Resolución
213-2013
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Cereales Puerto Villa
Gobernador Gálvez. Cargill S.A.C.I. Aduana de Rosario.
Bs. As.,
9/5/2013
VISTO la
Actuación SIGEA Nº 12542-703-2006/144 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por
la citada actuación la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) solicita
una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 90/2013
(SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de embarque de
cereales del puerto particular de esa empresa, ubicado en el área portuaria de
Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, a la altura del Km.
CUATROCIENTOS OCHO (408) margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la
Aduana de Rosario.
Que en la
actuación SIGEA Nº 12542-703-2006 se encuentra acreditado que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita por
Expediente Nº S02:0008237/2012.
Que han
tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en
función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de TREINTA (30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo
establecido en la Resolución Nº 90/2013 (SDG OAI).
Que la
presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1°
de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL
SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA
SUBDIRECCION GENERAL
DE
OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO
1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle
para embarque de cereales del puerto de la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT Nº
30-50679216-5), ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez,
Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario, por el término de
TREINTA (30) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido
por Resolución Nº 90/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO
2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de
Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse
los presentes a la Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. —
CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.