Resolución Conjunta
RC-43-2013-SI
RC-71-2013-SCE
Resolución Conjunta RC-43-2013-SI (Secretaría de Industria)
Resolución Conjunta RC-71-2013-SCE (Secretaría de Comercio Exterior)
Año 2013
Asunto Importación de los bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ACINDAR. Sistema filtración humos
Detalle de la norma
Resolución Conjunta 71-2013 y 43-2013

Resolución Conjunta  71-2013 y  43-2013

Bs. As., 15/5/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0176511/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS SOCIEDAD ANONIMA se encuentra alcanzada por el beneficio estipulado en la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, a través de la Resolución Conjunta Nº 1 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 7 de enero de 2013.

Que mediante el Expediente Nº S01:0013154/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS agregado en firme a foja 384 del expediente cabeza, la Empresa ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS SOCIEDAD ANONIMA solicitó la rectificación del valor FOB de los bienes que forman parte integrante del Anexo de la citada resolución conjunta que hizo acreedora del beneficio arancelario a la empresa en cuestión.

Que la firma fundamenta la solicitud debido a una omisión involuntaria de las facturas comerciales, habiendo aportado oportunamente una factura pro forma con un valor FOB inferior al definitivo.

Que la modificación solicitada se condice con el valor FOB que surge de las facturas comerciales aportadas mediante el expediente mencionado en el segundo considerando de la presente medida.

Que en tal sentido, corresponde, a fin de proceder a la rectificación solicitada, sustituir el Anexo de la Resolución Conjunta Nº 1/13 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR y Nº 1/13 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA por el Anexo que integra la presente resolución.

Que la Dirección de Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA luego del análisis correspondiente, entienden que lo solicitado resulta viable y corresponde la rectificación solicitada.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el Anexo de la Resolución Conjunta Nº 1 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 7 de enero de 2013 por el Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, notifíquese a la firma ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS SOCIEDAD ANONIMA de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. BEATRIZ PAGLIERI, Secretaria de Comercio Exterior, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. — Lic. JAVIER RANDO, Secretario de Industria, Ministerio de Industria.

ANEXO


BIENES INTEGRANTES DE “GRANDES PROYECTOS DE INVERSION” CON DESTINO A LA INSTALACION DE UN NUEVO SISTEMA DE CAPTACION Y FILTRACION DE HUMOS EN LA PLANTA PRODUCTORA DE ACERO:



BPARTIDA ARMONIZADA

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

CANTIDAD (unidades)

8421.39

Combinación de máquinas destinadas a filtrar gases generados en hornos industriales, constituidas por: filtro de mangas de DOS MILLONES CIEN MIL NORMAL METROS CUBICOS POR HORA (2.100.000 Nm3/h) de caudal máximo, con ventiladores centrífugos, válvulas de descarga, dispositivos de limpieza por pulsos de aire y aparatos de medición y control, extintor de chispas del tipo ciclón; silo para el almacenamiento de polvos con sus dispositivos de carga/descarga; chimenea; estructura metálica de soporte que presenta plataformas y escaleras de acceso en distintos niveles y tuberías y accesorios de interconexión.

UNO (1)



El valor FOB de los bienes mencionados es de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (U$S 6.711.643,78.-) (sin repuestos).

A fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RC-1-2013-SI Importación de los bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ACINDAR. Sistema filtración humos