Detalle de la norma RE-11-2013-INV
Resolución Nro. 11 Instituto Nacional de Vitivinicultura
Organismo Instituto Nacional de Vitivinicultura
Año 2013
Asunto Inmovilización del producto en bodega, determinando su cantidad en litros
Boletín Oficial
Fecha: 16/05/2013
Detalle de la norma
Resolución 11-2013

Resolución  11-2013

 

 

Mendoza, 8/5/2013

 

VISTO el Expediente Nº S93:0001015/2013, la Ley General de Vinos Nº 14.878, los Convenios de Corresponsabilidad Gremial suscriptos entre las Entidades Representativas de la Producción Vitivinícola, las Provincias de MENDOZA, SAN JUAN y RIO NEGRO y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Resolución Nº C.1 de fecha 8 de febrero de 2013, y

 

 CONSIDERANDO:

 

 Que por el expediente citado en el Visto se tramita la implementación de un procedimiento del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) ante el incumplimiento por parte de los productores vitivinícolas del pago de la Tarifa Sustitutiva establecida en dichos convenios.

 

 Que mediante la Resolución Nº C.1 de fecha 8 de febrero de 2013 se establece el Protocolo de Actuación del INV a los fines indicados en el considerando precedente.

 

 Que al respecto, resulta necesario adecuar el Punto 3° del citado acto administrativo, en relación al proceso que este Organismo efectúa al monitorear en su sistema informático el movimiento de la uva de los viñedos deudores.

 

 Que la Comisión de Seguimiento creada en los mencionados convenios, faculta al INV a adoptar los recaudos necesarios para una mejor gestión.

 

 Que en virtud de lo expuesto, procede readecuar el mecanismo de control establecido frente a los productores que se encuentren en mora.

 

 Que al respecto y a fin de determinar un monto de referencia en dicho mecanismo, es aplicable el precio promedio del valor del vino blanco, tinto y rosado establecido por la BOLSA DE COMERCIO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA al 31 de diciembre de la vendimia correspondiente, por ser este el único Organismo oficial que lo determina.

 

 Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Instituto ha tomado la intervención de su competencia.

 

 Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.576 y 25.163 y el Decreto Nº 1.306/08,

 

 EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

 

 RESUELVE:

 

 1° — Sustitúyese el Punto 3° de la Resolución Nº C.1 de fecha 8 de febrero de 2013 el que quedará redactado de la siguiente manera: “3º.- El INV en forma semanal procederá a monitorear en su sistema informático el movimiento de la uva de los viñedos deudores y en caso de detectarse la permanencia de tal incumplimiento, se procederá a la inmovilización del producto en bodega, determinando su cantidad en litros, mediante el cociente entre el valor de la deuda y el precio promedio del valor del vino blanco, tinto y rosado establecido por la BOLSA DE COMERCIO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, al 31 de diciembre de la vendimia correspondiente.”.

 

2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-1-2013-INV Inmovilización del producto en bodega, determinando su cantidad en litros