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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Bol/Of. |
Inst. Gral. DGA 16 |
13/12/2004 |
Fecha:
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17/12/2004 |
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Dependencia:
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IG-16-2004-DGA |
Tema:
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Modificación Nota 642/02 (DG ADUA) |
Asunto:
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Régimen de Aduanas Domiciliarias |
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VISTO, que mediante el dictado de la nota 642/02 (DG
ADUA) se instruyó a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras del
Interior y Metropolitana para que se asignara canal verde de selectividad, a la
totalidad de las destinaciones de importación y exportación que fueran
oficializadas dentro del Régimen de Aduanas Domiciliarias. |
Que
la mencionada Instrucción encomendó a las citadas Subdirecciones que adoptaran
las medidas necesarias para realizar verificaciones sorpresivas, y que a
posteriori dicho resultado fuera evaluado por
la Comisión
de Selectividad, con el objeto de adecuar el porcentual del canal de
selectividad, a la conducta del beneficiario. |
Que
en función de la situación anteriormente descripta, se encargó recientemente
el análisis de las distintas reglas normativas por los cuales el sistema
asigna canal rojo y naranja de selectividad; a las Direcciones de Técnica Aduanera
y Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros, para de este modo adecuar
en un porcentaje razonable, la selectividad por sistema, al Régimen de
Aduanas Domiciliarias y Régimen de Aduana Factoría, atento las
características de operadores confiables que detentan estos usuarios. |
Que
por otra parte, consultadas las Subdirecciones Generales de Operaciones
Aduaneras del Interior y Metropolitana, respecto a la modificación de la nota
642/02 (DG ADUA), y analizada la capacidad operativa en sus respectivas
jurisdicciones, las mismas proponen la verificación del 20% de las
operaciones a las que el sistema les asigna canales rojos de selectividad. |
Que
hasta tanto las Direcciones de Técnica Aduanera y de Programas y Normas de
Procedimientos Aduaneros concluyan con la tarea encomendada, lo que permitirá
contar con un régimen de selectividad propio para las Aduanas Domiciliarias y
Factoría; se instruye a las Subdirecciones Aduaneras del Interior y
Metropolitana para que se proceda a la verificación física de por lo menos un
20% de las destinaciones que resulten con canal de Selectividad ROJO, sin
perjuicio de las verificaciones sorpresivas que se instrumenten en el ámbito
de sus respectivas jurisdicciones. |
Queda sin efecto cualquier
otro acto que disponga lo contrario. Publíquese en el Boletín Oficial y en el
de esta Dirección General. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Director General
de Aduanas. |
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