Detalle de la norma IG-2-2006-DGA
Instrucción General Nro. 2 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2006
Asunto Decreto Nº 732/72. Exención de Gravámenes.
Detalle de la norma
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Instrucción General Nº 2/2006

Buenos Aires, 30 de Marzo de 2006.

Visto la necesidad de unificar criterio en materia de autorización de Destinaciones Temporales de Importación y Exportación y sus prorrogas, y en virtud de lo solicitado por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, con el objeto de homogeneizar los procedimientos de análisis y decisión, así como de fortalecer el control previo a otorgar dichas autorizaciones, y en uso de las facultades otorgadas en el Art. 6°, apartado 2º, inciso e) y el Art. 9º, apartado 2º, inciso a), se INSTRUYE:

Con Fundamento en las misiones y funciones conferidas a las Direcciones Regionales Aduaneras por Disposición Nº 633/1999 AFIP y Disposición N° 587/2002 AFIP a partir del día de la fecha las Direcciones Regionales Aduaneras procederán a autorizar las Destinaciones Suspensivas de Importación y Exportación Temporarias, y sus prorrogas, al amparo del Artículo 31 Ap. 1 Inciso a) y Artículo 40 Ap. 1 inc. a) del Decreto Nº 1001/82, respectivamente, así como los posteriores pedidos de nacionalización.

La presente es aplicable todas las áreas dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.