida del Acuerdo de
Paz de Darfur para restablecer una paz sostenible en Darfur, y acogiendo con
beneplácito la declaración formulada el 9 de mayo de 2006 por el representante
del Sudán en la sesión extraordinaria del Consejo de Seguridad de las Naciones
Unidas sobre Darfur acerca del pleno compromiso del Gobierno de Unidad Nacional
con la aplicación del Acuerdo de Paz de Darfur,
Reafirmando su preocupación de que la violencia persistente en Darfur
pueda afectar negativamente aún más al resto del Sudán, así como a la región,
incluida la seguridad del Chad,
Observando con profunda preocupación el reciente deterioro de las
relaciones entre el Sudán y el Chad, y exhortando a los Gobiernos de ambos
países a que cumplan las obligaciones que contrajeron en virtud del Acuerdo de
Trípoli de 8 de febrero de 2006 y a que pongan en práctica las medidas de
fomento de la confianza en que convinieron voluntariamente,
Encomiando los esfuerzos de la Unión Africana para el despliegue
satisfactorio de la Misión de la Unión Africana en el Sudán, a pesar de las
circunstancias excepcionalmente difíciles, y la función de la Misión en la
tarea de reducir en Darfur la violencia organizada en gran escala, y encomiando
además los esfuerzos de los Estados Miembros y de las organizaciones regionales
e internacionales que han prestado asistencia a la Misión en su despliegue,
Tomando nota de los comunicados de 12 de enero, 10 de marzo y 15 de mayo
de 2006 del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana relativos a la
transición de la Misión de la Unión Africana en el Sudán a una operación de las
Naciones Unidas,
Subrayando que una operación de las Naciones Unidas tendría, en la
medida de lo posible, una decidida participación africana y carácter africano,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miembros y de las
organizaciones regionales e internacionales por mantener y reforzar su apoyo a
la Misión y potencialmente a una operación posterior de las Naciones Unidas en
Darfur, esperando con interés, en particular, la celebración de una conferencia
de promesas de contribuciones en junio, y exhortando a los asociados de la
Unión Africana a proporcionar el apoyo necesario a la Misión de la Unión
Africana en el Sudán para permitirle seguir desempeñando su mandato durante la
transición,
Determinando que la situación en el Sudán continúa constituyendo una
amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
Actuando con arreglo al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1. Exhorta a las partes en el Acuerdo de Paz de Darfur a que respeten
sus compromisos y apliquen el acuerdo sin tardanza, insta a las partes que no
hayan firmado el Acuerdo a que lo hagan sin demora y a que no actúen de manera
de obstaculizar la aplicación del Acuerdo y expresa su intención de estudiar la
posibilidad de adoptar, entre otras cosas, en respuesta a una solicitud de la
Unión Africana, medidas enérgicas y eficaces, tales como la prohibición de
viajar y la congelación de activos, contra cualquier persona o grupo que
contravenga o trate de obstaculizar la aplicación del Acuerdo de Paz de Darfur;
2. Exhorta a la Unión Africana a que convenga con las Naciones Unidas,
las organizaciones regionales e internacionales y los Estados Miembros los
elementos que ahora resulten necesarios, además de los determinados por la
Misión Conjunta de Evaluación de diciembre de 2005, para reforzar la capacidad
de la Misión de hacer cumplir las medidas de seguridad previstas en el Acuerdo
de Paz de Darfur con miras a una operación posterior de las Naciones Unidas en
Darfur;
3. Hace suya la decisión del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión
Africana publicada en su comunicado de 15 de mayo de 2006 de que, en vista de
la firma del Acuerdo de Paz de Darfur, deberían adoptarse medidas concretas
para efectuar la transición de la Misión de la Unión Africana en el Sudán a una
operación de las Naciones Unidas, exhorta a las partes en el Acuerdo de Paz de
Darfur a que faciliten la labor de la Unión Africana, las Naciones Unidas, las
organizaciones regionales e internacionales y los Estados Miembros y a que
colaboren con ellos para acelerar la transición a una operación de las Naciones
Unidas y, con tal objeto, reiterando las solicitudes del Secretario General y
el Consejo de Seguridad, pide que se envíe una misión conjunta de evaluación
técnica de la Unión Africana y las Naciones Unidas dentro de una semana de la
aprobación de la presente resolución;
4. Subraya que el Secretario General debe consultar conjuntamente con la
Unión Africana, en consulta estrecha y permanente con el Consejo de Seguridad,
y en cooperación y estrecha consulta con las partes en el Acuerdo de Paz de
Darfur, incluido el Gobierno de Unidad Nacional, respecto de las decisiones
relativas a la transición a una operación de las Naciones Unidas;
5. Pide al Secretario General que le presente recomendaciones dentro de
una semana del regreso de la misión conjunta de evaluación de la Unión Africana
y las Naciones Unidas acerca de todos los aspectos pertinentes del mandato de
la operación de las Naciones Unidas en Darfur, incluidas la estructura de la
fuerza, las necesidades adicionales de la fuerza, los países que posiblemente
aportarán contingentes y una evaluación financiera detallada de los gastos
futuros;
6. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.