Resolución
215-2013
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Flotante NOBLE Argentina
S.A. Aduana de San Lorenzo.
Bs. As.,
9/5/2013
VISTO la
Actuación SIGEA Nº 12509-72-2010/66 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por
la citada actuación la firma NOBLE Argentina Sociedad Anónima (CUIT Nº
30-70779108-6), solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada
por la Resolución Nº 89/2013 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en
el Muelle Flotante de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Río
Coronda, a la altura de la progresiva Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON
CUARENTA (463,40) en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe,
jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.
Que se
encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12509-72-2010 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la
Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0261920/2009.
Que han
tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en
función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo
establecido por la Resolución Nº 89/2013 (SDG OAI).
Que la
presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1°
de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL
SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA
SUBDIRECCION GENERAL
DE
OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO
1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle
flotante de la firma NOBLE Argentina S.A. (CUIT Nº 30-70779108-6), ubicado en
la margen derecha del Río Coronda, a la altura de la progresiva Km.
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA (463,40), en la localidad de Timbúes,
Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, por el término
de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo
conferido por Resolución Nº 89/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico
alcance.
ARTICULO
2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de
Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los
presentes a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. —
CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.