Detalle de la norma DR-14-2013-CCM
Directiva Nro. 14 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2013
Asunto Acciones puntuales por razones de abastecimiento NCM 2902.43.00
Detalle de la norma
DR-14-2013-CCM

DR-14-2013-CCM

 

 

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile  y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 8 de la Res. GMC Nº 08/08 prevé la posibilidad de conceder la prórroga automática de una medida arancelaria en los términos del inciso 5 del artículo 2 de la citada norma, por Directiva de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

 

 

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

 

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

 

NCM 2902.43.00   - - p-Xileno

 

         

Cantidad: 160.000 toneladas

Plazo: 12 meses

Alícuota: 0 %

 

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del  08/VII/13.         .

 

 

 

CXXXII CCM - Montevideo, 08/V/13.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-8-2008-GMC Acciones puntuales por razones de abastecimiento NCM 2902.43.00