Disposición 1308-2013
Disposición 1308-2013
Tarjeta de Entrada y Salida. Tarjeta única Migratoria. Disposición N°
21.441/2008. Modificaciones.
Bs. As., 13/5/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0008660/2007 y el Expediente Nº S02:0003069/2008,
ambos del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, el Decreto Nº 874
del 6 de junio de 2012, las Decisiones MERCOSUR CMC Nº 18/08 y Nº 14/11, la
Disposición DNM Nº 21441 del 4 de abril de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición DNM Nº 21441/08 se aprobó para el uso manual la
versión unificada de Tarjeta de Entrada/Salida (TES) de personas del Territorio
Nacional (ANEXO I), y para la confección electrónica vía Web, la versión
unificada de Tarjeta de Entrada y Salida (TES) de personas del Territorio
Nacional (ANEXO II) y la versión unificada de Tarjeta de Entrada y Salida
(TES), manteniéndose las especificaciones de papel y ejemplares del modelo de
Tarjeta Unica Migratoria (TUM) para su uso exclusivo en todos los pasos
fronterizos entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE (ANEXO III).
Que por la Decisión MERCOSUR CMC Nº 18/08 y su modificatoria Nº 14/11 se
aprobaron los Documentos de Viaje de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados
Asociados.
Que por el Decreto Nº 874/12 se sustituyó la denominación del MINISTERIO DEL
INTERIOR por la de MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que por las modificaciones mencionadas en los considerandos anteriores, se hace
necesario modificar el diseño de las versiones unificadas de tarjetas TES,
tanto en su versión manual como electrónica, y la versión unificada entre la
REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE (modelo TUM).
Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE
MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el
Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, por el artículo 29 de la Ley Nº
25.565 y el artículo 107 de la Ley Nº 25.871.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1° — Sustitúyase el ANEXO I de la Disposición DNM Nº 21441 del
4 de abril de 2008 y apruébase el nuevo modelo de Tarjeta de Entrada/Salida
(TES) para la confección manual, que obra como ANEXO I de la presente,
manteniéndose las especificaciones de impresión, papel tamaño A5 (mitad A4) de 75 a 95 gramos.
Art. 2° — Sustitúyase el ANEXO II de la Disposición DNM Nº 21.441/08 y
apruébase el nuevo modelo de Tarjeta de Entrada y Salida (TES) para la
confección electrónica que obra como ANEXO II de la presente, manteniéndose las
especificaciones de impresión, papel tamaño A5 (mitad A4) de 75 a 95 gramos.
Art. 3° — Convalídase el modelo de Tarjeta Unica Migratoria (TUM)
aprobado por Disposición DNM Nº 2969/12 que obra como ANEXO III de la presente,
manteniéndose las especificaciones de papel y cantidad de ejemplares vigentes.
Art. 4° — Pase a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de esta
Dirección Nacional, a efectos de la adquisición de las Tarjetas de Entrada y
Salida (TES versión manual) y de la Tarjeta Unica Migratoria (TUM), según los
términos de la presente.
Art. 5° — Pase a la DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION de esta Dirección Nacional, a fin de actualizar el modelo Web de la
Tarjeta de Entrada y Salida (TES) y de la Tarjeta Unica Migratoria (TUM), según
los términos de la presente.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Martín A. Arias Duval.
ANEXO I
Tarjeta de Entrada/Salida (TES)
Versión Manual
ANEXO II
Tarjeta de Entrada/Salida (TES)
Versión Electrónica
ANEXO III
Tarjeta Unica Migratoria (TUM)
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