Resolución 1748
(2007)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5648a sesión, celebrada el 27 de
marzo de 2007
El Consejo de Seguridad,
Recordando todas
sus resoluciones pertinentes anteriores, en particular las resoluciones 1595
(2005), 1636 (2005), 1644 (2005), 1664 (2006), 1686 (2006), 1373 (2001) y 1566
(2004),
Reafirmando su más enérgica condena del atentado terrorista perpetrado
el 14 de febrero de 2005, así como de todos los demás atentados cometidos en el
Líbano desde octubre de 2004, y reafirmando también que debe obligarse a
quienes hayan participado en esos atentados a rendir cuentas de sus crímenes,
Habiendo examinado el informe de la Comisión Internacional Independiente
de Investigación (S/2007/150) (“la Comisión”), presentado atendiendo a lo
dispuesto en las resoluciones 1595 (2005), 1636 (2005), 1644 (2005) y 1686
(2006),
Encomiando a la Comisión por la extraordinaria labor profesional que
sigue realizando en circunstancias difíciles al prestar asistencia a las
autoridades del Líbano en la investigación de todos los aspectos de ese acto
terrorista,
Tomando nota de la carta de fecha 21 de febrero de 2007 dirigida al
Secretario General por el Primer Ministro del Líbano (S/2007/159, apéndice), en
que se pedía que se prorrogara el mandato de la Comisión por un nuevo período
de hasta un año, a partir del 15 de junio de 2007, al objeto de asegurar la estabilidad
y la continuidad del proceso de investigación, y observando la recomendación
del Secretario General en ese mismo sentido,
Observando la conclusión de la Comisión de que, en vista de las
actividades de investigación en curso y previstas, y pese a que se ha avanzado
considerablemente, es poco probable que pueda terminar su trabajo antes de que
concluya su mandato actual, y que, por consiguiente, la Comisión acoge
favorablemente la solicitud formulada por el Líbano de que se prorrogue su
mandato después de esa fecha,
Dispuesto a seguir prestando asistencia al Líbano para desentrañar la
verdad y hacer que todos los responsables de ese atentado terrorista rindan
cuentas de sus actos,
1. Acoge con satisfacción el informe de la Comisión;
2. Decide prorrogar el mandato de la Comisión hasta el 15 de junio de
2008 y declara que está dispuesto a poner término a ese mandato en una fecha
anterior si la Comisión informa de que ha concluido la ejecución de su mandato;
3. Pide a la Comisión que le siga informando cada cuatro meses, o en
cualquier otro momento que considere conveniente, del progreso de la
investigación;
4. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
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