Resolución
121-2013
Prorrógase
plazo establecido por Resolución 146-2010.
Bs. As.,
21/5/2013
VISTO el
Expediente Nº S05:0521339/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y las Resoluciones Nº 464 de fecha 30 de diciembre de 2009 y
146 de fecha 1º de junio de 2010, ambas del Registro INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado de Ia órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que a
través de la Resolución Nº 146 de fecha 1º de junio de 2010 del INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se estableció como fecha de vencimiento de las
inscripciones ante el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas
el día 31 de marzo de cada año, otorgándose un plazo de TREINTA (30) días
corridos, a partir de la fecha indicada para proceder a su pago.
Que
resulta necesario, prorrogar por única vez y con carácter excepcional, por
TREINTA (30) días corridos, el plazo fijado en la mencionada resolución.
Que la
Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que el
señor Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS se encuentra
facultado para suscribir el presente acto administrativo, en virtud de lo
establecido en los Artículos 3º y 4º de la Resolución Nº 295 de fecha 24 de
abril de 2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
Artículo
1º — Prorrógase por única vez y con carácter excepcional, por el término de
TREINTA (30) días corridos, el plazo establecido en la Resolución Nº 146 de
fecha 1º de junio de 2010 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA, para el pago de las inscripciones ante el Registro Nacional de
Comercio y Fiscalización de Semillas.
Art. 2º —
Comuníquese a las Direcciones de Certificación y Control y de Servicios
Administrativos, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y oportunamente, archívese. — Carlos A. Ripoll.