Resolución
214-2013
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle de Barcazas, Puerto
Villa Gobernador Gálvez. Cargill S.A.C.I. Aduana de Rosario.
Bs. As.,
9/5/2013
VISTO la
Actuación SIGEA Nº 12048-1494-2008/104 del registro de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por
la citada actuación la firma Cargill S.A.C.I. (C.U.I.T. Nº 30-50679216-5),
solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº
91/2013 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de barcazas
del puerto particular de esa empresa, ubicado en el área portuaria de Villa
Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, a la altura del Km. CUATROCIENTOS
OCHO (408) margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de
Rosario.
Que en la
Actuación SIGEA 12048-1494-2008 se encuentra acreditado que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita por Expediente
Nº S02:0010651/2012.
Que han
tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en
función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo
establecido en la Resolución Nº 91/2013 (SDG OAI).
Que la
presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1°
de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL
SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA
SUBDIRECCION GENERAL
DE
OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO
1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de
barcazas del puerto de la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5),
ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe,
jurisdicción de la Aduana de Rosario, por el término de TREINTA (30) días
corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº
91/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO
2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de
Aduana. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los
presentes a la Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. — CESAR
E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior.