Detalle de la norma DC-1-1995-CMC
Decisión Nro. 1 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 1995
Asunto Reuniones de Ministros
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Decisión Nº 1 11/06/1995 Fecha:  
 
Dependencia: DC-1-1995-CMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: REUNIONES DE MINISTROS
 

VISTO: El Tratado de Asunción y sus Protocolos Adicionales, las Decisiones. 5/91, 6/91, 7/91, 8/91, 16/91 y 11/92 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que para el avance del proceso de integración del Mercosur resulta conveniente tratar determinados temas a nivel ministerial o por funcionarios de jerarquía equivalente.

Que las Reuniones de Ministros deben desarrollarse de conformidad con los propósitos, principios y modalidades institucionales previstos en el Tratado de Asunción y sus Protocolos Adicionales.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:

Art 1° ‑ Mantener en el ámbito de su estructura las siguientes Reuniones de Ministros:

            Reunión de Ministros de Economía y Presidentes de Bancos Centrales

            Reunión de Ministros de Educación.

            Reunión de Ministros de Justicia.

            Reunión de Ministros de Trabajo.

            Reunión de Ministros de Agricultura.