Detalle de la norma RE-229-2013-SENASA
Resolución Nro. 229 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2013
Asunto Se crea la Oficina de Fuerte Esperanza en el Chaco
Boletín Oficial
Fecha: 27/05/2013
Detalle de la norma
Resolución 229-2013

Resolución  229-2013

 

Se crea la Oficina Local de Fuerte Esperanza, ubicada en el Departamento General Güemes de la Provincia del Chaco.

 

Buenos Aires, 21 de Mayo de 2013.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0247163/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución citada en el Visto se crearon en el ámbito del Territorio Nacional, TRESCIENTAS DIECISEIS (316) Oficinas Locales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

 

Que la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa propicia la creación de la Oficina Local de Fuerte Esperanza en el Departamento General Güemes de la Provincia del CHACO, a los fines de una mejor y más armónica atención de la zona involucrada.

 

Que en razón de los resultados obtenidos en el desarrollo de los distintos planes sanitarios, corresponde brindar la apoyatura de servicios acorde a los requerimientos de los productores.

 

Que en tal sentido resulta indispensable cumplir con dicho objetivo con el fin de brindar atención sanitaria a la realidad epidemiológica de cada zona, acorde con las acciones a implementar en cada caso.

 

Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a la zona de influencia, según las acciones sanitarias a desarrollar, en concordancia con la producción pecuaria de la provincia y las concentraciones de productores, como así también en lo referente a trámites administrativos y recaudaciones.

 

Que las áreas técnicas con competencia en la materia prestan su conformidad al dictado de la presente medida.

 

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

 

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

 

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Créase la Oficina Local de Fuerte Esperanza, ubicada en el Departamento General Güemes de la Provincia del CHACO, quedando incorporada al Anexo I de la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, según se detalla en el Anexo I de la presente resolución.

 

ARTICULO 2° — Modifícase el Anexo II de la citada Resolución Nº 819/2002, en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción correspondiente a la Oficina Local mencionada en el Artículo 1°, configurado en el Anexo II de la presente resolución.

 

ARTICULO 3° — Modifícase el Anexo IV de la mentada Resolución Nº 819/2002, conforme al mapa Provincial con ubicación de la Oficina Local creada por el Artículo 1°, que como Anexo III forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S. MIGUEZ, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

 

ANEXO I

 

PROVINCIA DEL CHACO

Oficina Local

Localidad

Nombre del Departamento

08.430

Fuerte Esperanza

General Güemes

 

ANEXO II

 

Jurisdicción de Oficinas Locales:

Provincia: Chaco

Total de Departamentos: 25

Total de Oficinas Locales: 18

Jurisdicción de la Oficina Local de Fuerte Esperanza: Departamento General Güemes

Código: 08.430

 

ANEXO III

 

 

 

 

 

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